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65 NORMAS LEGALES Domingo 23 de noviembre de 2025 El Peruano / por las comisiones anteriores, los cuales servirán de insumo a esta comisión. Artículo Séptimo.- Los gastos que irrogue de las actividades de la Comisión serán con cargo al presupuesto institucional del Ministerio Público. Artículo Octavo.- Se precisa que la participación de los representantes de la sociedad civil y academia así como de las universidades será ad honorem. Artículo Noveno.- Disponer la noti fi cación de la presente resolución al Poder Judicial, Congreso de la República, Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, Ministerio del Interior, Dirección General de Defensa Pública y Acceso a la Justicia del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, Procuraduría General del Estado, Defensoría del Pueblo, Contraloría General de la República, Junta Nacional de Justicia, Superintendencia de Banca, Seguro y AFP, Colegio de Abogados de Lima, Universidad Nacional Mayor de San Marcos, Universidad Nacional Federico Villarreal, Universidad Nacional de San Agustín de Arequipa, Universidad Nacional de San Antonio Abad del Cusco, Universidad Nacional de Trujillo, Universidad de San Martín de Porres, Universidad de Piura, Basel Institute on Governance, Secretaria de la Junta de Fiscales Supremos, Presidencias de las Juntas de Fiscales Superiores a nivel nacional, Coordinaciones Nacionales, Gerencia General, O fi cina de Registro y Evaluación de Fiscales, y a los integrantes de la comisión. Regístrese, comuníquese y publíquese. TOMÁS ALADINO GÁLVEZ VILLEGAS Fiscal de la Nación (i) 2461564-1 GOBIERNOS LOCALES PROVINCIAS MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO Aprueban Cronograma para el Desarrollo del Presupuesto Participativo por resultados para el año fiscal 2026 DECRETO DE ALCALDÍA Nº 022-2025-ALC/MPC Callao, 21 de noviembre de 2025 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO VISTO: El Informe N° 338-2025-MPC/OGPMPI-OPM de la Ofi cina de Planeamiento, el Memorando N° 393-2025- MPC/OGPMPI de la O fi cina General de Planeamiento y Modernización, Presupuesto e Inversiones, el Informe N° 328-2025-MPC/OGAJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica, el Memorándum N° 2970-2025-MPC/GM de la Gerencia Municipal, y; CONSIDERANDO: Que, la Constitución Política del Perú en el artículo 194, en concordancia con el articulo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa, en los asuntos de su competencia; esta autonomía radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, el artículo 42° de la Ley N° 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, prescribe que los decretos de alcaldía establecen normas reglamentarias y de aplicación de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y e fi ciente administración municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario, que no sean de competencia del Concejo Municipal; Que, el numeral 20.1 del artículo 20 de la Ley N° 27783, Ley de Bases de Descentralización dispone que los Gobiernos Regionales y Locales se sustentan y rigen por presupuestos participativos anuales como instrumentos de administración y gestión, los mismos que se formulan y ejecutan conforme a Ley, en concordancia con los planes de desarrollo concertados; Que, el artículo 1º de la Ley Nº 28056 – Ley Marco del Presupuesto Participativo, de fi ne al proceso del Presupuesto Participativo como un mecanismo de asignación equitativa, racional, e fi ciente, e fi caz y transparente de los recursos públicos, que fortalece las relaciones Estado – Sociedad Civil; Que, de conformidad a la Segunda Disposición Complementaria de la Ley Nº 29298, y el Decreto Supremo Nº 097-2009-EF, modi fi cado por el Decreto Supremo Nº 132-2010-EF, se establecen criterios de alcance y montos de ejecución que permiten delimitar los proyectos de inversión pública de impacto regional, provincial y distrital, a ser considerados por los Gobiernos Regionales y Locales en sus respectivos Presupuestos Participativos; Que, mediante la Resolución Directoral Nº 007- 2010-EF-76.01, se aprueba el Instructivo Nº 001-2010-EF/76.01, “Instructivo para el Proceso de Presupuesto Participativo Basado en Resultados”, que tiene como objetivo: establecer mecanismos y pautas para el desarrollo del proceso del Presupuesto Participativo en los Gobiernos Regionales y los Gobiernos locales en el marco de la Ley del Presupuesto Participativo – Ley Nº 28056, su modi fi catoria, Ley Nº 29298, el Decreto Supremo Nº 097-2009-EF, que precisa los criterios para delimitar proyectos de impacto regional, provincial y distrital, su reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 142-2009-EF y la Ley N°28411- Ley del Sistema Nacional de Presupuesto. Dicho proceso debe estar orientado a resultados con la fi nalidad que los proyectos de inversión estén claramente articulados a productos y resultados especí fi cos que la población necesita, particularmente en aquellas dimensiones que se consideran prioritarias para el desarrollo regional o local evitando de este modo inefi ciencias en la asignación de los recursos públicos; Que, mediante Ordenanza Municipal N° 29-2025/ MPC de fecha 18 de noviembre de 2025, se aprueba el Reglamento para el Proceso del Presupuesto Participativo Basado en Resultados de la Provincia Constitucional del Callao; Que mediante Informe N°338-2025-MPC/OGPMPI- OPM de fecha 14 de noviembre de 2025, la O fi cina de Planeamiento y Modernización presenta el proyecto de Decreto de Alcaldía, que aprueba el “Cronograma para el desarrollo del prepuesto participativo por resultados para el año fi scal 2026”; Que, mediante Informe N° 328-2025-MPC/OGAJ de fecha 19 de noviembre de 2025, la O fi cina General de Asesoría Jurídica emite opinión legal favorable, respecto a la aprobación del proyecto de Decreto de Alcaldía que aprueba el “Cronograma para el desarrollo del prepuesto participativo por resultados para el año fi scal 2026”; Estando a lo expuesto, con el visado de la Gerencia Municipal, O fi cina General de Asesoría Jurídica y la O fi cina General de Planeamiento Modernización, Presupuesto e Inversiones; en ejercicio de las atribuciones establecidas en el artículo 194° de la Constitución Política del Perú, y el artículo 20, inciso 6 de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; DECRETA: Artículo 1.- APROBAR el Cronograma para el Desarrollo del Presupuesto Participativo por resultados