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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 21 DE MARZO DEL AÑO 2025 (21/03/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 5

5 NORMAS LEGALES Viernes 21 de marzo de 2025 El Peruano / e intervenciones con montos menores a doscientos millones de soles, ubicadas en las zonas de in fl uencia del corredor logístico asociado al Hub Portuario de Chancay, que se encuentran a cargo de la ANIN; agregando que la CIET forma parte de la cartera de infraestructura de la ANIN; Que, el numeral 4.1 del artículo 4 del Decreto Legislativo Nº 1659, señala que la ANIN lidera la coordinación y articulación intersectorial e intergubernamental en torno a la identi fi cación de las inversiones públicas ubicadas en las zonas de in fl uencia del corredor logístico asociado al Hub Portuario de Chancay, para lo cual determina la zona de in fl uencia; a su vez, el numeral 4.3 del mismo artículo establece que la ANIN incluye en la CIET las inversiones públicas e intervenciones de acuerdo con los criterios de priorización que apruebe para dicho fi n, teniendo en consideración su capacidad operativa, presupuestal y mecanismos ágiles y fl exibles para la formulación y ejecución de las mismas; Que, según lo dispuesto en los numerales 5.1 y 5.2 del artículo 5 del Decreto Legislativo Nº 1659, la Jefatura de la ANIN propone la CIET ante la Presidencia del Consejo de Ministros, la misma que se aprueba mediante Resolución Ministerial de la Presidencia del Consejo de Ministros en un plazo no mayor a los treinta (30) días calendario, contados a partir del día siguiente de su presentación por parte de la ANIN; Que, con Resolución Jefatural Nº 00129-2024-ANIN- JEF, la ANIN aprueba los “Criterios de Priorización de las inversiones públicas e intervenciones para su inclusión en la Cartera de Inversiones Estratégicas Territoriales (CIET) a cargo de la Autoridad Nacional de Infraestructura, en el marco del Decreto Legislativo Nº 1659”; y, determina la zona de in fl uencia del corredor logístico asociado al Hub Portuario de Chancay a la que se re fi ere el numeral 4.1 del artículo 4 del Decreto Legislativo Nº 1659, subdividiéndola en zonas de in fl uencia directa y zonas de infl uencia indirecta; Que, con O fi cio Nº 000361-2025-ANIN/JEF, el Jefe de la ANIN propone a la Presidencia del Consejo de Ministros la Cartera de Inversiones Estratégicas Territoriales, con veintiún (21) proyectos de inversión pública, para su aprobación; Que, la citada propuesta se sustenta en el Informe Nº 000018-2025-ANIN/JEF-UFHPC de la Unidad Funcional del Hub Portuario de Chancay, en el cual se emite opinión favorable a las solicitudes presentadas por el Ministerio del Interior, el Ministerio de Defensa, el Gobierno Regional de Lima, la Municipalidad Provincial de Barranca, la Municipalidad Distrital de Aucallama y la Municipalidad Distrital de Chancay, para la incorporación de los citados proyectos de inversión pública a la CIET; Que, asimismo, con Memorando Nº 000127-2025- ANIN/OPP e Informe Nº 0000178-2025-ANIN/OPP-UP, la Ofi cina de Planeamiento y Presupuesto de la ANIN emite opinión favorable, señalando que los referidos proyectos de inversión pública cuentan con la sostenibilidad presupuestal correspondiente; Con el visado de la Secretaría Administrativa, de la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto, y de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 31841, Ley que crea la Autoridad Nacional de Infraestructura (ANIN); el Decreto Legislativo Nº 1659, Decreto Legislativo que establece disposiciones que permitan a la Autoridad Nacional de Infraestructura identi fi car, formular y ejecutar inversiones ubicadas en las zonas de in fl uencia del corredor logístico asociado al Hub Portuario de Chancay; y, el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado por Resolución Ministerial Nº 224-2023-PCM; SE RESUELVE:Artículo 1.- Aprobación de la Cartera de Inversiones Estratégicas Territoriales (CIET) Aprobar la Cartera de Inversiones Estratégicas Territoriales (CIET) a cargo de la Autoridad Nacional de Infraestructura (ANIN), la misma que contiene veintiún (21) proyectos de inversión pública, detallados en el Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2.- Publicación Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial y su Anexo en la Plataforma Digital Única del Estado Peruano para Orientación al Ciudadano (www. gob.pe) y en la sede digital de la Autoridad Nacional de Infraestructura (www.gob.pe/anin), el mismo día de su publicación en el Diario O fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese.GUSTAVO L. ADRIANZÉN OLAYA Presidente del Consejo de Ministros 2382496-1 Modifican el artículo 10 de la Resolución de Secretaría de Gestión Social y Diálogo Nº 007-2024-PCM/SGSD, mediante la cual se conformó el “Grupo de Trabajo Multisectorial para impulsar el desarrollo integral de los pueblos indígenas u originarios de la provincia de Datem del Marañón del departamento de Loreto” RESOLUCIÓN DE SECRETARÍA DE GESTIÓN SOCIAL Y DIÁLOGO Nº 001-2025-PCM/ SGSD Lima, 18 de marzo de 2025VISTO: El Informe Nº D000049-2025-PCM-SSGD de la Subsecretaría de Gestión del Diálogo de la Secretaría de Gestión Social y Diálogo de la Presidencia del Consejo de Ministros; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 17 de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, establece que la Presidencia del Consejo de Ministros es el Ministerio responsable de la coordinación de las políticas nacionales y sectoriales del Poder Ejecutivo, coordina las relaciones con los demás poderes del Estado, los organismos constitucionales, los gobiernos regionales, los gobiernos locales y la sociedad civil; Que, el artículo 104 del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado por la Resolución Ministerial Nº 224-2023-PCM, señala que la Secretaría de Gestión Social y Diálogo es el órgano de línea con autoridad técnico normativa a nivel nacional, responsable de las materias de prevención, gestión del diálogo territorial y solución de los con fl ictos sociales en el territorio nacional; Que, los literales h) y l) del artículo 105 del mencionado Texto Integrado, establecen como función de la Secretaría de Gestión Social y Diálogo, formalizar mediante Resolución de Secretaría la conformación de mesas de diálogo y/o grupos de trabajo que se acuerden en el marco de espacios de diálogo, en coordinación con los sectores y actores en el territorio, según corresponda y expedir resoluciones en materia de su competencia, respectivamente; Que, mediante la Resolución de Secretaría de Gestión Social y Diálogo Nº 007-2024-PCM/SGSD, se conforma el Grupo de Trabajo de naturaleza temporal denominado “Grupo de Trabajo Multisectorial para impulsar el desarrollo integral de los pueblos indígenas u originarios de la provincia de Datem del Marañón del departamento de Loreto” ; Que, el artículo 10 de la Resolución de Secretaría de Gestión Social y Diálogo Nº 007-2024-PCM/SGSD, dispone