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48 NORMAS LEGALES Martes 11 de marzo de 2025 El Peruano / DICIEMBRE 2º Juzgado Civil de El Agustino 1º Juzgado de Trabajo Permanente Zona 01, 02 y 03 2º Juzgado de Paz Letrado de El Agustino 1º Juzgado de Paz Letrado de El Agustino 2378439-1 ORGANISMOS AUTÓNOMOS BANCO CENTRAL DE RESERVA Autorizan viaje de funcionario para participar en evento que se realizará en México RESOLUCIÓN DE DIRECTORIO Nº 0009-2025- BCRP-N Lima, 20 de febrero de 2025CONSIDERANDO QUE: Se ha recibido invitación del Bank for International Settlements (BIS) Representative O ffi ce for the Americas , para participar en la en la reunión del CCA Consultative Group on Innovation and the Digital Economy (CGIDE) , que se realizará los días 13 y 14 de marzo de 2025 en Ciudad de México, México: Es política del Banco Central de Reserva del Perú mantener actualizados a sus funcionarios en aspectos fundamentales relacionados con su fi nalidad y funciones; La Gerencia de Operaciones Monetarias y Estabilidad Financiera tiene entre sus objetivos coadyuvar a la consecución de la estabilidad monetaria mediante la ejecución de los instrumentos de política monetaria, la evaluación del sistema fi nanciero y la vigilancia del funcionamiento del sistema de pagos y proponer medidas que permitan mejorar su e fi ciencia; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 27619, su Reglamento, el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM y sus normas modi fi catorias y, estando a lo acordado por el Directorio en su sesión del 13 de febrero de 2025; SE RESUELVE:Artículo 1°.- Autorizar la misión en el exterior del señor Milton Gonzalo Vega Bernal, Subgerente de Pagos e Infraestructuras Financieras de la Gerencia de Operaciones Monetarias y Estabilidad Financiera, los días 13 y 14 de marzo de 2025, a Ciudad de México, México y el pago de los gastos, a fi n de que participe en el evento indicado en la parte considerativa de la presente resolución. Artículo 2°.- El gasto que irrogue dicho viaje será como sigue: Pasaje US$ 710,33 Viáticos US$ 530,00 ----------------- TOTAL US$ 1 240,33 Artículo 3°.- Esta resolución no dará derecho a exoneración o liberación del pago de derechos aduaneros, cualquiera fuere su clase o denominación. Publíquese.JULIO VELARDE Presidente 2373651-1CONTRALORÍA GENERAL Designan Jefe del Órgano de Control Institucional de la Dirección Regional de Salud Apurímac I RESOLUCIÓN DE CONTRALORÌA Nº 124-2025-CG Lima, 10 de marzo de 2025 VISTOS: La Hoja Informativa Nº 000040-2025-CG/VCST, de la Vicecontraloría de Control Sectorial y Territorial; las Hojas Informativas Nº 000008-2025-CG/GRAP y Nº 000010- 2025-CG/GRAP y el Memorando Nº 000240-2025-CG/ GRAP, de la Gerencia Regional de Control de Apurímac; el Memorando Nº 000297-2025-CG/GCH, de la Gerencia de Capital Humano; el Memorando Nº 000339-2025-CG/POLDEH, de la Subgerencia de Políticas y Desarrollo Humano; la Hoja Informativa Nº 000112-2025-CG/PER, de la Subgerencia de Personal y Compensaciones; la Hoja Informativa Nº 000166-2025-CG/AJ, de la Subgerencia de Asesoría Jurídica; y, el Memorando Nº 000278-2025-CG/GJNC, de la Gerencia de Asesoría Jurídica y Normatividad en Control Gubernamental de la Contraloría General de la República; CONSIDERANDO:Que, conforme a lo dispuesto en el artículo 18 de la Ley Nº 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, y sus modi fi catorias, el Jefe del Órgano de Control Institucional (OCI) mantiene una vinculación de dependencia funcional y administrativa con la Contraloría General de la República, en su condición de ente técnico rector del Sistema, sujetándose a sus lineamientos y disposiciones; Que, el artículo 19 de la citada Ley Nº 27785 dispone que esta Entidad Fiscalizadora Superior, aplicando el principio de carácter técnico y especializado del control, designa a los Jefes de los OCI de las entidades sujetas a control; asimismo, establece que las entidades sujetas a control proporcionarán los medios necesarios para el ejercicio de la función de control en dichas entidades, de acuerdo con las disposiciones que sobre el particular dicte la Contraloría General de la República; Que, el numeral 7.1.3 de la Directiva Nº 020-2020-CG/ NORM “Directiva de los Órganos de Control Institucional”, aprobada mediante Resolución de Contraloría Nº 392-2020-CG, y sus modi fi catorias, en adelante la Directiva de los OCI, establece que la designación en el cargo de Jefe del OCI es una competencia exclusiva y excluyente de la Contraloría General de la República la cual se efectúa mediante Resolución de Contraloría publicada en el Diario Ofi cial El Peruano; Que, el numeral 7.1.3.1 de la citada Directiva establece que el Jefe del OCI designado por la Contraloría General de la República ejercerá sus funciones en una entidad por un periodo de tres (3) años; y que, por convenir a las necesidades del servicio y al interés institucional, podrá permanecer en el cargo por un periodo menor a los tres (3) años o, de ser el caso, prorrogar el periodo de designación hasta por un máximo de cinco (5) años en total; Que, de otro lado, el numeral 7.1.3.2 de la Directiva de los OCI establece que la designación de los Jefes de OCI termina por la ocurrencia de alguno de los hechos siguientes: a) situación sobreviniente que no le permita continuar en el ejercicio del cargo, conforme a lo dispuesto en el numeral 7.3.2 de dicha Directiva; b) renuncia del Jefe del OCI; c) culminación del período de designación, incluso al haberse emitido prórroga; d) razones de necesidad del servicio o interés institucional de la Contraloría; e) separación de fi nitiva; f) cese por límite de edad; y, g) muerte; para lo cual se debe emitir