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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 24 DE JUNIO DEL AÑO 2025 (24/06/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 36

TEXTO PAGINA: 22

22 NORMAS LEGALES Martes 24 de junio de 2025 El Peruano / que se trate de información cali fi cada como secreta, reservada o con fi dencial; Que, el numeral 1.2 del artículo 1 del Reglamento de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, aprobado por Decreto Supremo Nº 007-2024- JUS, establece que es obligación de la máxima autoridad de la Entidad, bajo responsabilidad, designar a los funcionarios responsables de atender las solicitudes de acceso a la información pública; en concordancia con ello, el artículo 8 del mencionado Reglamento dispone que la designación del funcionario o funcionarios responsables de atender de las solicitudes de acceso a la información pública se efectuará mediante resolución de la máxima autoridad de la Entidad, y será publicada en el Portal de Transparencia Estándar, debiendo adicionalmente colocar copia de la misma en un lugar visible en cada una de sus sedes administrativas; Que, el numeral 9.2 del artículo 9 del citado Reglamento señala que las entidades que cuenten con ofi cinas desconcentradas o descentralizadas designarán en cada una de ellas al funcionario responsable de entregar la información que se requiera al amparo de la Ley, con el objeto que la misma pueda tramitarse con mayor celeridad. Por su parte, el numeral 9.3 del citado artículo dispone que en caso la entidad designe varios funcionarios responsables de atender las solicitudes de acceso a la información pública identi fi ca a un funcionario principal, quien realiza el seguimiento de las solicitudes de información que se presentan ante ella y gestiona centralizadamente el Registro regulado en el artículo 2 numeral 2.12 del Reglamento; Que, con la Resolución de Superintendencia Nº 298-2022-SUNAFIL, modi fi cada por la Resolución de Superintendencia Nº 435-2022-SUNAFIL, se designa a los responsables de entregar la información de acceso público en la Sede Central y los Órganos Desconcentrados de la SUNAFIL, conforme al Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 021-2019-PCM; Que, a través del Informe Nº 079-2025-SUNAFIL/GG/ UFII, la Unidad Funcional de Integridad Institucional, en virtud del nuevo Reglamento de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 007-2024-JUS, propone que la designación de los funcionarios responsables de atender las solicitudes de acceso a la información en los órganos desconcentrados recaiga en cada uno de los Intendentes Regionales de la SUNAFIL; en el caso de la Intendencia de Lima Metropolitana, dicha responsabilidad se asignaría al Coordinador de la Unidad Funcional de Gestión Administrativa de dicha Intendencia. Para el ámbito de la Sede Central, se plantea que esta responsabilidad continúe a cargo de la Unidad Funcional de Integridad Institucional. Asimismo, se recomienda designar al Coordinador de la Unidad Funcional de Integridad Institucional de la Gerencia General como el funcionario principal a cargo de realizar el seguimiento de las solicitudes de acceso a la información pública que se presentan ante la SUNAFIL y gestiona centralizadamente su registro; Que, con los documentos de vistos, la O fi cina de Asesoría Jurídica emite opinión favorable sobre las designaciones propuestas en el párrafo precedente, en función a la opinión técnica favorable emitida por la Unidad Funcional de Integridad Institucional, en el marco de sus funciones; lo cual hace viable la emisión de la presente resolución; Con el visado del Gerente General y del Jefe de la Ofi cina de Asesoría Jurídica; De conformidad con el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 021-2019-PCM, y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 007-2024-JUS; así como la Ley Nº 29981, Ley que crea la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral, y su Reglamento de Organización y Funciones aprobado por Decreto Supremo Nº 010- 2022-TR y por la Resolución de Superintendencia Nº 284-2022-SUNAFIL;SE RESUELVE: Artículo 1.- Dejar sin efecto las Resoluciones de Superintendencia Nºs. 298-2022-SUNAFIL y 435-2022-SUNAFIL. Artículo 2.- Designar al Coordinador de la Unidad Funcional de Integridad Institucional, dependiente de la Gerencia General de la SUNAFIL, como funcionario responsable de atender las solicitudes de acceso a la información en el ámbito de la Sede Central de la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral – SUNAFIL, de acuerdo con lo dispuesto en el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública y su Reglamento, aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 007-2024-JUS. Artículo 3.- Designar al Coordinador de la Unidad Funcional de Gestión Administrativa de la Intendencia de Lima Metropolitana de la SUNAFIL como funcionario responsable de atender las solicitudes de acceso a la información en el ámbito de la Intendencia de Lima Metropolitana de la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral – SUNAFIL, de acuerdo con lo dispuesto en el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública y su Reglamento, aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 007-2024-JUS. Artículo 4.- Designar al Intendente Regional de cada una de las Intendencias Regionales de la SUNAFIL como funcionario responsable de atender las solicitudes de acceso a la información en el ámbito de su respectivo Órgano Desconcentrado, de acuerdo con lo dispuesto en el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública y su Reglamento, aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 007-2024-JUS. Artículo 5.- Designar al Coordinador de la Unidad Funcional de Integridad Institucional de la Gerencia General como funcionario principal a cargo de realizar el seguimiento de las solicitudes de acceso a la información pública que se presentan ante la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral – SUNAFIL, y gestiona, centralizadamente, su registro, de acuerdo con lo dispuesto en el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública y su Reglamento, aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 007-2024-JUS. Artículo 6.- Noti fi car la presente resolución a los funcionarios designados en los artículos 2, 3, 4 y 5 precedentes. Artículo 7.- Disponer la publicación de la presente resolución en el Diario O fi cial El Peruano, en el Portal Institucional de la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral - SUNAFIL (https://www.gob.pe/suna fi l), así como en el Portal de Transparencia Estándar. Regístrese, comuníquese y publíquese. ENRIQUE MICHAEL GUEVARA VARELA Superintendente 2412449-1 SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE MIGRACIONES Delegan facultades en el Jefe de la Oficina de Administración y Finanzas y en el Jefe de la Unidad de Abastecimiento de la Oficina de Administración y Finanzas, en materia de contrataciones, durante el Ejercicio Fiscal 2025 RESOLUCIÓN DE GERENCIA N° 000116-2025-GG- MIGRACIONES Breña, 20 de junio del 2025