Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 08 DE MARZO DEL AÑO 2025 (08/03/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 92

TEXTO PAGINA: 44

44 NORMAS LEGALES Sábado 8 de marzo de 2025 El Peruano / aprobación del Consejo de Ministros, con cargo a dar cuenta al Congreso de la República; De conformidad con la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República, aprobado por el Decreto Supremo Nº 047-2021-RE; y el Reglamento de la Ley del Servicio Diplomático de la República, aprobado por el Decreto Supremo Nº 130-2003-RE; y, Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; SE RESUELVE:Artículo 1.- Nombrar Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú en la República de Chile al Embajador en el Servicio Diplomático de la República John Peter Camino Cannock. Artículo 2.- Extenderle las Cartas Credenciales y Plenos Poderes correspondientes. Artículo 3.- La fecha en que el citado funcionario diplomático deberá asumir funciones será fi jada mediante Resolución Ministerial. Artículo 4.- Aplicar el egreso que irrogue la presente Resolución a las partidas correspondientes del pliego presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores. Artículo 5.- La presente Resolución Suprema es refrendada por el Ministro de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese.DINA ERCILIA BOLUARTE ZEGARRA Presidenta de la República ELMER SCHIALER SALCEDO Ministro de Relaciones Exteriores 2378596-3 Autorizan viaje de funcionario diplomático a los Estados Unidos de América, en comisión de servicios RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 0140-2025-RE Lima, 6 de marzo de 2025 VISTOS: El Memorándum N° DGM003682025 de la Dirección General para Asuntos Multilaterales y Globales, de 24 de febrero de 2025; la Hoja de Trámite (GAC) N° 808 del Despacho Viceministerial, de 24 de febrero de 2025; el Memorándum Nº OPP005922025 de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto, de 5 de marzo de 2025, que otorga la certi fi cación presupuestal al presente viaje; y, el Memorándum Nº OAP007182025 de la O fi cina de Administración de Personal, de 5 de marzo de 2025; CONSIDERANDO: Que, el mandato del actual Secretario General de la Organización de los Estados Americanos (OEA) vence el 25 de mayo de 2025; Que, mediante CP/RES. 1269 (2525/24), aprobada por el Consejo Permanente de la OEA, en la sesión ordinaria celebrada el 4 de diciembre de 2024, se resolvió convocar al Quincuagésimo Sexto Periodo Extraordinario de Sesiones de la Asamblea General del citado organismo, para elegir al Secretario General de la OEA, el 10 de marzo de 2025, en la ciudad de Washington D.C., Estados Unidos de América; Que, la Dirección General para Asuntos Multilaterales y Globales del Ministerio de Relaciones Exteriores es el órgano de línea dependiente del Despacho Viceministerial de Relaciones Exteriores, responsable de la promoción y defensa de los intereses y objetivos del Perú en el ámbito multilateral;Que, en ese sentido, con Resolución Ministerial N° 0084-2025-RE, se acreditó al Embajador en el Servicio Diplomático de la República Luis Felipe Ugarelli Basurto, Director General para Asuntos Multilaterales y Globales, como parte de la delegación peruana que participará en el mencionado periodo de sesiones, el 10 de marzo de 2025; Que, por lo expuesto, y en atención a la importancia que le asigna el Perú a los trabajos que se realizan en el marco del Sistema Interamericano, se estima importante la participación del Embajador en el Servicio Diplomático de la República Luis Felipe Ugarelli Basurto, Director General para Asuntos Multilaterales y Globales, en el Quincuagésimo Sexto Periodo Extraordinario de Sesiones de la Asamblea General de la OEA; Que, por cuestiones de itinerario, el referido funcionario diplomático, viajará a la ciudad de Washington D.C., Estados Unidos de América, del 9 al 11 de marzo de 2025; De conformidad con la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos y su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores, aprobado por el Decreto Supremo N° 135- 2010-RE; el Texto Único Ordenado de la Ley N° 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República, aprobado por el Decreto Supremo N° 047-2021-RE y su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo N° 130-2003-RE; y, la Ley N° 32185, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje, en comisión de servicios, del Embajador en el Servicio Diplomático de la República Luis Felipe Ugarelli Basurto, Director General para Asuntos Multilaterales y Globales, a la ciudad de Washington D.C., Estados Unidos de América, del 9 al 11 de marzo de 2025, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2.- Los gastos de pasajes y viáticos que irrogue el cumplimiento de la presente comisión de servicios serán cubiertos por el pliego presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores, Meta (157) 0137176 “Representación y negociación en organismos y foros internacionales” y, Código POI AOI00004500029: “Gestión de la Dirección General para Asuntos Multilaterales y Globales”, debiendo rendir cuenta documentada en un plazo no mayor de quince (15) días calendario, al término del referido viaje, de acuerdo con el siguiente detalle: Nombres y ApellidosPasaje aéreo (USD)Viáticos por día (USD)Número de díasTotal viáticos (USD) Luis Felipe Ugarelli Basurto 1 070.07 440.00 1 + 1 880.00 Conforme a lo establecido en el artículo 8 del Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, y atendiendo al itinerario de viaje, se ha adicionado un (1) día de viáticos por concepto de gastos de instalación y traslado, todo lo cual formará parte de la rendición de viáticos que corresponda. Artículo 3.- Dentro de los quince (15) días calendario, posteriores a su retorno al país, el citado funcionario diplomático deberá presentar al Ministro de Relaciones Exteriores, un informe detallado de las acciones realizadas y los resultados obtenidos en el viaje autorizado. Artículo 4.- La presente Resolución Ministerial no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros cualquiera sea su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese.ELMER SCHIALER SALCEDO Ministro de Relaciones Exteriores 2378085-1