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4 NORMAS LEGALES Sábado 8 de noviembre de 2025 El Peruano / SEPARATA ESPECIAL SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE EDUCACIÓN SUPERIOR UNIVERSITARIA Res. N° 0025-2025-SUNEDU-CD.- Resolución que ordena medidas de carácter provisional a la Universidad Nacional Agraria La Molina en el marco del procedimiento administrativo sancionador que se le sigue por las presuntas conductas infractoras tipificadas en el numeral 1.2 del Anexo del Reglamento de Infracciones y Sanciones de la Sunedu MUNICIPALIDAD DE LA MOLINA Ordenanza N° 483/MDLM y Acuerdo de Consejo N° 385.- Ordenanza que establece el Régimen Tributario de los Arbitrios Municipales de Limpieza Pública (Barrido de Calles y Recolección de Residuos Sólidos), Parques y Jardines Públicos y Serenazgo para el ejercicio 2026Diario Oficial El Peruano Electrónico (Ley N° 31649) MUNICIPALIDAD DE JESÚS MARÍA D.A. N° 009-2025-MDJM.- Aprueban Texto Único Ordenado del Reglamento de Organización y Funciones de la Municipalidad Distrital de Jesús María MUNICIPALIDAD DE VILLA MARÍA DEL TRIUNFO D.A. N° 12-2025-MDVMT .- Prorrogan vigencia de la Ordenanza N° 378-MDVMT PODER EJECUTIVO AMBIENTE Autorizan transferencia financiera del Pliego 0331: Servicio Nacional de Meteorología e Hidrología a favor de la Contraloría General de la República RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA EJECUTIVA N° 225-2025- SENAMHI/PREJ Lima, 6 de noviembre de 2025VISTOS: El O fi cio N° 000856-2025-CG/GAD, de la Contraloría General de la República; el Memorando N° D001213- 2025-SENAMHI-OA, de la O fi cina de Administración; el Informe N° D000106-2025-SENAMHI-UP, adosado a la Nota de Elevación N° D000307-2025-SENAMHI-OPP, de la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto; el Informe Legal N° D000466-2025-SENAMHI-OAJ, de la O fi cina de Asesoría Jurídica, y; CONSIDERANDO: Que, la Ley N° 24031, Ley del Servicio Nacional de Meteorología e Hidrología, modi fi cada por la Ley N° 27188, establece que el Servicio Nacional de Meteorología e Hidrología del Perú - SENAMHI es un organismo público descentralizado, con personería jurídica de derecho público interno y autonomía técnica, administrativa y económica, el cual se encuentra adscrito como organismo público ejecutor al Ministerio del Ambiente, conforme a la Primera Disposición Complementaria Final del Decreto Legislativo N° 1013; Que, el literal f) del artículo 11 del Reglamento de Organización y Funciones del SENAMHI, aprobado mediante Decreto Supremo N° 003-2016-MINAM, establece que es función de la Presidencia Ejecutiva: “expedir Resoluciones Presidenciales Ejecutivas en el ámbito de su competencia”; Que, mediante la Ley N° 32185, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025, se aprobó el Presupuesto del Sector Público correspondiente al Año Fiscal 2025; Que, a través de la Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 120-2024-SENAMHI/PREJ, de fecha 26 de diciembre de 2024, se aprobó el Presupuesto Institucional de Apertura (PIA) de los gastos correspondientes al Año Fiscal 2025 del Pliego 0331: Servicio Nacional de Meteorología e Hidrología; Que, el segundo párrafo del artículo 20 de la Ley N° 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República modi fi cado por el artículo 3 de la Ley N° 30742, Ley del fortalecimiento de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control, señala que las Entidades del Gobierno Nacional, los Gobiernos Regionales y los Gobiernos Locales quedan autorizados para realizar transferencias fi nancieras, con cargo a su presupuesto institucional, a favor de la Contraloría General de la República, para cubrir los gastos que se deriven de la contratación de las sociedades de auditoría, previa solicitud de la Contraloría General de la República, bajo exclusiva responsabilidad del Titular del Pliego así como del Jefe de la O fi cina de Administración y del Jefe de la O fi cina de Presupuesto o las que haga sus veces en el Pliego; Que, de acuerdo con lo dispuesto en el tercer párrafo del artículo 20 de la citada Ley y sus modi fi catorias, establece que las transferencias fi nancieras se aprueban mediante resolución del Titular del Pliego en el caso del Gobierno Nacional, requiriéndose en todos los casos el informe previo favorable de la O fi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en la entidad, siendo que la resolución del titular del pliego se publica en el Diario Ofi cial “ El Peruano” ; Que, mediante la Resolución de Contraloría N° 237- 2021-CG, se aprueba el tarifario que establece el monto de retribución económica de las Sociedades de Auditoría, por el periodo a auditar, que las entidades deben transferir a la Contraloría General de la República para la contratación y pago de las mismas; Que con el O fi cio N° 000856-2025-CG/GAD, la Gerencia de Administración de la Contraloría General de la República, solicita al SENAMHI realizar la transferencia fi nanciera por el periodo 2025, en el marco de lo establecido en la Ley N° 30742, Ley de Fortalecimiento de la Contraloría y del Sistema Nacional de Control, y la Resolución de Contraloría N° 237-2021-CG; Que, por medio del Memorando N° D001213-2025- SENAMHI-OA, la O fi cina de Administración comunica a la Ofi cina de Planeamiento y Presupuesto que en virtud a lo comunicado por la Contraloría General de la República se requiere la transferencia de la retribución económica mediante el SIAF, seleccionando el tipo de operación TF (Transferencia Financiera Otorgada); Que, a través de la Nota N° D000307-SENAMHI-OPP, la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto hace suyo el Informe N°D000106-2025-SENAMHI-UP de la Unidad de Presupuesto, mediante el cual opina favorablemente y otorga disponibilidad presupuestal por el monto de S/ 79 749,00 (SETENTA Y NUEVE MIL SETECIENTOS CUARENTA Y NUEVE CON 00/100 SOLES), por la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios, para la