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20 NORMAS LEGALES Sábado 22 de noviembre de 2025 El Peruano / los recursos que se le asignen con e fi cacia y e fi ciencia, en el marco de la normativa aplicable; está a cargo de un/a Director/a Ejecutivo/a, quien ejerce funciones ejecutivas, de administración y representación del PEIP Escuelas Bicentenario, es responsable de la Unidad Ejecutora a cargo del Proyecto Especial de Inversión Pública, del Pliego 010: M. de Educación, y es designado mediante resolución ministerial del Ministerio de Educación; Que, el artículo 9 del Reglamento de Proyectos Especiales de Inversión Pública en el marco del Decreto de Urgencia N° 021-2020, Decreto de Urgencia que establece el modelo de ejecución de inversiones públicas a través de proyectos especiales de inversión pública y dicta otras disposiciones, aprobado mediante el Decreto Supremo N° 119-2020-EF y modi fi catorias (en adelante, Reglamento del PEIP Escuelas Bicentenario), establece los requisitos mínimos para ocupar el puesto de director/a ejecutivo/a y demás puestos de responsabilidad directiva; Que, en virtud de lo dispuesto en el literal b) del numeral 6.5 del artículo 6 del Reglamento del PEIP Escuelas Bicentenario, modi fi cado por el Decreto Supremo N° 389-2020-EF, a la entrada en vigencia de la norma que aprueba la creación del PEIP Escuelas Bicentenario habilita a la Entidad responsable a designar al/a la Director/a Ejecutivo/a, para lo cual conforma un comité de selección integrado por un representante de dicha Entidad, un representante de la Autoridad Nacional del Servicio Civil (SERVIR) y un representante del Ministerio de Economía y Finanzas, quienes evalúan la terna y criterios de evaluación propuestos por la Entidad responsable del PEIP Escuelas Bicentenario, así como otras propuestas que se presenten para dicho efecto. El referido comité también aprueba la propuesta de cese de funciones del/de la Director/a Ejecutivo/a; Que, mediante el O fi cio N° 00188-2025-MINEDU/ VMGI, la Viceministra de Gestión Institucional, en su calidad de Presidenta del Comité encargado de la selección del Director/a Ejecutivo/a del Proyecto Especial, informa que se ha seleccionado al señor ALVARO ESTRADA BRICEÑO, para ocupar el referido puesto; y solicita se disponga las gestiones correspondientes para su designación; Que, con el Informe N° 00257-2025-MINEDU/ SG-OGRH, la O fi cina General de Recursos Humanos verifi ca que el profesional seleccionado cumple los requisitos previstos en la normativa mencionada en los considerandos precedentes, así como los establecidos en la Ley N° 31419, Ley que establece disposiciones para garantizar la idoneidad en el acceso y ejercicio de la función pública de funcionarios y directivos de libre designación y remoción, y su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo N° 053-2022-PCM; Que, en virtud de lo expuesto, resulta necesario designar al señor ALVARO ESTRADA BRICEÑO en el cargo de Director Ejecutivo del Proyecto Especial de Inversión Pública Escuelas Bicentenario; De conformidad con lo previsto en la Ley N° 31224, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Educación; el Decreto Supremo N° 011-2020-MINEDU, que crea el Proyecto Especial de Inversión Pública Escuelas Bicentenario y modi fi catorias; el Decreto Supremo N° 119-2020-EF, que aprueba el Reglamento de Proyectos Especiales de Inversión Pública en el marco del Decreto de Urgencia N° 021-2020, Decreto de Urgencia que establece el modelo de ejecución de inversiones públicas a través de proyectos especiales de inversión pública y dicta otras disposiciones; el Decreto Supremo N° 001-2015-MINEDU, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación; y la Resolución Ministerial N° 338-2020-MINEDU, que aprueba el Manual de Operaciones del Proyecto Especial de Inversión Pública Escuelas Bicentenario; SE RESUELVE: Artículo 1.- Designar al señor ALVARO ESTRADA BRICEÑO como Director Ejecutivo del Proyecto Especial de Inversión Pública Escuelas Bicentenario.Artículo 2.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Sistema de Información Jurídica de Educación – SIJE ubicado en la sede digital del Ministerio de Educación (www.gob.pe/minedu), el mismo día de su publicación en el Diario O fi cial “El Peruano”. Regístrese, comuníquese y publíquese. JORGE EDUARDO FIGUEROA GUZMÁN Ministro de Educación 2461538-1 Designan Director General de la Dirección General de Gestión Descentralizada, dependiente del Despacho Viceministerial de Gestión Institucional RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 522-2025- MINEDU Lima, 21 de noviembre de 2025 CONSIDERANDO: Que, se encuentra vacante el cargo de Director General de la Dirección General de Gestión Descentralizada, dependiente del Despacho Viceministerial de Gestión Institucional del Ministerio de Educación; Que, resulta necesario designar a la persona que ejercerá el cargo al que se hace referencia en el considerando precedente; De conformidad con lo previsto en la Ley N° 31224, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Educación; la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; y, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, aprobado por Decreto Supremo N° 001-2015-MINEDU; SE RESUELVE: Artículo Único.- Designar al señor MANUEL ALEJANDRO FARFAN BARRETO, en el cargo de Director General de la Dirección General de Gestión Descentralizada, dependiente del Despacho Viceministerial de Gestión Institucional del Ministerio de Educación. Regístrese, comuníquese y publíquese.JORGE EDUARDO FIGUEROA GUZMÁN Ministro de Educación 2461540-1 ENERGÍA Y MINAS Aceptan renuncia de Viceministro de Minas RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 017-2025-EM Lima, 21 de noviembre de 2025 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Suprema N° 009-2025-EM, publicada el 02 de julio de 2025 en el diario o fi cial El Peruano, se designó al señor Ronald Isidoro Ibarra Gonzales, en el puesto de Viceministro de Minas del Ministerio de Energía y Minas, puesto considerado de con fi anza; Que, el señor Ronald Isidoro Ibarra Gonzales ha formulado renuncia al citado puesto, por lo que corresponde aceptarla; De conformidad con lo dispuesto por la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 27594, Ley