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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE MAYO DEL AÑO 2025 (28/05/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 51

51 NORMAS LEGALES Miércoles 28 de mayo de 2025 El Peruano / de contrataciones menores; y, noti fi car la decisión a los contratistas. s) Aprobar que no se utilice la subasta inversa para la contratación de un bien o servicio que cuente con fi cha técnica, cuando de la estrategia de contratación se determina que existe el riesgo objetivamente sustentado de que no se presenten su fi cientes proveedores para realizar la puja correspondiente, debiendo remitir a Perú Compras la documentación que sustenta dicha aprobación. t) Aprobar la subcontratación de prestaciones hasta por el máximo permitido por el artículo 108 del Reglamento de la Ley de Contrataciones Públicas. u) Autorizar la cesión de posición contractual en los casos señalados en el artículo 112 del Reglamento. v) Suscribir contratos de fi deicomiso derivados de contratos de ejecución de obra. w) Aprobar u observar las liquidaciones de ejecución de obra y de consultoría de obra. x) Aprobar la designación del árbitro por parte de la entidad a propuesta de la Procuraduría Pública de la ONPE. y) Suscribir y resolver los contratos menores, ya sea que se perfeccionen mediante orden de compra, orden de servicio o contrato, así como acordar modi fi caciones mediante la suscripción de la documentación correspondiente. z) Expedir a los contratistas de bienes, servicios y obras las constancias de prestación que soliciten, en tanto se implementan las funcionalidades de la PLADICOP para generar las constancias de prestación. aa) Solicitar ante el OECE la inscripción, actualización y desactivación de la entidad ante el Registro de Entidades Contratantes y del usuario de Gestor de la Información de la Entidad. Artículo Segundo.- Las facultades delegadas serán ejercidas conforme al principio de legalidad, e fi ciencia, responsabilidad y rendición de cuentas, siendo nulo todo acto que exceda los límites establecidos en el presente acto resolutivo. Artículo Tercero.- La Gerencia de Administración, deberá informar semestralmente a la Secretaría General sobre los actos emitidos en ejercicio de la presente delegación, dentro de los quince (15) días hábiles siguientes al vencimiento de cada semestre calendario. Artículo Cuarto.- Disponer que las Resoluciones Jefaturales N° 000209-2024-JN/ONPE y N° 000007- 2024-JN/ONPE mantengan su vigencia exclusivamente respecto de los procedimientos de contratación convocados y los contratos en ejecución bajo el régimen de la Ley N° 30225, Ley de Contrataciones del Estado, y su Reglamento. Para las actuaciones contractuales sujetas al nuevo marco normativo establecido en la Ley N° 32069, Ley General de Contrataciones Públicas, no resultarán aplicables dichas resoluciones, debiendo observarse lo dispuesto en la presente delegación conforme a las competencias y formalidades previstas en la citada ley. Artículo Quinto.- Disponer la publicación de la presente resolución en el diario o fi cial El Peruano y en la sede digital de la ONPE ubicada en la plataforma digital única del Estado peruano www.gob.pe/onpe y en el Portal de Transparencia de la ONPE, dentro del plazo de tres (3) días de su emisión. Regístrese y publíquese.ELAR JUAN BOLAÑOS LLANOS Secretario General 2402970-1 FE DE ERRATAS RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 000080-2025-JN/ ONPE Mediante O fi cio N° 000814-2025-SG/ONPE, la Secretaría General de la O fi cina Nacional de Procesos Electorales solicita se publique la Fe de Erratas del artículo segundo de la Resolución Jefatural N° 000080- 2025-JN/ONPE, publicada en la edición del día 23 de mayo de 2025. Artículo SegundoDICE:Artículo Segundo.- Establecer el plazo de quince (15) días hábiles contados a partir de la publicación de la presente resolución en el diario o fi cial El Peruano para que la ciudadanía remita sus comentarios, aportes u opiniones, a través de la Mesa de Partes de las O fi cinas Regionales de Coordinación y de la Sede Central, así como de la Mesa de Partes Virtual Externa de la ONPE, y/o del correo electrónico pguerragarcia@onpe.gob.pe. DEBE DECIR: Artículo Segundo.- Establecer el plazo de quince (15) días calendario contados a partir del día siguiente de la publicación de la presente resolución en el diario o fi cial El Peruano para que la ciudadanía remita sus comentarios, aportes u opiniones, a través de la Mesa de Partes de las O fi cinas Regionales de Coordinación y de la Sede Central, así como de la Mesa de Partes Virtual Externa de la ONPE, y/o del correo electrónico pguerragarcia@ onpe.gob.pe. 2403536-1 TRIBUNAL CONSTITUCIONAL Conceden licencia con goce de remuneraciones a magistrados para realizar visitas oficiales de trabajo a órganos de administración de justicia de Brasil, con el fin de intercambiar buenas prácticas en la gestión de la carga procesal y el uso de la inteligencia artificial RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 070-2025 -P/TC Lima, 27 de mayo de 2025VISTOS El Memorando 045-2025-SG/TC, del 26 de mayo de 2025, emitido por el secretario general; la comunicación del director general de Administración del 27 de mayo de 2025; y, CONSIDERANDO Que, el secretario general informa que en la sesión del Pleno del Tribunal Constitucional realizada el 13 de enero de 2025 se acuerda que los magistrados Helder Domínguez Haro, Luis Gustavo Gutiérrez Ticse y Manuel Monteagudo Valdez, viajen a Brasilia, la primera semana de junio para realizar visitas de trabajo a otros órganos de administración de justicia en la ciudad de Brasilia, Brasil; Que, asimismo, el secretario general informa que, en la sesión del Pleno del Tribunal Constitucional del 25 de febrero de 2025, el magistrado Manuel Monteagudo Valdez hace de conocimiento que hará uso de sus vacaciones entre el 26 de mayo y el 16 de junio; además que, en la sesión realizada el 28 de abril de 2025, se informa que el magistrado César Augusto Ochoa Cardich no participó en las actividades realizadas los días 5 y 6 de mayo de 2025 en la ciudad de Brasilia, Brasil, por motivos personales; Que, en consecuencia, se modi fi ca lo convenido en la sesión del Pleno del Tribunal Constitucional del 13 de enero de 2025, para acordar que el magistrado César Augusto Ochoa Cardich viaje a Brasil la primera