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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 14 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2025 (14/11/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 50

50 NORMAS LEGALES Viernes 14 de noviembre de 2025 El Peruano / Piedra, provincia y departamento de Lima, el local se encontraba cerrado; Que, con O fi cio N° 34474-2025-MTC/17.03 de fecha 15 de octubre de 2025, se procedió a comunicar a La Empresa la programación de la inspección in situ para el día 17 de octubre de 2025, a efectos de veri fi car el cumplimiento de las condiciones para acceder a una autorización como Centro de Inspección Técnica Vehicular, en el marco de lo establecido en el numeral 37.5 del artículo 37 del Reglamento; Que, a través de la Hoja de Ruta N° E-475403-2025 de fecha 16 de octubre de 2025, La Empresa solicitó la suspensión del cómputo del plazo del procedimiento administrativo por el periodo de tres (03) días hábiles, así como la reprogramación de la inspección in situ; Que, con O fi cio N° 34800-2025-MTC/17.03 de fecha 20 de octubre de 2025, se concedió la suspensión del cómputo del plazo del procedimiento administrativo por tres (03) días hábiles, contabilizados desde el 16 al 20 de octubre de 2025; Que, a través de la Hoja de Ruta N° E-483597-2025 de fecha 21 de octubre de 2025, La Empresa solicitó la suspensión del cómputo del plazo del procedimiento administrativo por el periodo de cuatro (04) días hábiles; Que, con O fi cio N° 34976-2025-MTC/17.03 de fecha 21 de octubre de 2025, recti fi cado con O fi cio N° 35353- 2025-MTC/17.03 de fecha 23 de octubre de 2025, se concedió la suspensión del cómputo del plazo del procedimiento administrativo por cuatro (04) días hábiles adicionales, contabilizados desde el 21 hasta el 23 de octubre de 2025; Que, con O fi cio N° 35772-2025-MTC/17.03 de fecha 27 de octubre de 2025, se procedió a reprogramar la inspección in situ, para el día 30 de octubre de 2025; Que, a través de la Hoja de Ruta N° E-496086-2025 de fecha 27 de octubre de 2025, La Empresa se desistió de la acreditación del Ingeniero Supervisor Titular propuesto; presentando a un nuevo profesional para ocupar dicho cargo, quien cumple con los requisitos señalados en el Reglamento; Que, conforme a lo indicado en el Acta N° 179-2025- MTC/17.03.01 de fecha 30 de octubre de 2025, se realizó la inspección in situ en el local propuesto por La Empresa, ubicado en Lt. 9 Mz. A Lotización Rústica Leoncio Prado “Lado Oeste”, distrito de Puente Piedra, provincia y departamento de Lima, constatándose el cumplimiento de las condiciones de equipamiento, recursos humanos e infraestructura inmobiliaria, de conformidad con lo dispuesto en el Reglamento y la Resolución Directoral N° 11581-2008-MTC/15 y sus modi fi catorias; Que, del análisis de los documentos presentados y la inspección in situ, se veri fi ca que La Empresa cumple con los requisitos y condiciones para acceder a la autorización como Centro de Inspección Técnica Vehicular fi jo – CITV Fijo, con una (01) Línea de Inspección Técnica Tipo Mixta, en el local ubicado en Lt. 9 Mz. A Lotización Rústica Leoncio Prado “Lado Oeste”, distrito de Puente Piedra, provincia y departamento de Lima, en el marco de lo establecido en el procedimiento “DCV 022: Autorización para funcionamiento como Centro de Inspección Técnica Vehicular fi jo – CITV Fijo” del TUPA del MTC, en concordancia con lo dispuesto en los artículos 30, 31, 32, 33, 34, 35, 36 y 37 del Reglamento y la Resolución Directoral N° 11581-2008-MTC/15 y sus modi fi catorias; Que, estando a lo opinado por la Coordinación de Autorizaciones de esta Dirección en el Informe N° 0342-2025-MTC/17.03.01, resulta procedente emitir el presente acto administrativo; De conformidad con la Ley N° 27181, Ley General de Transporte y Tránsito Terrestre; la Ley N° 29237, Ley que crea el Sistema Nacional de Inspecciones Técnicas Vehiculares; el Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado con Decreto Supremo N° 004-2019-JUS; el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado mediante Resolución Ministerial N° 658-2021-MTC/01; el Reglamento Nacional de Inspecciones Técnicas Vehiculares, aprobado mediante Decreto Supremo N° 025-2008-MTC y sus modi fi catorias; la Resolución Directoral N° 11581-2008-MTC/15 y sus modi fi catorias; y, el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado mediante Decreto Supremo N° 009-2022-MTC; SE RESUELVE: Artículo 1.- AUTORIZAR a la empresa REVISIONES TECNICAS ZEUS E.I.R.L. - RT ZEUS E.I.R.L., identi fi cada con RUC N° 20611723602, por el plazo de cinco (05) años, para operar como Centro de Inspección Técnica Vehicular Fijo con una (01) Línea de Inspección Técnica Tipo Mixta, en el local ubicado en Lt. 9 Mz. A Lotización Rústica Leoncio Prado “Lado Oeste”, distrito de Puente Piedra, provincia y departamento de Lima. Artículo 2.- La empresa REVISIONES TECNICAS ZEUS E.I.R.L. - RT ZEUS E.I.R.L., debe sujetar su actuación conforme a lo establecido en el Reglamento Nacional de Inspecciones Técnicas Vehiculares, aprobado mediante Decreto Supremo N° 025-2008-MTC, sus modi fi catorias y normas complementarias. Artículo 3 .- ACREDITAR en la nómina del personal, a las siguientes personas propuestas por la empresa REVISIONES TECNICAS ZEUS E.I.R.L. - RT ZEUS E.I.R.L., para la operación del Centro de Inspección Técnica Vehicular – CITV: RELACIÓN DE PERSONAL ACREDITADO PARA LA OPERACIÓN DE CITV NOMBRES Y APELLIDOS CARGO JUAN ARIZA DAZAINGENIERO SUPERVISOR TITULAR EDSON JOSEPH VILCHEZ GARCIAINGENIERO SUPERVISOR SUPLENTE GIANCARLOS MUGUERZA TORRES INSPECTORESROGEL EULOGIO CARHUAPOMA ROJAS KEVIN JOSEPH AMES VASQUEZ Artículo 4 .- Establecer que la empresa REVISIONES TECNICAS ZEUS E.I.R.L. - RT ZEUS E.I.R.L., bajo responsabilidad, debe presentar a la Dirección de Circulación Vial de la Dirección General de Autorizaciones en Transportes, la renovación o contratación de nueva póliza de seguro de responsabilidad civil, antes del vencimiento de los plazos que se señalan a continuación: ACTOFECHA MÁXIMA DE PRESENTACIÓN Primera renovación o contratación de nueva póliza 28 de agosto de 2026 Segunda renovación o contratación de nueva póliza 28 de agosto de 2027 Tercera renovación o contratación de nueva póliza 28 de agosto de 2028 Cuarta renovación o contratación de nueva póliza 28 de agosto de 2029 Quinta renovación o contratación de nueva póliza 28 de agosto de 2030 Artículo 5.- En virtud de lo establecido en el numeral 39.2 del artículo 39 del Reglamento Nacional de Inspecciones Técnicas Vehiculares, aprobado por Decreto Supremo N° 025-2008-MTC y sus modi fi catorias, la presente Resolución Directoral debe ser publicada en el Diario O fi cial El Peruano. Artículo 6 .- REMITIR a la Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías - SUTRAN, copia de la presente Resolución Directoral para las labores de fi scalización, en el marco de sus competencias. Artículo 7.- NOTIFÍQUESE la presente Resolución Directoral a la empresa REVISIONES TECNICAS ZEUS E.I.R.L. - RT ZEUS E.I.R.L., en el domicilio ubicado en Av. Nicolas Arriola N° 1003, distrito de La Victoria, provincia y departamento de Lima, y/o en el correo electrónico: recuperacion.general2025@gmail.com. Regístrese, comuníquese y publíquese. JORGE CAYO ESPINOZA GALARZA DirectorDirección de Circulación Vial Dirección General de Autorizaciones en Transportes 2458041-1