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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 29 DE JUNIO DEL AÑO 2025 (29/06/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 112

TEXTO PAGINA: 23

23 NORMAS LEGALES Domingo 29 de junio de 2025 El Peruano / Ventas (IGV) aplicable a las operaciones de venta gravadas con dicho impuesto de los bienes señalados en el Apéndice 1 de la indicada Ley, por el cual el agente de percepción percibirá del cliente un monto por concepto de IGV que este último causará en sus operaciones posteriores; Que, el artículo 11 de la citada Ley señala que no se efectuará la percepción, entre otras, en las operaciones respecto de las cuales se emita un comprobante de pago que otorgue derecho al crédito fi scal y el cliente tenga la condición de agente de retención del IGV o fi gure en el “Listado de entidades que podrán ser exceptuadas de la percepción del IGV”; Que, con relación al referido Listado, el mencionado artículo 11 dispone que será aprobado mediante decreto supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas y señala las entidades que podrán ser incluidas en aquel; asimismo, indica que la SUNAT elaborará la relación de tales entidades y detalla las condiciones que deben veri fi carse para tal efecto; Que, según lo indicado en el citado artículo, el Ministerio de Economía y Finanzas publicará el referido listado, a través de su portal en internet, a más tardar el último día hábil de los meses de marzo, junio, setiembre y diciembre de cada año, el cual regirá a partir del primer día calendario del mes siguiente a la fecha de su publicación; Que, en consecuencia, resulta necesario aprobar el “Listado de entidades que podrán ser exceptuadas de la percepción del IGV”, que deberá regir a partir del primer día calendario del mes de julio de 2025; De conformidad con lo dispuesto en el numeral 8 del artículo 118 de la Constitución Política del Perú y en el artículo 11 de la Ley Nº 29173; DECRETA: Artículo 1.- Aprobación del Listado Apruébase el “Listado de entidades que podrán ser exceptuadas de la percepción del IGV” a que se re fi ere el artículo 11 de la Ley Nº 29173, que como anexo forma parte integrante del presente Decreto Supremo. Artículo 2.- Publicación El “Listado de entidades que podrán ser exceptuadas de la percepción del IGV” aprobado en el artículo precedente se publica en la sede digital del Ministerio de Economía y Finanzas (www.gob.pe/mef), a más tardar el último día hábil del mes de junio de 2025 y rige a partir del primer día calendario del mes siguiente a la fecha de su publicación. Artículo 3.- Refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintiocho días del mes de junio del año dos mil veinticinco. DINA ERCILIA BOLUARTE ZEGARRA Presidenta de la República JORGE LUIS MONTERO CORNEJO Ministro de Energía y Minasencargado del Despacho del Ministerio de Economía y Finanzas 2414206-3 EDUCACIÓN Autorizan viaje de estudiantes y docentes que conforman la delegación peruana que participará en 57° Olimpiada Internacional de Química – IChO 2025 en Dubái, Emiratos Árabes Unidos RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 286-2025- MINEDU Lima, 27 de junio de 2025VISTOS: los documentos que conforman el Expediente Nº MPT2025-EXT-0389208; y, CONSIDERANDO:Que, mediante el artículo 91 de la Ley Nº 32185, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025, se autoriza al Ministerio de Educación, en el Año Fiscal 2025, con cargo a su presupuesto institucional, a fi nanciar el pago de pasajes y/o viáticos de los participantes en los eventos y competencias internacionales para la medición de los aprendizajes, además de concursos, eventos y actividades de representación, formación y capacitación internacionales, los mismos que deben ser autorizados mediante resolución del titular del pliego que establezca los eventos, competencias internacionales y actividades de representación a realizarse durante el 2025, así como la condición y cantidad de participantes a los que se fi nanciará pasajes y/o viáticos, el cronograma, según corresponda, por cada evento, competencia y actividad; Que, en dicho marco normativo, mediante la Resolución Ministerial Nº 148-2025-MINEDU se aprueba el cronograma que contiene el detalle de los eventos y competencias internacionales a ser realizados durante el Año Fiscal 2025, entre los cuales se contempla la participación en la 57º Olimpiada Internacional de Química (IChO 2025); Que, mediante carta de fecha 27 de febrero de 2025, el Comité Organizador de la Icho 2025, cursa invitación al Comité Permanente de Organización de la Olimpiada Peruana de Química, para participar en la 57º International Chemistry Olympiad – IChO 2025, que se realizará del 05 al 14 de julio de 2025, en la ciudad de Dubái, Emiratos Árabes Unidos; Que, mediante Carta Nº OPQ-002-2025 de fecha 04 de abril de 2025, el Comité Permanente de Organización de la Olimpiada Peruana de Química, solicita al Ministerio de Educación el apoyo para la delegación peruana; asimismo, comunica la relación de estudiantes y profesores seleccionados para formar parte de la delegación que participará en la IChO 2025; Que, la IChO 2025 es un evento académico que reúne a jóvenes cientí fi cos de todo el mundo para participar en el renombrado campeonato anual de química. Dicha olimpiada ofrecerá una plataforma para que los estudiantes resuelvan desafíos, exploren la innovación y celebren el espíritu del descubrimiento en el campo de la química; Que, mediante el O fi cio Nº 00948-2025-MINEDU/ VMGP-DIGEBR, la Dirección General de Educación Básica Regular (DIGEBR), sustenta y solicita la aprobación de la Resolución Ministerial que autorice el viaje al exterior de los estudiantes: ALDO ALFREDO VEGA CHANCAS, SAMUEL SEBASTIAN VERTIZ HERRERA, FABIO FERNANDO SUAZO QUISPE, ANGEL GESU ARRIETA HUARINGA y los docentes: JAVIER NAKAMATSU KUNIYOSHI y LUIS ORTEGA SAN MARTIN, para participar en la referida olimpiada; Que, a través del Informe Nº 00066-2025-MINEDU/ SG-OGCI, la O fi cina General de Cooperación y Asuntos Internacionales, emite opinión favorable sobre la participación de la delegación en la referida olimpiada, toda vez que es una oportunidad de competir con estudiantes de otros países con altos estándares de exigencia, lo que fomenta la excelencia y los prepara para competir en un mundo globalizado, además la participación en la competencia está alineada con Objetivo Estratégico Institucional OEI.01 “Fortalecer la rectoría de la educación básica y comunitaria orientada al desarrollo de los aprendizajes de la población” del Plan Estratégico Institucional – PEI del Ministerio de Educación 2025-2030, aprobado con la Resolución Ministerial Nº 650-2024- MINEDU; Que, por lo expuesto y dado el interés institucional, resulta necesario autorizar el viaje de los cuatro (04) estudiantes y dos (02) profesores asesores mencionados, los cuales integran la Delegación que participará en la IChO 2025; Que, los gastos por conceptos de pasajes aéreos serán asumidos con cargo al Pliego 010: M. de Educación - Unidad Ejecutora 026: Programa de Educación Básica