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3 NORMAS LEGALES Sábado 15 de noviembre de 2025 El Peruano / SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES Res. SBS N° 04049-2025.- Declaran el sometimiento a régimen de intervención de la Cooperativa de Ahorro y Crédito La Esperanza de Marcona 63 Res. SBS N° 04081-2025.- Modifican el Título VI del Compendio de Normas de Superintendencia Reglamentarias del Sistema Privado de Administración de Fondos de Pensiones, referido a Inversiones 65 TRIBUNAL CONSTITUCIONAL Res. N° 034-2025-SG/TC.- Delegan facultades y atribuciones en materia de contrataciones públicas en el director general de Administración durante el Año Fiscal 2025 67 GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE AREQUIPA Decreto N° 003-2025-AREQUIPA.- Aprueban el Manual de Operación de la Gerencia Regional de Agricultura del Gobierno Regional de Arequipa 69GOBIERNOS LOCALES PROVINCIAS MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CAÑETE Res. N° 132-2025-GM-MPC.- Aprueban la actualización del Manual de Clasificador de Cargos de la Municipalidad Provincial de Cañete 70 Diario Oficial El Peruano Electrónico (Ley N° 31649) MUNICIPALIDAD DE CHORRILLOS Ordenanza N° 533-MDCH.- Establecen beneficios tributarios dentro de la jurisdicción del distrito PODER EJECUTIVO PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS Designan representante titular del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento ante el Consejo Nacional de Protección del Consumidor RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 316-2025-PCM Lima, 14 de noviembre de 2025VISTO: El O fi cio N° 2146-2025-VIVIENDA-SG de la Secretaría General del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; CONSIDERANDO:Que, el artículo 133 de la Ley N° 29571, Código de Protección y Defensa del Consumidor, establece que el Consejo Nacional de Protección del Consumidor es un órgano de coordinación en el ámbito de la Presidencia del Consejo de Ministros, y es presidido por el Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (INDECOPI), en su calidad de Autoridad Nacional de Protección del Consumidor y de ente rector del Sistema Nacional Integrado de Protección del Consumidor; Que, el Consejo Nacional de Protección del Consumidor está conformado, entre otros, por un representante del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; Que, el artículo 2 del Reglamento que establece los mecanismos para la propuesta y designación de los representantes de las entidades y gremios al Consejo Nacional de Protección del Consumidor, aprobado por Decreto Supremo N° 031-2011-PCM, dispone que para ser integrante del Consejo Nacional de Protección del Consumidor se requiere tener el pleno ejercicio de los derechos civiles;Que, el numeral 3.1 del artículo 3 del referido Reglamento señala que los integrantes del Consejo Nacional de Protección del Consumidor son designados mediante resolución ministerial de la Presidencia del Consejo de Ministros, a propuesta de las entidades y gremios que conforman dicho Consejo Nacional; Que, en concordancia con la norma citada, la Directiva N° 004-2013/DIR-COD-INDECOPI “Directiva de Funcionamiento del Consejo Nacional de Protección del Consumidor”, aprobada por Resolución de Presidencia del Consejo Directivo del INDECOPI N° 135-2013-INDECOPI/COD, dispone, entre otros aspectos, que en caso las entidades o gremios representados ante el Consejo Nacional de Protección del Consumidor consideren necesario realizar un cambio de miembro titular o alterno, corresponderá a estos proponerlos ante la Presidencia del Consejo de Ministros a fi n que se realice la correspondiente designación; Que, mediante Resolución Ministerial N° 021-2018- PCM, se designó al señor JORGE ANTONIO HUA PAYA ARIAS, como representante titular del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento ante el Consejo Nacional de Protección del Consumidor; Que, a través del documento de Visto, la Secretaría General del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento propone la designación del señor JOSE MIGUEL ARANZABAL LAZO, como nuevo representante titular de dicha entidad ante el Consejo Nacional de Protección del Consumidor; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; en la Ley N° 29571, Código de Protección y Defensa del Consumidor; en el Reglamento que establece los mecanismos para la propuesta y designación de los representantes de las entidades y gremios al Consejo Nacional de Protección del Consumidor, aprobado por Decreto Supremo N° 031-2011-PCM; y, en el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado por Resolución Ministerial N° 199-2025-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1.- Dar por concluida la designación del señor JORGE ANTONIO HUA PAYA ARIAS, dispuesta mediante la Resolución Ministerial N° 021-2018-PCM, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2.- Designar al señor JOSE MIGUEL ARANZABAL LAZO, como representante titular del