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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 08 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2025 (08/11/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 84

TEXTO PAGINA: 70

70 NORMAS LEGALES Sábado 8 de noviembre de 2025 El Peruano / ORGANISMOS AUTÓNOMOS INSTITUCIONES EDUCATIVAS Autorizan el duplicado de diploma del título profesional de Licenciado en Educación expedido por la Universidad Nacional de Educación Enrique Guzmán y Valle UNIVERSIDAD NACIONAL DE EDUCACIÓN ENRIQUE GUZMÁN Y VALLE RESOLUCIÓN Nº 0590-2025 -R-UNE Chosica, 28 de febrero del 2025 VISTO el Formato Único de Trámite Nº 0028033, del 13 de noviembre del 2024, mediante el cual doña MILAGROS CAROLINA MUÑOZ ASCONA solicita el duplicado de diploma del título profesional, por pérdida del original. CONSIDERANDO: Que mediante Resolución Nº 3544-2019-R-UNE, del 13 de noviembre del 2019, se aprueba la Directiva Nº 021-2019-R-UNE - EMISIÓN DE DUPLICADOS DE DIPLOMAS DE GRADOS ACADÉMICOS, TÍTULO PROFESIONAL UNIVERSITARIO Y TÍTULO DE SEGUNDA ESPECIALIDAD PROFESIONAL; Que con O fi cio Nº 1202-2024-DRySA/VR-ACAD, del 30 de diciembre del 2024, la Directora de Registro y Servicios Académicos informa al Vicerrector Académico que doña MILAGROS CAROLINA MUÑOZ ASCONA ha obtenido el Título Profesional de Licenciado en Educación, fi gurando con el Nº de Registro L.E. 0339-2009 y en el Folio 0170-A, conforme se precisa en los libros que obran en el archivo físico; Que mediante O fi cio Nº 0225-2025-VR-ACAD, del 24 de febrero del 2025, el Vicerrector Académico comunica a la Rectora la atención correspondiente y remite el referido expediente, para que el Consejo Universitario determine al respecto; Estando a lo acordado por el Consejo Universitario, en su sesión ordinaria virtual realizada el 25 de febrero del 2025; y, En uso de las atribuciones conferidas por los artículos 59º y 60º de la Ley Nº 30220 - Ley Universitaria, concordante con los artículos 19º, 20º y 23º del Estatuto de la UNE, y los alcances de la Resolución Nº 1138-2021-R-UNE; SE RESUELVE: Artículo 1º.- AUTORIZAR el duplicado de diploma del Título Profesional de Licenciado en Educación expedido por la UNE, por pérdida del original, a favor de doña MILAGROS CAROLINA MUÑOZ ASCONA, de conformidad con lo señalado en la parte considerativa. Artículo 2º.- DISPONER que la Dirección de Registro y Servicios Académicos efectivice las acciones complementarias, en atención a lo establecido en el artículo precedente y en la Resolución Nº 3544-2019-R-UNE. Artículo 3º.- DAR A CONOCER a las instancias pertinentes los alcances de la presente resolución. Regístrese, comuníquese y cúmplase. LIDA VIOLETA ASENCIOS TRUJILLO Rectora ANITA LUZ CHACÓN AYALA Secretaria General 2451105-1Autorizan viaje de docente de la Universidad Nacional de Barranca, para participar en pasantía científica a realizarse en España UNIVERSIDAD NACIONAL DE BARRANCA RESOLUCIÓN DE COMISIÓN ORGANIZADORA Nº 1368-2025- UNAB Barranca, 30 de octubre de 2025 VISTO: El Exp. Nº 3292-2025 de la Presidencia, OFICIO Nº 0274-2025-UNAB-VP. INVEST., OFICIO Nº 1043-2025-UNAB/VPI/DII, OPINION LEGAL Nº 00274-2025-OAJ/UNAB, MEMORÁNDUM Nº 01074-2025-UNAB- VP. INVEST., INFORME Nº 908-2025-UNAB/OPP, INFORME Nº 1321-2025-UNAB/UPPM, OFICIO Nº 0261-2025-UNAB-VP. INVEST., OFICIO Nº 1004-2025-UNAB/VPI/DII y la CARTA Nº 051-2025-UNAB-LAMQ; y, CONSIDERANDO: Que, el párrafo IV del artículo 18º de la Constitución Política del Perú, concordante con el artículo 8º de la Ley Nº 30220, Ley Universitaria, reconoce la autonomía universitaria, en el marco normativo, de gobierno académico, administrativo y económico, que guarda concordancia con el artículo 7º y 8º del Estatuto de la Universidad Nacional de Barranca- UNAB; Que, el artículo 29º de la Ley Nº 30220, Ley Universitaria, establece que la Comisión Organizadora tiene a su cargo la aprobación del estatuto, reglamentos y documentos de gestión académica y administrativa de la universidad, formulados en los instrumentos de planeamiento, así como su conducción y dirección hasta que se constituyan los órganos de gobierno; Que, mediante Resolución Viceministerial Nº 158-2023-MINEDU, de fecha 20 de noviembre de 2023, en su artículo 2º. - Se designa a la señora CECILIA HAYDEE EUFEMIA ALIAGA HERRERA, en el cargo de Presidenta de la Comisión Organizadora de la Universidad Nacional de Barranca; Que, mediante Resolución Viceministerial Nº 062-2024-MINEDU, de fecha 11 de junio de 2024, en su artículo 2º se designa al señor OLGER ALEJANDRINO ORTEGA ACHATA, en el cargo de Vicepresidente Académico; y, a la señora NOEMI LEON ROQUE, en el cargo de Vicepresidenta de Investigación de la Comisión Organizadora de la Universidad Nacional de Barranca; Que, el artículo 58º de la Ley Universitaria, Ley Nº 30220, concordante con el artículo 19º del Estatuto de la Universidad Nacional de Barranca, aprobada con Resolución de Comisión Organizadora Nº 454-2025-UNAB, que establece: El Consejo Universitario es el máximo órgano de gestión, dirección y ejecución académica y administrativa de la universidad. En el caso de la Universidad Nacional de Barranca, dada su condición y naturaleza, corresponde ejercer dicha atribución a la Comisión Organizadora quien hace las veces de Consejo Universitario, disposición relacionada con la Resolución Viceministerial Nº 244-2021-MINEDU y sus modi fi catorias; En el artículo 157º “Deberes de los Docentes” del Estatuto de la Universidad Nacional de Barranca aprobado con Resolución de Comisión Organizadora Nº 454-2025-UNAB, el cual establece en el numeral ii) En el Ámbito Académico: “b) Perfeccionar permanentemente sus conocimientos y capacidad docente (...)”, y en marco al artículo 162º: “Derechos de los Docentes” en el numeral i) En el ámbito Académico: “g) Publicar y divulgar su producción intelectual a través de la Universidad, con respeto a los derechos de autor”; Que, mediante Resolución de Comisión Organizadora Nº 232-2025-CO-UNAB, de fecha 04 de marzo de 2025, se resuelve aprobar los resultados de la Convocatoria de Proyectos de Investigación Financiados con Fondos Internos y Sin Financiamiento de la UNAB – 2024; Que, mediante Resolución de Comisión Organizadora Nº 1346-2025-CO-UNAB, de fecha 23 de octubre de 2025,