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24 NORMAS LEGALES Sábado 14 de junio de 2025 El Peruano / ENERGÍA Y MINAS Otorgan a ORIENTAL RENOVA SOLARIS ENERGÍA S.A.C., la concesión eléctrica rural para la dotación de energía eléctrica mediante generación autónoma con fuentes no convencionales en proyecto de electrificación rural, ubicado en diversos departamentos del país RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 0082-2025- MINEM/DGE Lima, 9 de mayo de 2025 VISTO: El Expediente N° 65418925, sobre la solicitud de otorgamiento de concesión eléctrica rural (CER) para desarrollar la actividad de dotación de energía eléctrica mediante generación autónoma con fuentes no convencionales en el proyecto “Electri fi cación Rural con Sistemas Fotovoltaicos Autónomos en la parte Oriental de las Regiones Loreto, Piura, San Martín, Ucayali, Madre de Dios, Amazonas, La Libertad, Pasco, Ayacucho, Puno, Junín, Huánuco, Cajamarca y Huancavelica” (en adelante, el PROYECTO), presentada por la empresa ORIENTAL RENOVA SOLARIS ENERGÍA S.A.C. (en adelante, ORIENTAL RENOVA) y el Informe N° 243-2025-MINEM/DGE-DCE elaborado por la Dirección General de Electricidad del Ministerio de Energía y Minas; CONSIDERANDO: Que, mediante documento con Registro N° 3922672, de fecha 31 de enero de 2025, ORIENTAL RENOVA solicita el otorgamiento de CER para desarrollar la actividad de dotación de energía eléctrica mediante generación autónoma con fuentes no convencionales en el PROYECTO, ubicada en los departamentos de Amazonas, Arequipa, Ayacucho, Cajamarca, Huancavelica, Huánuco, Junín, La Libertad, Loreto, Madre de Dios, Pasco, Piura, Puno, San Martín y Ucayali, cuyas coordenadas fi guran en el Expediente; Que, ORIENTAL RENOVA ha presentado el Informe N° 00458-2024-MINAM/VMGA/DGPIGA/DGEIA, de fecha 29 de agosto de 2024, mediante la cual la Dirección de Gestión de Evaluación de Impacto Ambiental del Ministerio de Ambiente señala que, el proyecto no se encuentra sujeto al Sistema Nacional de Evaluación de Impacto Ambiental - SEIA, por lo tanto, el PROYECTO no requiere gestionar la Certi fi cación Ambiental, así como la Resolución Directoral N° 0018-2023-MEM/DGE, de fecha 3 de febrero de 2023, mediante la cual, la Dirección General de Electricidad otorga la cali fi cación como Sistema Eléctrico Rural correspondiente al PROYECTO, conforme a lo establecido en los artículos 22 y 30 del Reglamento de la Ley N° 27446, Ley del Sistema Nacional de Evaluación de Impacto Ambiental, aprobado mediante Decreto Supremo N° 019-2009-MINAM, y el Reglamento de la Ley General de Electri fi cación Rural, aprobado mediante Decreto Supremo N° 018-2020-EM, respectivamente; Que, la solicitud está amparada en las disposiciones contenidas en el artículo 20 de la Ley N° 28749, Ley General de Electri fi cación Rural, concordado con los artículos 48, 51, 52 y 53 de su Reglamento, habiendo cumplido con los requisitos legales de presentación; Que, la Dirección General de Electricidad, luego de haber veri fi cado y evaluado que la peticionaria ha cumplido con los requisitos establecidos en el Reglamento de la Ley General de Electri fi cación Rural, ha emitido el Informe N° 243-2025-MINEM/DGE-DCE; Estando a lo dispuesto en el artículo 52 del Reglamento de la Ley General de Electri fi cación Rural; SE RESUELVE: Artículo 1.- Otorgar a favor de ORIENTAL RENOVA SOLARIS ENERGÍA S.A.C., concesión eléctrica rural para desarrollar la actividad de dotación de energía eléctrica mediante generación autónoma con fuentes no convencionales en el PROYECTO, ubicada en los departamentos de Amazonas, Arequipa, Ayacucho, Cajamarca, Huancavelica, Huánuco, Junín, La Libertad, Loreto, Madre de Dios, Pasco, Piura, Puno, San Martín y Ucayali, que comprende a 59,343 viviendas bene fi ciadas distribuidas en un Mil Setecientos Veintitrés (1,723) localidades, en los términos y condiciones de la presente Resolución y los que se detallan en el Contrato de Concesión que se aprueba en el artículo 3 de la presente Resolución. Artículo 2.- La concesión otorgada comprende los lotes bene fi ciarios donde se ubican los sistemas fotovoltaicos domiciliarios, identi fi cados referencialmente por sus coordenadas que obran en el Expediente presentado, de conformidad con las cantidades indicadas en el cuadro siguiente: Ítem Departamento Localidades Usuarios 1 Amazonas 302 36072 Arequipa 3 63 Ayacucho 15 764 Cajamarca 89 2395 Huancavelica 19 456 Huánuco 147 5887 Junín 28 3868 La Libertad 12 519 Loreto 667 40519 10 Madre de Dios 79 4331 11 Pasco 20 100 12 Piura 107 332313 Puno 46 54514 San Martín 3 2215 Ucayali 186 5505 Total general 1723 59343 Artículo 3.- Aprobar el Contrato de Concesión Eléctrica Rural N° 186-2025 a suscribirse con ORIENTAL RENOVA SOLARIS ENERGÍA S.A.C., el cual consta de 17 Cláusulas y 04 Anexos. Artículo 4.- Suscribir como Director General de Electricidad, o quien haga sus veces, en representación del Estado, la Minuta del Contrato de Concesión Eléctrica Rural N° 186-2025 y la Escritura Pública correspondiente, según lo dispuesto en el artículo 53 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, aprobado mediante Decreto Supremo N° 009-93-EM, en aplicación de la Primera Disposición Complementaria Final del Reglamento de Ley General de Electri fi cación Rural, aprobado mediante Decreto Supremo N° 018-2020-EM. Artículo 5.- Insertar el texto de la presente Resolución Directoral en la Escritura Pública a que dé origen la Minuta del Contrato de Concesión Eléctrica Rural N° 186-2025, referido en el artículo 3 de la presente Resolución, en cumplimiento del artículo 56 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas. Artículo 6.- Notifi car la presente Resolución Directoral a ORIENTAL RENOVA SOLARIS ENERGÍA S.A.C. dentro de los cinco (05) días hábiles siguientes a su expedición, la cual deberá ser publicada para su vigencia en el diario ofi cial El Peruano por una sola vez, conforme al artículo 52 del Reglamento de la Ley General de Electri fi cación Rural, aprobado mediante Decreto Supremo N° 018-2020-EM. Regístrese, comuníquese y publíquese.ELVIS RICHARD TELLO ORTIZ Director GeneralDirección General de Electricidad 2406174-1