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29 NORMAS LEGALES Miércoles 14 de mayo de 2025 El Peruano / según el último dígito de las placas de rodaje, considerando un plazo de tres meses para cada dígito; Que, en consecuencia, resulta necesario aprobar el Cronograma del Proceso General Extraordinario de Cambio de Placas para los vehículos de uso particular de categoría “M1” y “sin categoría” con clase registrada, en los términos señalados por la Dirección General de Políticas y Regulación en Transporte Multimodal; De conformidad con lo dispuesto por la Ley N° 27181, Ley General de Transporte y Tránsito Terrestre; la Ley N° 29370, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; el Reglamento de Placa Única Nacional de Rodaje, aprobado con Decreto Supremo N° 017-2008-MTC; y, la Resolución Ministerial N° 658-2021-MTC/01, que aprueba el Texto Integrado actualizado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobación del Cronograma del Proceso General Extraordinario de Cambio de Placas 1.1 Aprobar el Cronograma del Proceso General Extraordinario de Cambio de Placas para vehículos de uso particular de la categoría “M1” y “sin categoría” con clase registrada, de acuerdo al Anexo que forma parte de la presente Resolución Ministerial. 1.2 En el marco de lo establecido en el artículo 57 y la Primera Disposición Complementaria Final del Reglamento de Placa Única Nacional de Rodaje, aprobado mediante Decreto Supremo N° 017-2008-MTC, el vehículo que circule sin haber efectuado el cambio de placas dentro del plazo previsto en el Cronograma aprobado mediante la presente Resolución Ministerial, es considerado como un vehículo sin Placa Única Nacional de Rodaje. Artículo 2.- Publicación Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial y su Anexo, en la sede digital del Ministerio de Transportes y Comunicaciones (www.gob.pe/mtc), el mismo día de la publicación de la Resolución Ministerial en el Diario O fi cial “El Peruano”. Regístrese, comuníquese y publíquese. RAÚL PÉREZ REYES ESPEJO Ministro de Transportes y Comunicaciones Anexo Cronograma del Proceso General Extraordinario de Cambio de Placas para vehículos de uso particular de la categoría “M1” y “sin categoría” con clase registrada Zona Registral N°Categoría vehicular/ sin categoría vehicular con clase registradaUsoÚltimo dígito de la placaMes/año I–Piura II–ChiclayoIII–MoyobambaIV–IquitosVI–PucallpaV–TrujilloVII-HuarazVIII–HuancayoIX–LimaX–CuscoXI–IcaXII–ArequipaXIII–TacnaXIV–Ayacucho- Categoría vehicular M1 o - Sin categoría vehicular, con las siguientes clases registradas : automóvil, camioneta pick up, camioneta panel, camioneta rural, station wagon. ómnibus, camión, remolcador, remolque, semirremolqueParticular0Junio, julio y agosto del año 2025 1Setiembre, octubre y noviembre del año 2025 2Diciembre del año 2025, enero y febrero del año 2026 3Marzo, abril y mayo del año 2026 4Junio, julio y agosto del año 2026 5Setiembre, octubre y noviembre del año 2026 6Diciembre del año 2026, enero y febrero del año 2027 7Marzo, abril y mayo del año 2027 8Junio, julio y agosto del año 2027 9Setiembre, octubre y noviembre del año 2027 2398977-1Dejan sin efecto la R.M. N° 971-2023- MTC/01.02, que aprueba la ejecución de Expropiación y el valor de la Tasación de un inmueble para la ejecución del proyecto: “Construcción del anillo vial periférico de la ciudad de Lima y Callao” RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 258-2025-MTC/01.02 Lima, 13 de mayo de 2025VISTO: Los Memorandos N°s. 1732 y 2025-2025- MTC/19 de la Dirección General de Programas y Proyectos de Transportes del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; y los Memorandos N°s. 1927 y 2337- 2025-MTC/19.03 de la Dirección de Disponibilidad de Predios de la Dirección General de Programas y Proyectos de Transportes; y, CONSIDERANDO:Que, el Decreto Legislativo N° 1192, Decreto Legislativo que aprueba la Ley Marco de Adquisición y Expropiación de inmuebles, transferencia de inmuebles de propiedad del Estado, liberación de Interferencias y dicta otras medidas para la ejecución de obras de infraestructura y sus modi fi catorias (en adelante, la Ley), establece el régimen jurídico aplicable a los procesos de Adquisición y Expropiación de inmuebles, transferencia de bienes inmuebles de propiedad del Estado y liberación de Interferencias para la ejecución de obras de infraestructura, de conformidad con lo dispuesto en la Constitución Política del Perú; Que, el numeral 4.1 del artículo 4 de la Ley, de fi ne a la Adquisición como la transferencia voluntaria de la propiedad del inmueble necesario para la ejecución de la obra de infraestructura, del Sujeto Pasivo a favor del Bene fi ciario como resultado del trato directo; Que, el numeral 4.2 del artículo 4 de la Ley, de fi ne al Bene fi ciario como el titular del derecho de propiedad del inmueble como resultado de la Adquisición, Expropiación o transferencia de inmuebles de propiedad del Estado, necesarios para la ejecución de la obra de infraestructura y que, el único Bene fi ciario es el Estado actuando a través de alguna de las entidades públicas, comprendiendo a los titulares de proyectos y a las empresas prestadoras de servicios de saneamiento públicas de accionariado estatal o municipal; Que, del mismo modo, los numerales 4.10 y 4.11 del artículo 4 de la Ley, de fi nen que el Sujeto Activo es el Ministerio competente del sector, responsable de la tramitación de los procesos de Adquisición o Expropiación y que, el Sujeto Pasivo es el propietario o poseedor del inmueble sujeto a Adquisición o Expropiación, respectivamente; Que, el numeral 21.8 del artículo 21 de la Ley establece que incluso, durante el trámite de los procesos regulados en los Títulos IV y V, el Sujeto Activo se encuentra facultado a suscribir los acuerdos de Adquisición regulados en el presente artículo, siempre que antes o conjuntamente con la suscripción de dichos acuerdos efectúe la entrega anticipada de la posesión de los inmuebles; en este supuesto, no corresponde el otorgamiento del incentivo del 30% del valor comercial del inmueble; Que, con Resolución Ministerial N° 971-2023- MTC/01.02, se aprueba la ejecución de la expropiación de un (1) inmueble con código VIAL-AVP-T02-ST02-150112-P-00732, para la ejecución del proyecto: “Construcción del anillo vial periférico de la ciudad de Lima y Callao” (en adelante, el Proyecto), y el valor de la Tasación ascendente a S/ 919 860,40 (NOVECIENTOS DIECINUEVE MIL OCHOCIENTOS SESENTA Y 40/100 SOLES); Que, en forma posterior a la emisión de la Resolución Ministerial N° 971-2023-MTC/01.02, los Sujetos Pasivos mani fi estan su aceptación a la oferta de Adquisición; por lo que, solicitan retornar al procedimiento de trato directo conforme a lo dispuesto en el numeral 21.8 del