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9 NORMAS LEGALES Martes 24 de junio de 2025 El Peruano / inicio de obras y la Puesta en Operación Comercial (en adelante, POC), debía realizarse el 14 de noviembre de 2023 y 30 de junio de 2025, respectivamente; Que, mediante Resolución Ministerial N° 175-2024-MINEM/DM, publicada el 11 de mayo de 2024, en el diario o fi cial El Peruano, se aprobó la primera modi fi cación de la CONCESIÓN y del CONTRATO, prorrogándose las fechas de inicio de obras y la POC hasta el 30 de abril de 2024 y 23 de octubre de 2025, respectivamente, sobre la base de un evento de fuerza mayor, cali fi cado como tal; Que, mediante documento con Registro N° 3952625, de fecha 14 de marzo de 2025, complementado con el documento con Registro N° 3952907, de fecha 14 de marzo de 2025, KALLPA solicitó la segunda modi fi cación de la CONCESIÓN, a fi n de incrementar la potencia nominal de 204 MW a 309 MW, mediante la implementación de una segunda etapa (Etapa 2); y, mediante documento con Registro N° 4001245, de fecha 03 de junio de 2025, solicitó realizar el cambio en la denominación de potencia instalada a potencia nominal, en concordancia con el Procedimiento Técnico del COES N° 20, “Ingreso, Modi fi cación y Retiros de Instalaciones del SEIN” (PR-20), aprobado mediante Resolución de Consejo Directivo de OSINERGMIN N° 173-2024-OS/CD; Que, según los Informes de Vistos, la Dirección General de Electricidad y la O fi cina General de Asesoría Jurídica, en el ámbito de sus competencias, han verifi cado que la solicitud presentada por KALLPA cumple con lo establecido en el Decreto Ley N° 25844, Ley de Concesiones Eléctricas y su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo N° 009-93-EM, así como en el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Energía y Minas, aprobado por Decreto Supremo N° 038-2014-EM; Que, en consecuencia, corresponde aprobar la segunda modi fi cación de la CONCESIÓN y del CONTRATO, en los términos y condiciones que se encuentran contenidas en la Minuta correspondiente, la misma que deberá ser elevada a Escritura Pública incorporando en ésta el texto de la presente Resolución Ministerial, e inscribirla en el Registro de Concesiones para la Explotación de Servicios Públicos del Registro de Propiedad Inmueble, según lo establecido en los artículos 7 y 56 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, aprobado por Decreto Supremo N° 009-93-EM; Con los vistos de la Dirección General de Electricidad, de la O fi cina General de Asesoría Jurídica y del Despacho Viceministerial de Electricidad; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 30705, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas y su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo N° 031-2007-EM; el Decreto Ley N° 25844, Ley de Concesiones Eléctricas y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 009-93-EM; el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Energía y Minas, aprobado por Decreto Supremo N° 038-2014-EM; y, la Resolución Ministerial N° 438-2017-MEM/DM, modi fi cada por la Resolución Ministerial N° 084-2019-MEM/DM; SE RESUELVE:Artículo 1.- Aprobar la segunda modi fi cación de la concesión de fi nitiva para desarrollar la actividad de generación de energía eléctrica con Recursos Energéticos Renovables para la “Central Solar Fotovoltaica Sunny” solicitada por KALLPA GENERACIÓN S.A., por las razones y fundamentos legales señalados en la parte considerativa de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2.- Aprobar el cambio de la denominación de potencia instalada a potencia nominal, de la concesión defi nitiva para desarrollar la actividad de generación de energía eléctrica con Recursos Energéticos Renovables para la “Central Solar Fotovoltaica Sunny”, en concordancia con el Procedimiento Técnico del COES N° 20, “Ingreso, Modi fi cación y Retiros de Instalaciones del SEIN” (PR-20), aprobado mediante Resolución de Consejo Directivo de OSINERGMIN N° 173-2024-OS/CD. Artículo 3.- Aprobar el texto de la minuta de la segunda modi fi cación al Contrato de Concesión N° 591-2023, que en anexo forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial, solicitada por KALLPA GENERACIÓN S.A., a fi n de modi fi car los numerales 1.3 y 1.4 de la Cláusula Primera, las Cláusulas Séptima y Décimo Segunda, los literales d) y f) del numeral 2 y el numeral 3 del Anexo N° 2 y el Anexo N° 4; por las razones y fundamentos legales señalados en la parte considerativa de la presente Resolución Ministerial. Artículo 4.- Autorizar al Director General de la Dirección General de Electricidad a suscribir, en representación del Estado, la Minuta que contiene la segunda modi fi cación al Contrato de Concesión N° 591- 2023, aprobada en el artículo que antecede, así como la Escritura Pública correspondiente. Artículo 5.- Insertar el texto de la presente Resolución Ministerial en la Escritura Pública que dé origen a la segunda modi fi cación al Contrato de Concesión N° 591- 2023, en cumplimiento del artículo 56 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, aprobado mediante Decreto Supremo N° 009-93-EM. Artículo 6.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial por una (1) sola vez en el diario ofi cial El Peruano, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a su expedición, por cuenta de KALLPA GENERACIÓN S.A., de acuerdo a lo previsto en el artículo 54 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, aprobado mediante Decreto Supremo N° 009-93-EM. Regístrese, comuníquese y publíquese.JORGE LUIS MONTERO CORNEJO Ministro de Energía y Minas 2410545-1 INTERIOR Designan Subprefecto Provincial de la provincia de Calca, departamento de Cusco RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 325-2025-IN-VOI- DGIN Lima, 19 de junio de 2025 VISTO: El Informe Nº 000967-2025/IN/VOI/DGIN/DAP de fecha 12 de junio de 2025, emitido por la Dirección de Autoridades Políticas de la Dirección General de Gobierno Interior y el Informe Nº 000261-2025-IN-OGRH-ODRH del 18 de junio de 2025, emitido por la O fi cina de Desarrollo de Recursos Humanos de la O fi cina General de Gestión de Recursos Humanos y; CONSIDERANDO: Que, la Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, aprobada por Decreto Legislativo Nº 1266, determina el ámbito de competencia, las funciones y estructura orgánica del Ministerio del Interior, cuyo numeral 13, del inciso 5.2, del artículo 5 establece como una de las funciones especí fi cas del Ministerio del Interior, otorgar garantías personales e inherentes al orden público; así como dirigir y supervisar las funciones de las autoridades políticas designadas, con alcance nacional; Que, el artículo 117 del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, aprobado por Resolución Ministerial Nº 1520-2019-IN, establece que la Dirección General de Gobierno Interior es el órgano encargado de dirigir y supervisar el accionar de las autoridades políticas designadas; Que, en el literal b) del artículo 118 del precitado Reglamento, se establece como una de las funciones de la Dirección General de Gobierno Interior, dirigir, designar, remover, aceptar la renuncia y encargar el puesto como las funciones a los Subprefectos Provinciales y Subprefectos Distritales, garantizando la presencia del Estado en el territorio nacional;