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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 08 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2025 (08/11/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 84

TEXTO PAGINA: 7

7 NORMAS LEGALES Sábado 8 de noviembre de 2025 El Peruano / Que, la participación de PROMPERÚ en esta feria es fundamental para presentar nuestros productos y proveedores alineados con las exigencias del mercado europeo, especialmente el español, lo que permitirá brindar una plataforma de exposición para promover nuestro país como destino especializado en el segmento de incentivos, identi fi car nuevas oportunidades de promoción y comercialización del destino Perú, así como conocer las percepciones y nuevas tendencias del mercado. En tal sentido, el día 17 de noviembre del presente año, se realizarán acciones previas necesarias para la óptima presentación y participación en esta feria; Que, en tal sentido, resulta de interés institucional la participación de la señora Elva Isabel Yáñez Castillo, profesional de la Dirección de Promoción del Turismo para que en representación de PROMPERÚ participe en la referida feria, realizando acciones de promoción del turismo; Que, el numeral 10.1 del artículo 10 de la Ley N° 32185, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025, dispone que los viajes al exterior de los servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos deben realizarse en categoría económica y se aprueban conforme a lo establecido en la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y sus normas reglamentarias; De conformidad con la Ley N° 27790, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo – MINCETUR; la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de los servidores y funcionarios públicos y sus modi fi catorias; el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, Decreto Supremo que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, modi fi cado por el Decreto Supremo N° 056-2013-PCM; y, la Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 060-2019-PROMPERU/PE, que aprueba el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones de PROMPERÚ; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje de la señora Elva Isabel Yáñez Castillo, profesional de la Dirección de Promoción del Turismo, a la ciudad de Barcelona, Reino de España, del 16 al 21 de noviembre de 2025, para que en representación de PROMPERÚ participe en la feria a que se re fi ere la parte considerativa de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución Ministerial se efectúan con cargo al Pliego 008: Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo – PROMPERÚ, de acuerdo al siguiente detalle: Nombres y ApellidosPasajes aéreos Clase Económica US$Zona GeográficaViáticos x día US$Total Viáticos US$ Elva Isabel Yáñez Castillo2 082,36 Europa 540,00 x 4 2 160,00 Artículo 3.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes a su retorno al país, la señora Elva Isabel Yáñez Castillo presenta al Titular de PROMPERÚ, un informe detallado sobre las acciones realizadas y los logros obtenidos durante la feria a la que asistirá; asimismo, presenta la rendición de cuentas respectiva, de acuerdo a Ley. Artículo 4.- La presente Resolución Ministerial no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. TERESA STELLA MERA GÓMEZ Ministra de Comercio Exterior y Turismo 2456350-1Aprueban el Plan Operativo Institucional (POI) Anual 2025 actualizado versión 2 del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 327-2025- MINCETUR Lima, 6 de noviembre de 2025 VISTOS, el Informe Nº 0247-2025-MINCETUR/ SG/OGPPM/OPP de la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto y el Memorándum Nº 448-2025-MINCETUR/SG/OGPPM de la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Legislativo N° 1088, Ley del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico y del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico, se crea el Centro Nacional de Planeamiento Estratégico – CEPLAN, como órgano rector y orientador del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico; Que, el numeral 13.3 del artículo 13 del Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, entre otros, señala que el Presupuesto del Sector Público tiene como fi nalidad el logro de resultados a favor de la población y del entorno, así como mejorar la equidad en observancia a la sostenibilidad y responsabilidad fi scal conforme a la normatividad vigente, y se articula con los instrumentos del SINAPLAN; Que, con Resolución de Presidencia de Consejo Directivo N° 055-2024- CEPLAN/PCD, se aprueba la versión actualizada de la “Guía para el Planeamiento Institucional”, cuyo contenido incluye pautas generales para el proceso de planeamiento institucional en el marco del Ciclo de Planeamiento Estratégico; Que, el numeral 3.2.3 de la citada Guía, establece que se debe actualizar el POI cuando se actualiza el PEI; así como, por cambios en la programación de metas físicas de las actividades operativas e inversiones, que estén relacionados al mejoramiento continuo de los procesos y/o su priorización; y, por la incorporación o inactivación de actividades operativas e inversiones por cambios en el entorno, cumplimiento de nuevas disposiciones normativas dictadas por el Ejecutivo o el Legislativo, entre otros que contribuyan con la implementación y cumplimiento de la estrategia del PEl; Que, con Resolución Ministerial Nº 386-2024-MINCETUR, se aprueba el Plan Operativo Institucional (POI) 2025 del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo – MINCETUR consistente con el Presupuesto Institucional de Apertura de Gastos correspondiente al Año Fiscal 2025 del Pliego 035: MINCETUR; Que, con Resolución Ministerial Nº 225-2025-MINCETUR, se aprueba el Plan Operativo Institucional (POI) Anual 2025 actualizado versión 1 del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo – MINCETUR; Que, mediante Decreto Supremo N° 004-2025-MINCETUR y Resolución Ministerial N° 198-2025-MINCETUR, se aprueba, respectivamente, la Primera y Segunda Sección del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo; asimismo mediante Resolución Ministerial N° 216-2025- MINCETUR, se aprueba el Texto Integrado del ROF del MINCETUR; Que, el literal g) del artículo 26 del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, aprobado por Resolución Ministerial N° 216-2025-MINCETUR, establece, que la Ofi cina de Planeamiento y Presupuesto de la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización tiene como función: “Formular y evaluar el Plan Estratégico Institucional, en coordinación con los órganos de línea; Que, el artículo 1 de la Resolución Ministerial N° 305-2025-MINCETUR, dispone que, el (la) Director (a) General de la Dirección General de Facilitación del Comercio Exterior del Viceministerio de Comercio Exterior, en el marco sus funciones conferidas en el literal