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82 NORMAS LEGALES Sábado 8 de noviembre de 2025 El Peruano / en el inciso x) del numeral 13.1 del Artículo 13º de la Ley Nº 32185, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025, asimismo señala que existe disponibilidad presupuestal y fi nanciera hasta el monto de S/ 50,578,652.00 (Cincuenta millones quinientos setenta y ocho mil seiscientos cincuenta y dos con 00/100 Soles, en la fuente de fi nanciamiento Rubros: 15 – FONDO DE COMPENSACION REGIONAL - FONCOR y 18 CANON Y SOBRECANON, REGALIAS, RENTA DE ADUANAS Y PARTICIPACIONES Que, la Sub Gerencia de Programación Multianual de Inversiones, mediante O fi cio Nº 1018-2025-GRLL- GGR-GRPAT-SGPMI, a través del Informe Técnico Nº 209-2025-GRLL-GGR-GRPAT-SGPMI-JRB de fecha 31 de octubre 2025, contiene la Opinión Previa Favorable, por cuanto el proyecto denominado: denominado “MEJORAMIENTO Y AMPLIACION DEL SERVICIO DE TRANSITABILIDAD VIAL INTERURBANA EN LA VÍA DEPARTAMENTAL LI-114: EMP. PE-10 A (DV. OTUZCO) - OTUZCO - PTE. CARATA - DV. CHARAT - SAHUACHIQUE - USQUIL - EMP. LI-111 (CUYUCHUGO) - DISTRITO DE USQUIL Y DISTRITO DE OTUZCO DE LA PROVINCIA DE OTUZCO DEL DEPARTAMENTO DE LA LIBERTAD” con CUI Nº 2597478”, por el importe S/ 50,578,652.00 (Cincuenta millones quinientos setenta y ocho mil seiscientos cincuenta y dos con 00/100 Soles). Que, de acuerdo al Informe No 00269-2025-GRLL- GGR-GRA-SGTES de fecha 30 de octubre del 2025, la Sub Gerencia de Tesorería, indica Disponibilidad Financiera en la en la FUENTE DE FINANCIAMIENTO - RECURSOS DETERMINADOS, hasta por la cantidad de S/52,734,645.00 (CINCUENTA Y DOS MILLONES, SETECIENTOS TREINTA Y CUATRO MIL SEISCIENTOS CUARENTA Y CINCO CON 00/100) a favor de la Autoridad Nacional de Infraestructura para la ejecución del CUI Nº 2597478. Que, la Sub Gerencia de Planeamiento, mediante Informe Técnico Nº 145-2025-GRLL-GGR-GRPAT- SGP-MZA, de fecha 31 de octubre del 2025, señala que luego de analizar el expediente de la propuesta del Convenio de Cooperación Interinstitucional para Transferencia de Recursos Financieros entre el Gobierno Regional La Libertad y La Autoridad Nacional de Infraestructura y luego de haber cumplido con diligenciar correctamente el Anexo Nº 2 (Contenido del Informe Sustentatorio del Convenio) y Anexo Nº3 (Propuesta de Convenio), emite OPINIÓN FAVORABLE a la suscripción y fi rma del citado Convenio. Que, a través del O fi cio Nº 964-2025-GRLL-GGR- GRPAT, de fecha 31 de octubre del 2025 la Gerencia Regional de Planeamiento y Acondicionamiento Territorial concluye que es FAVORABLE la suscripción del convenio propuesto. Que, de acuerdo al Informe Legal Nº 00191-2025-GRLL- GGR-GRAJ-MSJB, de fecha 31 de octubre del 2025, el Adjunto de la Gerencia Regional de Asesoría Jurídica EMITE OPINIÓN LEGAL FAVORABLE respecto de la Transferencia de recursos fi nancieros a favor de la Autoridad Nacional de Infraestructura, por la suma de S/ 50,578,652.00, en la fuente de fi nanciamiento Rubros: 15 – FONDO DE COMPENSACION REGIONAL - FONCOR y 18 CANON Y SOBRECANON, REGALIAS, RENTA DE ADUANAS Y PARTICIPACIONES, destinados a fi nanciar la ejecución del proyecto denominado: “MEJORAMIENTO Y AMPLIACION DEL SERVICIO DE TRANSITABILIDAD VIAL INTERURBANA EN LA VÍA DEPARTAMENTAL LI-114: EMP. PE-10 A (DV. OTUZCO) - OTUZCO - PTE. CARATA - DV. CHARAT - SAHUACHIQUE - USQUIL - EMP. LI-111 (CUYUCHUGO) - DISTRITO DE USQUIL Y DISTRITO DE OTUZCO DE LA PROVINCIA DE OTUZCO DEL DEPARTAMENTO DE LA LIBERTAD” con CUI Nº 2597478”. Que, en Sesión Ordinaria del Consejo Regional de fecha 04 de noviembre del año 2025, la Presidente del Consejo Regional de La Libertad, propuso a debate el DICTAMEN Nº0109-2025-GRLL- CR/COMPLAN, emitido por la Comisión Ordinaria de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial del Consejo Regional de La Libertad, que aprobó por unanimidad el proyecto de Acuerdo Regional relativo a APROBAR la Transferencia Financiera a favor de la Autoridad Nacional de Infraestructura, hasta por la suma de S/ 50,578,652.00 (Cincuenta millones quinientos setenta y ocho mil seiscientos cincuenta y dos Con 00/100 Soles), destinados al co fi nanciamiento de la ejecución del Proyecto denominado, “MEJORAMIENTO Y AMPLIACION DEL SERVICIO DE TRANSITABILIDAD VIAL INTERURBANA EN LA VÍA DEPARTAMENTAL LI-114: EMP. PE-10 A (DV. OTUZCO) - OTUZCO - PTE. CARATA - DV. CHARAT - SAHUACHIQUE - USQUIL - EMP. LI-111 (CUYUCHUGO) - DISTRITO DE USQUIL Y DISTRITO DE OTUZCO DE LA PROVINCIA DE OTUZCO DEL DEPARTAMENTO DE LA LIBERTAD” con CUI Nº 2597478”. En tal sentido, el Consejo Regional del Gobierno Regional de La Libertad, en uso de sus atribuciones conferidas por los artículos 191º y 192º de la Constitución Política del Perú, Ley Nº 27867 Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modi fi catorias; y los artículos 23º y 64º del Reglamentos Interno del Consejo Regional La Libertad, aprobado con Ordenanza Regional Nº 005-2010-GRLL/CR y demás normas complementarias, con dispensa de lectura y aprobación de acta, el Pleno del Consejo Regional, ACORDÓ POR UNANIMIDAD:Artículo Primero.- APROBAR la Transferencia Financiera a favor de la Autoridad Nacional de Infraestructura, hasta por la suma de S/ 50,578,652.00 (Cincuenta millones quinientos setenta y ocho mil seiscientos cincuenta y dos Con 00/100 Soles), destinados al co fi nanciamiento de la ejecución del Proyecto denominado, “MEJORAMIENTO Y AMPLIACION DEL SERVICIO DE TRANSITABILIDAD VIAL INTERURBANA EN LA VÍA DEPARTAMENTAL LI-114: EMP. PE-10 A (DV. OTUZCO) - OTUZCO - PTE. CARATA - DV. CHARAT - SAHUACHIQUE - USQUIL - EMP. LI-111 (CUYUCHUGO) - DISTRITO DE USQUIL Y DISTRITO DE OTUZCO DE LA PROVINCIA DE OTUZCO DEL DEPARTAMENTO DE LA LIBERTAD” con CUI Nº 2597478”; los cuales no podrán ser destinados a fi nes distintos para los cuales son transferidos. Artículo Segundo.- AUTORIZAR a la Gobernadora del Gobierno Regional La Libertad, la suscripción del Convenio respectivo, conforme a lo determinado en el inciso x) del numeral 13.1 del Artículo 13º de la Ley Nº 32185, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025, así como disponer las acciones necesarias para la transferencia fi nanciera autorizada en el artículo precedente. Artículo Tercero.- DESIGNAR al Gerente Regional de Infraestructura, bajo responsabilidad, el monitoreo, seguimiento y cumplimiento de los fi nes y metas para los cuales son entregados los recursos que comprende la Transferencia Financieras que se aprueba en el artículo Primero del presente Acuerdo Regional. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Comisión de Infraestructura del Consejo Regional y Consejeros Regionales de La Libertad el seguimiento y fi scalización a este proyecto de gran envergadura, teniendo en cuenta que los recursos públicos son asignados por el Gobierno Regional La Libertad. Artículo Quinto.- DISPONER que la Autoridad Nacional de Infraestructura acuda al Consejo Regional La Libertad de forma trimestral a fi n de informar el avance del proyecto objeto de la presente transferencia fi nanciera. Artículo Sexto.- DIFUNDIR el presente Acuerdo Regional en el Diario O fi cial El Peruano y a través del portal electrónico del Gobierno Regional de La Libertad. POR TANTO: Registre, notifíquese y cúmplase. TANIA LORENA CARRANZA BLAS Presidenta del Consejo Regional 2456236-1