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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE MAYO DEL AÑO 2025 (28/05/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 60

60 NORMAS LEGALES Miércoles 28 de mayo de 2025 El Peruano / Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Secretaría General del Gobierno Regional San Martín, realizar los trámites para la publicación de la presente Ordenanza Regional, en el Diario O fi cial El Peruano, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 42º de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, estableciéndose que dicha publicación sea efectuada por Gobernación Regional; asimismo el texto se difundirá en la página wed institucional del Gobierno Regional de San Martín: https:www.gob.pe/reginsanmartin, conforme a lo previsto en el numeral 7.3 del artículo 7º del Decreto Supremo Nº 009-2024-JUS, debiendo publicarse además en el diario encargado de las publicaciones judiciales y en el portal electrónico del Gobierno Regional, previa promulgación del Gobernador Regional de San Martín. Artículo Quinto.- DISPENSAR la presente Ordenanza Regional del trámite de lectura y aprobación del Acta, para proceder a su implementación correspondiente. Comuníquese al señor Gobernador Regional para su promulgación. SANILDA ALLUI TENTETS Consejera Delegada Consejo Regional Dado en la Sede Central del Gobierno Regional San Martín, a los veintiún días del mes de mayo del dos mil veinticinco. Regístrese, publíquese y cúmplase. WALTER GRUNDEL JIMENEZ Gobernador Regional 2401864-1 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE SAN BORJA Ordenanza que aprueba la creación de la Instancia de Articulación Local de Desarrollo e Inclusión Social del Distrito de San Borja ORDENANZA N° 729-MSB San Borja, 21 de mayo de 2025EL ALCALDE DEL DISTRITO DE SAN BORJAPOR CUANTO: El Concejo Municipal del Distrito de San Borja, en la IX Sesión Ordinaria de Concejo de la fecha; Que, estando en uso de las facultades establecidas en el numeral 8 del artículo 9, en concordancia con el artículo 40 de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley N° 27972 y conforme a las opiniones vertidas en los Dictámenes N° 022-2025-MSB-CAL, N° 009-2025-MSB-CDHS y N° 017-2025-MSB-CPV, de la Comisión de Asuntos Legales, Comisión de Desarrollo Humano y Salud y Comisión de Participación Vecinal, respectivamente, se propone ante el pleno del concejo la Ordenanza que aprueba la creación de la Instancia de Articulación Local de Desarrollo e Inclusión Social del Distrito de San Borja; el Concejo Distrital de San Borja por unanimidad, con dispensa del trámite de aprobación del acta, aprobó la siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA LA CREACIÓN DE LA INSTANCIA DE ARTICULACIÓN LOCAL DE DESARROLLO E INCLUSION SOCIAL DEL DISTRITO DE SAN BORJA Artículo Primero.- APROBAR La creación de la Instancia de Articulación Local de Desarrollo e Inclusión Social del Distrito de San Borja (IAL-DIS), como un espacio de coordinación y articulación, responsable de lograr la implementación e fi ciente, e fi caz, efectiva y de calidad de las intervenciones públicas de desarrollo e inclusión social en el territorio, generando consensos, intercambiando información, efectuando acciones conjuntas, impulsando el cumplimiento de acuerdos, entre otros, acorde con lo dispuesto en el numeral 34.1 del Artículo 34 del Reglamento del Sistema Nacional de Desarrollo e Inclusión Social aprobado por Decreto Supremo N° 012-2024-MIDIS). Artículo Segundo.- FINALIDAD Ser una instancia de articulación local de carácter interinstitucional, que cuente con participación de representantes en el territorio, tales como: gobierno nacional, gobierno regional, sector privado, academia y sociedad civil organizada; para contribuir al logro de los objetivos prioritarios de la Política Nacional de Desarrollo e Inclusión al 2030, a fi n de cerrar las brechas sociales para la reducción de la pobreza en el Distrito de San Borja. Artículo Tercero.- ESTABLECER la prioridad de atención de los siguientes objetivos prioritarios: 1. Mejorar el desarrollo infantil temprano. 2. Mejorar el desarrollo físico, cognitivo y socioemocional de niñas, niños y adolescentes. 3. Incrementar las capacidades para la inclusión económica de jóvenes y adultos. 4. Mejorar la calidad de vida de las personas adultas mayores. 5. Mejorar las condiciones del entorno de la población para asegurar su inclusión social. Artículo Cuarto.- ESTABLECER las siguientes funciones para la IAL-DIS, sin ser limitativas (en concordancia con el numeral 34.1 del artículo 34 del Decreto Supremo N° 012-2024-MIDIS: 1. Monitorear y reportar a las entidades encargadas de la prestación de las intervenciones públicas priorizadas, la ejecución del registro nominal de mujeres gestantes y niñas, niños y adolescentes, y los problemas identi fi cados tales como inconsistencias, duplicidades, fi ltraciones o exclusiones, entre otros. 2. Monitorear y reportar al MIDIS el seguimiento al funcionamiento y cumplimiento de los acuerdos de la instancia, así como los problemas identi fi cados y las soluciones implementadas. 3. Monitorear y reportar al OFIS sobre las limitaciones para la operatividad y el adecuado funcionamiento de las Unidades Locales de Empadronamiento (ULE), así como las vinculadas al cierre de brechas de información de hogares de sus jurisdicciones territoriales. 4. Comunicar a los representantes de las entidades encargadas de la provisión de las intervenciones públicas acerca del cumplimiento de los acuerdos asumidos en el marco de la implementación de intervenciones y servicios priorizados según curso de vida, y otros compromisos para el cumplimiento de la Política nacional de desarrollo e inclusión social. 5. Analizar y brindar información a la IAR-DIS sobre el incumplimiento de compromisos del gobierno local o de la entidad pública prestadora del servicio, para la adopción de las medidas correctivas que correspondan. Artículo Quinto.- APROBAR la conformación de la Instancia de Articulación Local de Desarrollo e Inclusión Social (IAL-DIS) de San Borja, integrada por: 1. Alcalde de la Municipalidad de San Borja, quien la preside 2. Gerente de Gestión Social de la Municipalidad de San Borja, en calidad de Secretaría Técnica. 3. Subgerente de Inclusión social 4. Gerente de Salud Pública. 5. Subgerente de Atención Integral de la Salud 6. Jefe de la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Moderación Institucional. 7. Jefe de la O fi cina General de Participación Vecinal. 8. Coordinador del Centro Integral del Adulto Mayor - CIAM