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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 08 DE MARZO DEL AÑO 2025 (08/03/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 92

TEXTO PAGINA: 37

37 NORMAS LEGALES Sábado 8 de marzo de 2025 El Peruano / Que, asimismo, señala que dicha participación permitirá evidenciar la información que dé cuenta de los avances respecto de las recomendaciones formuladas por la CIDH en el marco del Proyecto de Informe del Capítulo V de su Informe Anual 2024, referido al seguimiento de las recomendaciones contenidas en el “Informe sobre la Situación de Derechos Humanos en Perú en el contexto de las protestas sociales” del año 2023; contribuyendo de esta manera a fortalecer la relación del Perú con el Sistema Interamericano de Derechos Humanos en el marco de sus obligaciones internacionales; Que, conforme a lo señalado en los considerandos que preceden, se ha solicitado gestionar la emisión de la Resolución Ministerial que autorice el viaje del señor David Charles Napurí Guzmán, Viceministro de Derechos Humanos y Acceso a la Justicia y del señor Luis Fernando Domínguez Vera, Director General de la Dirección General de Derechos Humanos para participar en las citadas reuniones; Que, la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización considera que la participación de los comisionados se vincula con el OES1, Objetivo Estratégico Sectorial 1 del Plan Estratégico Sectorial Multianual (PESEM) 2024-2030, relacionado a garantizar el respeto de los derechos humanos de las personas y al Objetivo Estratégico Institucional 1 del Plan Estratégico Institucional (PEI) 2025-2030, relacionado a mejorar la protección de los derechos humanos de las personas; Que, de la documentación remitida, se concluye que resulta necesaria la participación de los citados servidores, en el marco de sus competencias en el sector; Que, los gastos de pasajes y viáticos que genere el viaje de los comisionados, serán con cargo al presupuesto institucional del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, y por razones de itinerario corresponde autorizarlo del 12 al 14 de marzo de 2025; Que, el artículo 26 de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, establece que los Ministros de Estado pueden encargar a un Viceministro para que, con retención de su cargo, desempeñe las funciones de otro Viceministro por ausencia del Titular o, en su defecto, corresponde al Ministro designar al funcionario que lo reemplazará en caso de ausencia. En tal sentido, y a fi n de mantener el normal funcionamiento del Viceministerio de Derechos Humanos y Acceso a la Justicia, es necesario encargar sus funciones al Viceministro de Justicia, en tanto dure la ausencia de su titular; Con el visado de la Dirección General de Derechos Humanos, de la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización y de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 29809, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; el Decreto Supremo Nº 013-2017-JUS, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; la Ley Nº 32185, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025; la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y sus modi fi catorias; y, el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueba normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios, y sus modi fi catorias; SE RESUELVE:Artículo 1.- Autorizar el viaje del señor David Charles Napurí Guzmán, Viceministro de Derechos Humanos y Acceso a la Justicia y del señor Luis Fernando Domínguez Vera, Director General de la Dirección General de Derechos Humanos, a la ciudad de Washington D.C., Estados Unidos de América, del 12 al 14 de marzo de 2025, por los motivos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolución, son cubiertos con recursos del presupuesto del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, de acuerdo al siguiente detalle:David Charles Napurí Guzmán, Viceministro de Derechos Humanos y Acceso a la Justicia Pasajes US$ 1 805,25Viáticos x 2 días US$ 880,00 Luis Fernando Domínguez Vera, Director General de la Dirección General de Derechos Humanos Pasajes US$ 1 805,25 Viáticos x 2 días US$ 880,00 Artículo 3.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes a la culminación del viaje, los servidores citados en el artículo 1 de la presente Resolución presentan ante la autoridad competente un informe dando cuenta de las acciones realizadas, los resultados obtenidos y la rendición de cuentas por los viáticos entregados. Artículo 4.- Encargar al señor Juan Enrique Alcántara Medrano, Viceministro de Justicia, con retención de su cargo, las funciones del Viceministerio de Derechos Humanos y Acceso a la Justicia, a partir del 12 de marzo de 2025 y en tanto dure la ausencia de su titular. Artículo 5.- La presente autorización no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos de aduana de cualquier clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. EDUARDO MELCHOR ARANA YSA Ministro de Justicia y Derechos Humanos 2378136-1 MUJER Y POBLACIONES VULNERABLES Autorizan transferencia de recursos financieros a favor de las Sociedades de Beneficencia de Lambayeque, Paita, Huancayo y Lima Metropolitana RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 086-2025- MIMP Lima, 7 de marzo de 2025Vistos, el Memorándum Nº D000136-2025-MIMP- DVMPV del Despacho Viceministerial de Poblaciones Vulnerables, la Nota Nº D000124-2025-MIMP-DGFC de la Dirección General de la Familia y la Comunidad, el Informe Técnico Nº D000024-2025-MIMP-DSB-AACG de la Dirección de Sociedades de Bene fi cencia, el Memorándum Nº D000215-2025- MIMP-OGPPM de la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, el Informe Informe Nº D000045-2025-MIMP-OP de la O fi cina de Planeamiento, el Informe Nº D000183-2025-MIMP-OGAJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO:Que, de acuerdo a lo previsto en el literal m) del artículo 5 del Decreto Legislativo Nº 1098, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables (MIMP), forma parte del ámbito de competencia del Ministerio, el seguimiento, evaluación, supervisión y asistencia técnica de las Sociedades de Bene fi cencia; Que, mediante Decreto Legislativo Nº 1411, Decreto Legislativo que regula la naturaleza jurídica, funciones, estructura orgánica y otras actividades de las Sociedades de Bene fi cencia, se establece el marco normativo que regula la naturaleza jurídica, el funcionamiento, la estructura orgánica y las actividades de las Sociedades de Bene fi cencia, con la fi nalidad de garantizar servicios adecuados a la población en condición de vulnerabilidad