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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 19 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2025 (19/11/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 27

27 NORMAS LEGALES Miércoles 19 de noviembre de 2025 El Peruano / la inspección in situ en el local ubicado en Av. Nicolás de Piérola N° 1571-1575, Urb. Semirústica Mampuesto Mz. I Lote 02, distrito y provincia de Trujillo, departamento de La Libertad, constatándose que cumple con mantener las condiciones establecidas, referidas a infraestructura inmobiliaria, equipamiento y recursos humanos, señaladas en el literal a) del artículo 43 del Reglamento; Que, del análisis de los documentos presentados y la inspección in situ, se verificó que el CITV cumple con los requisitos y condiciones para acceder a la renovación de la autorización para operar como Centro de Inspección Técnica Vehicular con una (01) Línea de Inspección Técnica Tipo Mixta, en el local ubicado en Av. Nicolás de Piérola N° 1571-1575, Urb. Semirústica Mampuesto Mz. I Lote 02, distrito y provincia de Trujillo, departamento de La Libertad, en el marco de lo establecido en el Procedimiento Administrativo “DCV-024: Renovación de la autorización como centro de inspección técnica vehicular - CITV” del TUPA del MTC, en concordancia con lo dispuesto en los literales e), f), g), h) y l) del numeral 37.1 del artículo 37 y el artículo 43 del Reglamento; Que, estando a lo opinado por la Coordinación de Autorizaciones de esta Dirección en el Informe N° 0314- 2025-MTC/17.03.01, corresponde emitir el presente acto administrativo; De conformidad con la Ley N° 27181, Ley General de Transporte y Tránsito Terrestre; la Ley N° 29237, Ley que crea el Sistema Nacional de Inspecciones Técnicas Vehiculares; el Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444 – Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado con Decreto Supremo N° 004-2019-JUS; el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado mediante Resolución Ministerial N° 658- 2021-MTC/01; el Reglamento Nacional de Inspecciones Técnicas Vehiculares, aprobado mediante Decreto Supremo N° 025-2008-MTC y sus modificatorias; el Manual de inspecciones técnicas vehiculares, tabla de interpretación de defecto de inspecciones técnicas vehiculares, y las características y especificaciones técnicas del equipamiento para los centros de inspección técnica vehicular y la infraestructura inmobiliaria mínima requerida para los centros de inspección técnica vehicular, aprobado mediante Resolución Directoral N° 11581-2008-MTC/15 y sus modificatorias; y, el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado mediante Decreto Supremo N° 009-2022-MTC. SE RESUELVE: Artículo 1.- RENOVAR a la empresa REVISA PERU S.A.C., por el plazo de cinco (05) años, la autorización como Centro de Inspección Técnica Vehicular Fijo, con una (01) Línea de Inspección Técnica Tipo Mixta, en el local ubicado en Av. Nicolás de Piérola N° 1571-1575, Urb. Semirústica Mampuesto Mz. I Lote 02, distrito y provincia de Trujillo, departamento de La Libertad, otorgada mediante Resolución Directoral N° 329-2020-MTC/17.03 de fecha 11 de diciembre de 2020. Artículo 2.- La empresa REVISA PERU S.A.C., debe sujetar su actuación conforme a lo establecido en el Reglamento Nacional de Inspecciones Técnicas Vehiculares, aprobado mediante Decreto Supremo N° 025-2008-MTC, sus modificatorias, y normas complementarias. Artículo 3.- PRECISAR que el personal técnico acreditado del CITV REVISA PERU S.A.C., es el siguiente: NOMBRES Y APELLIDO S CARGO LUIS JONAZ LEZAMA CORTEGANAINGENIERO SUPERVISOR TITULAR OSCAR CESAR PARDO MARININGENIERO SUPERVISOR SUPLENTEDENNIS OMAR DE LA CRUZ OTINIANO INSPECTORESALEXIS JHANPIER JARAMILLO ASUNCION OMAR FLAVIO COLLAVE RUBIO ELVIS AMERICO FELIPE GUZMAN Artículo 4.- En virtud de lo establecido en el numeral 44.2 del artículo 44 del Reglamento Nacional de Inspecciones Técnicas Vehiculares, aprobado por Decreto Supremo N° 025-2008-MTC y sus modificatorias, la presente Resolución Directoral debe ser publicada en el Diario Oficial El Peruano. Artículo 5.- REMITIR a la Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías - SUTRAN, copia de la presente Resolución Directoral para las labores de fiscalización, en el marco de sus competencias. Artículo 6.- NOTIFÍQUESE la presente Resolución Directoral a la empresa REVISA PERU S.A.C., en el domicilio ubicado en Av. Cayetano Heredia N° 925, distrito de Jesús María, provincia y departamento de Lima y/o en el correo electrónico soporte1@eltonzena.com. Regístrese, comuníquese y publíquese. JORGE CAYO ESPINOZA GALARZA Director Dirección de Circulación Vial Dirección General de Autorizaciones en Transportes 2454224-1 Autorizan a la empresa CITV D&M Apurímac S.A.C. para operar como Centro de Inspección Técnica Vehicular Fijo con una Línea de Inspección Técnica Tipo Mixta y una Línea de Inspección Técnica Vehicular Tipo Combinado, en el distrito de Independencia, provincia y departamento de Lima RESOLUCIÓN DIRECTORAL N° 0583-2025-MTC/17.03 Lima, 24 de octubre de 2025 VISTO: La Hoja de Ruta N° T-465811-2025 de fecha 10 de octubre de 2025, presentada por la empresa CENTRO DE INSPECCIONES TECNICO VEHICULARES D&M APURIMAC SOCIEDAD ANONIMA CERRADA - CITV D&M APURIMAC S.A.C., mediante la cual solicita autorización para operar como Centro de Inspección Técnica Vehicular fijo - CITV Fijo con una (01) Línea de Inspección Técnica Tipo Mixta y una (01) Línea de Inspección Técnica Vehicular Tipo Combinado, en el local ubicado en Mz. D Lt. 07 Av. Gerardo Unger N° 3617, distrito de Independencia, provincia y departamento de Lima, y; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 16 de la Ley N° 27181, Ley General de Transporte y Tránsito Terrestre, el Ministerio de Transportes y Comunicaciones es el órgano rector a nivel nacional en materia de transporte y tránsito terrestre, con facultad, entre otras, para dictar los Reglamentos Nacionales establecidos en la Ley, así como aquellos que sean necesarios para el desarrollo del transporte y el ordenamiento del tránsito; Que, el artículo 3 de la Ley N° 29237, Ley que crea el Sistema Nacional de Inspecciones Técnicas Vehiculares, dispone que: “El Ministerio de Transportes y Comunicaciones es el órgano rector en materia de transportes y tránsito terrestre. Es la entidad del Estado