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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 15 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2025 (15/11/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 18

18 NORMAS LEGALES Sábado 15 de noviembre de 2025 El Peruano / competencia conforme a lo dispuesto en el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 31224, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, la Ley Nº 28044, Ley General de Educación; y, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, aprobado por el Decreto Supremo Nº 001-2015-MINEDU; SE RESUELVE: Artículo 1.- Modi fi car el numeral 6.4.1.4 de la Norma Técnica denominada “Disposiciones que regulan la gestión, condiciones de funcionamiento y ordenamiento de los Programas No Escolarizados de Educación Inicial – PRONOEI públicos”, aprobada mediante Resolución Viceministerial N.º 081-2025-MINEDU, el cual queda redactado de acuerdo al siguiente tenor: “6.4 Condiciones para el funcionamiento de los PRONOEI (…)6.4.1.4 Corresponde a la UGEL realizar el proceso de selección o continuidad de las PEC, para lo cual se conforma un comité integrado por la especialista de educación inicial, una PC (de preferencia nombrada) y un especialista de recursos humanos o de logística. El límite de edad para laborar en un PRONOEI como PEC es hasta los 65 años de edad, permaneciendo hasta el 31 de diciembre del año en que cumpla dicha edad.” Artículo 2.- Encargar a las Direcciones Regionales de Educación o las que hagan sus veces, las Unidades de Gestión Educativa Local y los Programas No Escolarizados de Educación Inicial-PRONOEI, la difusión y el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolución. Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Sistema de Información Jurídica de Educación- SIJE, ubicado en la sede digital del Ministerio de Educación (www.minedu.gob.pe), el mismo día de su publicación en el diario o fi cial “El Peruano”. Regístrese, comuníquese y publíquese. MARÍA ESTHER CUADROS ESPINOZA Viceministra de Gestión Pedagógica 2459060-1 Designan Director de la Oficina de Administración y Finanzas del Programa Nacional de Becas y Crédito Educativo – PRONABEC RESOLUCIÓN DIRECTORAL EJECUTIVA N° 129-2025- MINEDU/VMGI-PRONABEC Lima, 14 de noviembre de 2025 VISTOS: El Informe N° 1520-2025-MINEDU/VMGI-PRONABEC- OGRH de la O fi cina de Gestión de Recursos Humanos, el Ofi cio N° 241-2025-MINEDU/VMGI-PRONABEC-OAJ de la Ofi cina de Asesoría Jurídica y demás recaudos que se acompañan al Expediente N° 102115-2025 (SIGEDO); y, CONSIDERANDO: Que, se encuentra vacante el cargo de Director de la O fi cina de Administración y Finanzas del Programa Nacional de Becas y Crédito Educativo – PRONABEC; Que, resulta necesario designar a la persona que se desempeñará en dicho cargo; y, Con los vistos de la O fi cina de Gestión de Recursos Humanos y de la O fi cina de Asesoría Jurídica; y de conformidad con lo previsto en el Decreto Legislativo N° 1057, Decreto Legislativo que regula el régimen especial de contratación administrativa de servicios; su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo N° 075-2008-PCM; la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; y el Manual de Operaciones del Pronabec, aprobado mediante la Resolución Ministerial N° 119-2024-MINEDU; SE RESUELVE: Artículo 1.- Designar al señor Ricardo Javier Flores Herrera en el cargo de Director de la O fi cina de Administración y Finanzas del Programa Nacional de Becas y Crédito Educativo – PRONABEC. Artículo 2 .- Disponer que la O fi cina de Gestión de Recursos Humanos, cumpla con noti fi car la presente resolución al señor Ricardo Javier Flores Herrera. Artículo 3.- Publicar la presente Resolución en el portal electrónico institucional del PRONABEC (http://www.gob.pe/pronabec) y en el diario o fi cial “El Peruano”. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALEXANDRA AMES BRACHOWICZ Directora EjecutivaPrograma Nacional de Becas y Crédito Educativo 2459024-1 ENERGÍA Y MINAS Decreto Supremo que modifica el Contrato de Licencia para la Explotación de Hidrocarburos en el Lote Z-69 DECRETO SUPREMO N° 022-2025-EM EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICACONSIDERANDO:Que, es política del Gobierno promover el desarrollo de las actividades hidrocarburíferas, sobre la base de la libre competencia; Que, mediante el Texto Único Ordenado de la Ley N° 26221, Ley Orgánica de Hidrocarburos, aprobado mediante Decreto Supremo N° 042-2005-EM, se regulan las actividades de hidrocarburos en el territorio nacional; Que, el artículo 12 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 26221, Ley Orgánica de Hidrocarburos, aprobado mediante Decreto Supremo N° 042-2005-EM, establece que los Contratos, una vez aprobados y suscritos, solo podrán ser modi fi cados por acuerdo escrito entre las partes; y, que las modi fi caciones serán aprobadas por Decreto Supremo refrendado por los Ministros de Economía y Finanzas y de Energía y Minas, dentro del plazo establecido en el artículo 11 de dicha norma; Que, PERUPETRO S.A. y PETRÓLEOS DEL PERÚ – PETROPERÚ S.A. celebraron un Contrato de Licencia para la Explotación de Hidrocarburos en el Lote Z-69, que, conforme a Ley, fue aprobado mediante Decreto Supremo N° 027-2023-EM de fecha 13 de noviembre de 2023, suscrito y elevado a Escritura Pública ante el Notario de Lima Ricardo Fernandini Barreda con fecha 15 de noviembre de 2023; Que, a través del Decreto Supremo N° 045-2008-EM, se aprueba el Reglamento del Artículo 11 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica de Hidrocarburos, el cual regula el procedimiento para la aprobación y modi fi cación de los contratos, precisando que se inicia una vez que las solicitudes presentadas por el Directorio de PERUPETRO S.A., cumplan con los requisitos establecidos en el referido reglamento; Que, el Directorio de PERUPETRO S.A., mediante Acuerdo de Directorio N° 074-2025 de fecha 29 de octubre de 2025, aprobó el proyecto de modi fi cación del Contrato de Licencia para la Explotación de Hidrocarburos