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36 NORMAS LEGALES Sábado 8 de marzo de 2025 El Peruano / y civil de la Policía Nacional del Perú los alcances del Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG (…)” ; Que, la Ley Nº 32185, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025, en su artículo 10 establece que “10.1. Durante el Año Fiscal 2025, los viajes al exterior de los servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos deben realizarse en categoría económica (…) La autorización para viajes al exterior de las personas señaladas en el párrafo precedente se aprueba conforme a lo establecido en la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y sus normas reglamentarias. (…)”. Que, mediante Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, se aprueban normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, el cual en su artículo 2, referido al contenido del acto de autorización, establece que “La Resolución de autorización de viajes al exterior de la República estrictamente necesarios, será debidamente sustentada en el interés nacional o en el interés especí fi co de la Institución, y deberá indicar expresamente el motivo del viaje, el número de días de duración del viaje, el monto de los gastos de desplazamiento, viáticos y tarifa Corpac. (…)”; Que, el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, en su artículo 1, establece que “(…) La autorización de viajes al exterior de personas, que viajen en representación del Poder Ejecutivo irrogando gasto al Tesoro Público, se otorgará mediante Resolución Ministerial del Sector correspondiente, siempre que se sustenten en el interés nacional o en el interés específico de la institución, conforme a la Ley Nº 27619 y el presente Reglamento” ; Que, asimismo, el artículo 4 del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM señala que “Las Resoluciones de autorización de viaje deberán publicarse en el Diario Ofi cial El Peruano (…)” ; Que, a través del informe de Vistos, la O fi cina General de Asesoría Jurídica considera legalmente viable tramitar el proyecto de Resolución Ministerial que autorice el viaje al exterior, en Comisión de Servicio, del Teniente General de la Policía Nacional del Perú OSCAR MANUEL ARRIOLA DELGADO, del 10 al 12 de marzo de 2025, a la ciudad de Quito de la República del Ecuador; Con el visado de la Comandancia General de la Policía Nacional del Perú y de la O fi cina General de Asesoría Jurídica del Ministerio del Interior; y, De conformidad con la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 27619, Ley que regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos; la Ley Nº 32185, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025; el Decreto Legislativo Nº 1266, Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior; el Decreto Legislativo Nº 1267, Ley de la Policía Nacional del Perú; el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, mediante el cual se aprueban las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; y el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, aprobado por Resolución Ministerial Nº 1520-2019-IN; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje al exterior, en Comisión de Servicio, del Teniente General de la Policía Nacional del Perú OSCAR MANUEL ARRIOLA DELGADO, del 10 al 12 de marzo de 2025, a la ciudad de Quito de la República del Ecuador, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2.- Los gastos por concepto de pasajes aéreos (ida y retorno), del personal policial mencionado en el artículo precendente, son cubiertos con cargo a la Unidad Ejecutora 002: Dirección de Economía y Finanzas de la Policía Nacional del Perú, del Pliego 007: Ministerio del Interior, de acuerdo al siguiente detalle: Importe Personas Total Pasajes aéreos US$ 646,00 1 US$ 646,00Artículo 3.- Disponer que el personal policial cuyo viaje se autoriza, presente al Titular de la Entidad, dentro de los quince (15) días calendario siguientes a su retorno, un informe detallado donde describa las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, así como la rendición de cuentas debidamente documentada por la compensación extraordinaria asignada. Artículo 4. La presente Resolución Ministerial no da derecho a exoneración o liberación del pago de impuestos o derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. MORGAN NICCOLO QUERO GAIME Ministro de Educación Encargado del Despacho del Ministerio del Interior 2378215-1 JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS Autorizan viaje de servidores del Ministerio a los EE.UU., en comisión de servicios RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0083-2025-JUS Lima, 7 de marzo de 2025 VISTOS; el Informe Nº 082-2025-JUS/DGDH-DAIPAN, de la Dirección de Asuntos Internacionales, Promoción y Adecuación Normativa; el Memorando Nº 222-2025-JUS/ DGDH, de la Dirección General de Derechos Humanos; el Informe Nº 101-2025-JUS/OGPM, de la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; y, el Informe Nº 0297-2025-JUS/OGAJ, de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; CONSIDERANDO:Que, mediante documentos de vistos, la Dirección General de Derechos Humanos señala que, en reunión virtual de trabajo sostenida el 25 de febrero de 2025 entre los equipos técnicos del Perú y la CIDH, con motivo de abordar los asuntos relacionados al “Proyecto de Informe – Capítulo V – Perú”; el Despacho Viceministerial de Derechos Humanos y Acceso a la Justicia manifestó su interés en sostener una reunión en la sede institucional de la CIDH, a fi n de evidenciar la información que dé cuenta de los avances respecto a las recomendaciones formuladas por la CIDH en el “Informe sobre la Situación de Derechos Humanos en Perú en el contexto de las protestas sociales” del año 2023, la misma que se llevará a cabo en el marco de la presentación del Informe Anual 2024, en la ciudad de Washington D.C., Estados Unidos de América, el 13 de marzo de 2025; Que, en adición a ello, se tiene programada una reunión previa, el mismo día, con la Representación Permanente del Perú ante la Organización de los Estados Americanos, con el fi n de coordinar la posición del Estado para la reunión con la CIDH; Que, la Dirección General de Derechos Humanos sustenta la participación del señor David Charles Napurí Guzmán, Viceministro de Derechos Humanos y Acceso a la Justicia, así como del señor Luis Fernando Domínguez Vera, Director General de la Dirección General de Derechos Humanos, en el marco de sus competencias señaladas en el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2017-JUS y el “Protocolo Intersectorial para la Participación del Estado peruano ante los Sistemas de Protección Internacional de Derechos Humanos” aprobado por Decreto Supremo Nº 010-2020-JUS;