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18 NORMAS LEGALES Miércoles 14 de mayo de 2025 El Peruano / 1266, determina el ámbito de competencia, las funciones y estructura orgánica del Ministerio del Interior, cuyo numeral 13, del inciso 5.2, del artículo 5 establece como una de las funciones especí fi cas del Ministerio del Interior, otorgar garantías personales e inherentes al orden público; así como dirigir y supervisar las funciones de las autoridades políticas designadas, con alcance nacional; Que, el artículo 117 del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, aprobado por Resolución Ministerial N° 1520-2019-IN, establece que la Dirección General de Gobierno Interior es el órgano encargado de dirigir y supervisar el accionar de las autoridades políticas designadas; Que, en el literal b) del artículo 118 del precitado Reglamento, se establece como una de las funciones de la Dirección General de Gobierno Interior, dirigir, designar, remover, aceptar la renuncia y encargar el puesto como las funciones a los Subprefectos Provinciales y Subprefectos Distritales, garantizando la presencia del Estado en el territorio nacional; Que, a través del informe de visto, la Dirección de Autoridades Políticas propone a la Dirección General de Gobierno Interior, la designación del subprefecto provincial de Carhuaz, departamento de Ancash; de conformidad a lo establecido en el literal g) del artículo 121 del precitado Reglamento; Que, de acuerdo a lo informado por la O fi cina de Desarrollo de Recursos Humanos de la O fi cina General de Gestión de Recursos Humanos, la propuesta presentada por la Dirección de Autoridades Políticas cumple con los requisitos establecidos en el Manual de Clasi fi cador de Cargos y no se encuentra impedido para el ejercicio de la función pública; Que, la propuesta efectuada ha seguido con los lineamientos establecidos por la Directiva N° 009-2024-IN- VOI-DGIN “Directiva para la designación, remoción, aceptación de renuncia y encargatura de puesto y funciones de las autoridades políticas a nivel nacional”; Que, al inicio y cese de su gestión, las autoridades políticas deberán formular y presentar las declaraciones juradas de bienes y rentas, así como las declaraciones juradas de intereses, a fi n de dar cumplimiento al marco normativo vigente; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; el Decreto Legislativo N° 1266, Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior y modi fi catorias; el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, aprobado por Resolución Ministerial N° 1520- 2019-IN; el Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS, que aprueba el Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; y la Resolución Ministerial N° 0771-2024-IN del 11 de junio de 2024, que aprueba la Directiva N° 009-2024-IN-VOI-DGIN; SE RESUELVE: Artículo 1.- Designar en el cargo de Subprefecto Provincial al siguiente ciudadano: N° NOMBRESAPELLIDO PATERNOAPELLIDO MATERNODNI PROVINCIA DEPARTAMENTO 1.GERONIMO HORACIOLIRIO DIAZ 32034911 CARHUAZ ANCASH Artículo 2.- Las autoridad política designada deberá formular y presentar las declaraciones juradas de bienes y rentas, así como las declaraciones juradas de intereses, a fi n de dar cumplimiento al marco normativo vigente. Artículo 3.- Notifi car la presente Resolución a la Comandancia General de la Policía Nacional del Perú, a la O fi cina General de Gestión de Recursos Humanos del Ministerio del Interior y a la O fi cina General de Administración y Finanzas del Ministerio del Interior. Regístrese, comuníquese y publíquese.MARIO LUIS ACCINELLI NOLTE Director General Dirección General de Gobierno Interior 2398844-1MUJER Y POBLACIONES VULNERABLES Aprueban el Plan Operativo Institucional (POI) Anual 2025 Actualizado Versión 1 del Pliego 039: Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° D000189-2025- MIMP-DM Lima, 13 de mayo del 2025 VISTOS, el Informe N° D000083-2025-MIMP-OP de la O fi cina de Planeamiento; el Memorándum N° D000374-2025-MIMP-OGPPM de la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; el Informe N° D000405-2025-MIMP-OGAJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, el numeral 1 del artículo 25 de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, señala que una de las funciones de los Ministros de Estado es dirigir el proceso de planeamiento estratégico sectorial, en el marco del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico y determinar los objetivos sectoriales funcionales nacionales aplicables a todos los niveles de gobierno; Que, con Decreto Legislativo N° 1088, Ley del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico y del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico, se crea el Centro Nacional de Planeamiento Estratégico – CEPLAN, como órgano rector, orientador y de coordinación del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico – SINAPLAN; Que, el numeral 13.3 del artículo 13 del Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, señala que el Presupuesto del Sector Público tiene como fi nalidad el logro de resultados a favor de la población y del entorno, así como mejorar la equidad en observancia a la sostenibilidad y responsabilidad fi scal conforme a la normatividad vigente y se articula con los instrumentos del SINAPLAN; Que, con Resolución de Presidencia de Consejo Directivo N° 0055-2024/CEPLAN/PCD se aprueba la versión actualizada de la Guía para el Planeamiento Institucional, la cual tiene como objetivo establecer la metodología para el proceso de elaboración (formulación o actualización) del Plan Estratégico Institucional (PEI) y el Plan Operativo Institucional (POI), conforme al Ciclo de Planeamiento Estratégico; Que, el numeral 3.2.3 del Capítulo 3 de la versión actualizada de la Guía para el Planeamiento Institucional señala que el POI Anual en ejecución se actualiza cuando se presenta, entre otras, las siguientes circunstancias: a) Cambios en la programación de metas físicas de las Actividades Operativas e Inversiones, que estén relacionados al mejoramiento continuo de los procesos y/o su priorización; y b) Incorporación o inactivación de Actividades Operativas e Inversiones por cambios en el entorno, cumplimiento de nuevas disposiciones normativas dictadas por el Ejecutivo o el Legislativo, entre otros que contribuyan con la implementación y cumplimiento de la estrategia del PEI; Que, mediante Resolución Ministerial N° 029- 2019-MIMP, se conforma la Comisión de Planeamiento Estratégico del Pliego 039: Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, de carácter permanente, la cual tiene como función, entre otras, validar el documento del Plan Estratégico Institucional - PEI y el Plan Operativo Institucional - POI; Que, con Resolución Ministerial N° 382-2024-MIMP, se aprueba el Plan Operativo Institucional (POI) 2025 consistente con el Presupuesto Institucional de Apertura (PIA) 2025 del Pliego 039: Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables;