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19 NORMAS LEGALES Sábado 14 de junio de 2025 El Peruano / que adjunta el Informe Nº 0333-2025-MIDAGRI-SG/ OGPP-OCAI de la O fi cina de Cooperación y Asuntos Internacionales; y el Informe N° 0767-2025-MIDAGRI-SG/OGAJ, de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, la Ley de General de Sanidad Agraria, aprobada por el Decreto Legislativo N° 1059, establece que el Servicio Nacional de Sanidad Agraria (SENASA) es un organismo público adscrito al Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego (MIDAGRI), el cual es el responsable de promover y participar en la armonización y equivalencia internacional de normas y medidas sanitarias y fi tosanitarias; Que, mediante la Carta N° D000223-2025-MIDAGRI- SENASA-DSV de fecha 08 de abril de 2025, el Director General de la Dirección de Sanidad Vegetal del Servicio Nacional de Sanidad Agraria (SENASA) solicita a la Dirección General de Sanidad Vegetal del Servicio Nacional de Sanidad, Inocuidad y Calidad Agroalimentaria (SENASICA) agendar una Reunión Técnica Bilateral, en adelante la Reunión, para abordar temas relacionados al acceso de productos agrícolas, cooperación y otros de interés mutuo, proponiendo su celebración en la ciudad de México, Estados Unidos Mexicanos, los días 17 y 18 de junio de 2025; Que, con el O fi cio N° B00.01.01.02.02.-03366/2025 de fecha 14 de abril de 2025, la Directora de Regulación Fitosanitaria del SENASICA acepta la solicitud para llevar a cabo la Reunión los días 17 y 18 de junio de 2025, en la ciudad de México, Estados Unidos Mexicanos y adjunta la propuesta de agenda con los temas a ser tratados; Que, mediante la Carta N° D000262-2025-MIDAGRI- SENASA-DSV del 25 de abril de 2025, el Director General de la Dirección de Sanidad Vegetal del SENASA solicita a la Dirección General de Sanidad Vegetal del SENASICA, ampliar los temas a tratarse en la Reunión, dado que los mismos son de interés del Perú; Que, con el O fi cio N° B00.01.01.02.02-04244/2025 de fecha 15 de mayo de 2025, la Directora de Regulación Fitosanitaria del SENASICA, remite la nueva propuesta de agenda con los temas a discutirse en la Reunión; Que, mediante la Carta N° D000310-2025-MIDAGRI- SENASA-DSV del 15 de mayo de 2025 la Dirección General de Sanidad Vegetal del SENASA comunica a la Dirección General de Sanidad Vegetal del SENASICA, los servidores que asistirán a la Reunión, siendo los siguientes: Orlando Antonio Dolores Salas, María Verónica del Rosario Sánchez Valencia e Inés Midori Quispe Luján; Que, mediante O fi cio Nº D000274-2025-MIDAGRI- SENASA-JN, la Jefatura del SENASA solicita al Despacho Viceministerial de Políticas y Supervisión del Desarrollo Agrario, disponer el trámite de autorización del viaje al exterior de los servidores Orlando Antonio Dolores Salas, Director General de la Dirección de Sanidad Vegetal; María Verónica del Rosario Sánchez Valencia, Analista de Cuarentena Vegetal Avanzado de la Subdirección de Cuarentena Vegetal e Inés Midori Quispe Luján, Analista de Cuarentena Vegetal Avanzado de la Subdirección de Cuarentena Vegetal del SENASA, quienes son propuestos para participar en la Reunión. Para tal fi n, adjunta el Informe Nº D000116- 2025-MIDAGRI-SENASA-DSV de fecha 02 de junio de 2025, en el que se exponen las razones técnicas que justi fi can la participación de los referidos servidores en la Reunión; Que, en el referido informe se señala que, entre los bene fi cios a obtenerse con la participación del SENASA en la Reunión, se tiene: El acceso de productos agrícolas a nuevos mercados, otorgará alternativas para el crecimiento y desarrollo de nuestras agroexportaciones; la apertura del mercado de los Estados Unidos Mexicanos para frutos frescos de granada; brindar mayores alternativas comerciales para el desarrollo de la agroexportación en nuestro país; mejorar la demanda de estos productos e incentivar a los productores peruanos y empresas a incrementar sus áreas de cultivo, mejorando la economía del productor peruano y la generación de mayor empleo; el fortalecimiento de las relaciones entre las autoridades fi tosanitarias de ambos países; oportunidad para que ambos países evalúen los avances en las gestiones de acceso de productos de mutuo interés; contar con un nuevo material genético de plantas que permita diversi fi car la cartera de productos exportables, generando mayores oportunidades de inversión y desarrollo agrícola nacional; fi jar nuevos compromisos para lograr el acceso de nuevos productos y mejorar las condiciones de accesos de los productos vegetales que se exportan; y, el acceso a nuevos mercados genera mayor demanda de empleos y servicios por las empresas exportadoras (impacto socio-económico); Que, a través del Memorando Nº 1306-2025-MIDAGRI- SG/OGPP, la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto (OGPP), remite el Informe Nº 0333-2025-MIDAGRI-SG/OGPP-OCAI, mediante el cual, la Ofi cina de Cooperación y Asuntos Internacionales (OCAI), señala que el expediente de autorización de viaje de los servidores Orlando Antonio Dolores Salas, Director General de la Dirección de Sanidad Vegetal; María Verónica del Rosario Sánchez Valencia, Analista de Cuarentena Vegetal Avanzado de la Subdirección de Cuarentena Vegetal e Inés Midori Quispe Luján, Analista de Cuarentena Vegetal Avanzado de la Subdirección de Cuarentena Vegetal del SENASA, cumple con acompañar, debidamente visados, los anexos requeridos en el numeral 6.1.1.3 de la Directiva Sectorial Nº 002-2019-MINAGRI, denominada “Directiva del procedimiento para la autorización de viaje, otorgamiento y el control de pasajes, viáticos, y rendición de cuentas por comisión de servicios al exterior e interior del país”, aprobada por Resolución de Secretaría General Nº 0076-2019-MINAGRI, en adelante la Directiva; Que, asimismo la OCAI señala que, dada la naturaleza de la Reunión, es de interés nacional e institucional autorizar el viaje de los referidos servidores del SENASA, en tanto su participación en la Reunión permitirá agilizar el proceso de apertura de los productos de interés para el Perú y de fi nir con el SENASICA la lista de fi nitiva de plagas para la regulación, así como las medidas de manejo del riesgo fi tosanitario para la exportación de frutos frescos de granada a México. Así también, se busca comprometer al SENASICA para que dé inicio al proceso de Análisis de Riesgo de Plagas (ARP) de plantas y plantines de arándano, haba en grano y jengibre con rizoma fresco; y realizar el seguimiento y actualización de las gestiones de acceso del material de propagación hacia el Perú; Que, los gastos que irrogue el viaje de los servidores comisionados, por concepto de pasajes aéreos y viáticos, serán asumidos con cargo al Pliego Presupuestal 160: Servicio Nacional de Sanidad Agraria - SENASA, según lo señalado en la certi fi cación de crédito presupuestario contenida en las Notas Nº 0000003321, N° 0000003244, N° 0000003243, y N° 0000003245; Que, el numeral 10.1 del artículo 10 de la Ley Nº 32185, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025, prevé que los viajes al exterior de los servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado, con cargo a recursos públicos, deben realizarse en categoría económica y se aprueban conforme a lo establecido en la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y sus normas reglamentarias; Que, la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, tiene como objeto regular la autorización de viajes al exterior de los funcionarios y servidores públicos o representante del Estado que irrogue gastos al Tesoro Público y que se encuentren comprendidos en las entidades públicas sujetas al ámbito de control de la Ley de Presupuesto del Sector Público; Que, los artículos 1 y 2 del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, modi fi cado por el Decreto Supremo N° 056-2013-PCM, establecen que la autorización de viajes al exterior de funcionarios y servidores públicos o de cualquier persona en representación del Estado que irrogue gastos al Tesoro Público, se otorga por resolución ministerial del respectivo Sector; siendo que la resolución de autorización debe sustentarse en el interés nacional o en el interés especí fi co de la institución, y deberá indicar