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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 08 DE MARZO DEL AÑO 2025 (08/03/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 92

TEXTO PAGINA: 29

29 NORMAS LEGALES Sábado 8 de marzo de 2025 El Peruano / de plaguicidas de uso agrícola, cuando se advierta falta de veracidad de la información que motivó el registro, se encuentra delegada en este despacho, según lo establecido en el numeral 7.2 del artículo 7 de la Resolución Jefatural N° D000021-2024-MIDAGRI-SENASA-JN de fecha 23 de febrero de 2024, por lo que corresponde emitir pronunciamiento de acuerdo a ley; De conformidad con lo dispuesto en la Decisión 804 de la Comunidad Andina de Naciones; la Resolución 2075, Manual Técnico Andino para el Registro y Control de Plaguicidas Químicos de Uso Agrícola; el Reglamento del Sistema Nacional de Plaguicidas de Uso Agrícola aprobado con Decreto Supremo N° 001-2015-MINAGRI; el Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General aprobado mediante el Decreto Supremo N° 004-2019-JUS; y con la visación del Director de la Subdirección de Insumos Agrícolas de la Dirección de Insumos Agropecuarios e Inocuidad Agroalimentaria y de la Directora General de la O fi cina de Asesoría Jurídica; SE RESUELVE:Artículo 1.- DECLARAR la cancelación del Registro N° 3253-SENASA, del Plaguicida Químico de Uso Agrícola PMF-120, otorgado a favor de la empresa AVGUST PERÚ S.A.C., con RUC N° 20535703214, conforme a los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución Directoral. Artículo 2.- PROHIBIR a partir del día siguiente de la publicación de la presente Resolución Directoral la importación, distribución, almacenamiento, envasado y/o comercialización, y cualquier otra actividad que permita el uso del Plaguicida Químico de Uso Agrícola PMF-120. Artículo 3.- DISPONER que la empresa AVGUST PERÚ S.A.C. en un plazo de noventa (90) días hábiles a partir del día siguiente a la publicación de la presente Resolución Directoral proceda al retiro del mercado del Plaguicida Químico de Uso Agrícola PMF-120 y efectúe su disposición fi nal, actividades que deben ser informadas a la Subdirección de Insumos Agrícolas del SENASA. Artículo 4.- REMITIR los actuados a la Subdirección de Insumos Agrícolas de la Dirección de Insumos Agropecuarios e Inocuidad del SENASA, a efectos de supervisar y adoptar las medidas necesarias para el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolución Directoral. Artículo 5.- DISPONER la publicación de la presente Resolución Directoral en el portal institucional del Servicio Nacional de Sanidad Agraria (www.gob.pe/senasa), el mismo día de su publicación en el diario o fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSUE ALFONSO CARRASCO VALIENTE Director General Dirección de Insumos Agropecuariose Inocuidad AgroalimentariaServicio Nacional de Sanidad Agraria 1 Numeral 1.7 del Artículo IV del Título Preliminar del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General aprobado mediante el Decreto Supremo N° 004-2019-JUS. 2 Numeral 1.11 del Artículo IV del Título Preliminar del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General aprobado mediante el Decreto Supremo N° 004-2019-JUS. 3 1.7. Principio de presunción de veracidad.- En la tramitación del procedimiento administrativo, se presume que los documentos y declaraciones formulados por los administrados en la forma prescrita por esta Ley, responden a la verdad de los hechos que ellos afirman. Esta presunción admite prueba en contrario. 4 1.8. Principio de buena fe procedimental.- La autoridad administrativa, los administrados, sus representantes o abogados y, en general, todos los partícipes del procedimiento, realizan sus respectivos actos procedimentales guiados por el respeto mutuo, la colaboración y la buena fe. La autoridad administrativa no puede actuar contra sus propios actos, salvo los supuestos de revisión de oficio contemplados en la presente Ley. Ninguna regulación del procedimiento administrativo puede interpretarse de modo tal que ampare alguna conducta contra la buena fe procedimental. 2378036-1DESARROLLO E INCLUSIÓN SOCIAL Designan Directora General de la Dirección General de Calidad de la Gestión de las Prestaciones Sociales RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº D000080-2025- MIDIS San Isidro, 7 de marzo del 2025 VISTOS: El Memorando Nº D000175-2025-MIDIS-VMPS del Despacho Viceministerial de Prestaciones Sociales; el Memorando Nº D000426-2025-MIDIS-OGRH de la Ofi cina General de Recursos Humanos; y el Informe Nº D000184-2025-MIDIS-OGAJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, con la Ley Nº 29792 se crea el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social (MIDIS), determinándose su ámbito, competencias, funciones y estructura básica; Que, mediante Resolución de Secretaría General Nº D000037-2024-MIDIS-SG, se aprueba el Manual de Perfi les de Puestos del MIDIS el cual contiene, de manera estructurada y detallada, la información correspondiente a los per fi les de puestos de la entidad considerados como cargos de con fi anza, el cual ha sido actualizado mediante Resoluciones Jefaturales Nº D000136-2024-MIDIS- OGRH, Nº D000145-2024-MIDIS-OGRH, Nº D000178- 2024-MIDIS-OGRH, Nº D000018-2025-MIDIS-OGRH y Nº D000030-2025-MIDIS-OGRH; Que, mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 000109-2024-SERVIR-PE, se formaliza el acuerdo del Consejo Directivo de la Autoridad Nacional del Servicio Civil –SERVIR, adoptado en la Sesión Nº 12-2024-CD, mediante el cual se aprueba el Cuadro de Puestos de la Entidad y se declara iniciado el proceso de tránsito al régimen del servicio civil del MIDIS, de conformidad con el numeral 25.8 del artículo 25 de la Directiva Nº 002-2024-SERVIR- GDSRH, denominada “Diseño y estructura de puestos y posiciones para la elaboración, aprobación, administración y modi fi cación del Cuadro de Puestos de la Entidad”, cuya aprobación fue formalizada por Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 017-2024-SERVIR-PE y, posteriormente, mediante Resolución de Secretaría General Nº D000068- 2024-MIDIS-SG, se aprueba la formalización de las actualizaciones del referido cuadro, así como su versión actualizada; Que, mediante Resolución de Secretaría General Nº D000059-2024-MIDIS-SG, se aprueba la actualización del “Plan de Implementación para Puestos del Régimen de la Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil”, aprobado por Resolución de Secretaría General Nº D000043-2024-MIDIS-SG, que contiene la priorización de diecisiete (17) puestos del Cuadro de Puestos de la Entidad del MIDIS a ser implementados en el 2024, de conformidad con la Quinta Disposición Complementaria Final de la Directiva Nº 002-2024-SERVIR-GDSRH; Que, se encuentra vacante el cargo de Director/a General de la Dirección General de Calidad de la Gestión de las Prestaciones Sociales del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, por lo que resulta necesario designar a la persona que asumirá dicho cargo; Con el visado del Despacho Viceministerial de Prestaciones Sociales, de la O fi cina General de Recursos Humanos y de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 29792, Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social; la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; la Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil, y su Reglamento General, aprobado por Decreto Supremo Nº 040-2014- PCM; la Resolución Ministerial Nº D000026-2025-MIDIS,