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10 NORMAS LEGALES Miércoles 1 de octubre de 2025 El Peruano / SUJETO ACTIVO / BENEFICIARIOSUJETOS PASIVOSIDENTIFICACIÓN DEL INMUEBLE VALOR DE LA TASACIÓN (S/)CÓDIGO DE INMUEBLE NºÁREAS AFECTADASINSCRITO EN LA PARTIDA ELECTRONICAAFECTACIÓN AUTORIDAD NACIONAL DE INFRAESTRUCTURA- FANNY LIZ CUBA MERINO - JENNY MARISOL CUBA MERINO- KATTY DEYSSI CUBA MERINO - RENZO FREDY SEGURA PINTO2497906-MGEN- PRO-P4R-0324.62 m 2 11013347 del Registro de Propiedad Inmueble de la Oficina Registral Huancavelica, Zona Registral Nº VIII - Sede HuancayoPARCIAL 123.10 82.00 m2PARCIAL 434.60 53.39 m2PARCIAL 282.97 TOTAL 840.67 Artículo 2.- Consignación de los valores de las Tasaciones Disponer que, a través de la Unidad de Tesorería de la Ofi cina de Administración, se consigne en el Banco de la Nación, el monto de los valores de las Tasaciones a favor de los Sujetos Pasivos de la expropiación, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes de emitida la presente Resolución Jefatural, bajo responsabilidad del funcionario encargado de efectuarla. Artículo 3.- Información necesaria para inscribir las áreas afectadas del bien inmueble a favor del Bene fi ciario Disponer que la Dirección de Gestión Predial, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes de emitida la presente Resolución Jefatural y noti fi cadas las consignaciones, remita al Registro de Predios de la O fi cina Registral correspondiente de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos - SUNARP, la información señalada en el artículo 30 del Decreto Legislativo Nº 1192 y sus modi fi catorias, a efectos de inscribir las áreas expropiadas del bien inmueble a favor de la Autoridad Nacional de Infraestructura. Artículo 4.- Orden de Inscripción Disponer que la O fi cina Registral correspondiente de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos - SUNARP, inscriba a favor de la Autoridad Nacional de Infraestructura las áreas expropiadas del bien inmueble, bajo responsabilidad y sanción de destitución, de conformidad con el artículo 30 del Decreto Legislativo Nº 1192 y sus modi fi catorias.Artículo 5.- Orden de levantar toda carga o gravamen que contengan la Partida Registral Disponer que el Registrador de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos - SUNARP, bajo responsabilidad, proceda al levantamiento de toda carga o gravamen que contenga la partida registral respecto de las áreas afectadas del inmueble. Los acreedores pueden cobrar sus acreencias con el valor de la Tasación pagado directamente o vía consignación a los Sujetos Pasivos. Artículo 6.- Noti fi cación a los Sujetos Pasivos Disponer que la Dirección de Gestión Predial, gestione y noti fi que la presente Resolución Jefatural, conforme a lo dispuesto en la Ley Nº 30556 y sus modi fi catorias, requiriendo la desocupación y entrega de las áreas expropiadas del bien inmueble dentro de un plazo máximo de diez (10) días hábiles siguientes de noti fi cada la presente Resolución Jefatural, improrrogables, bajo apercibimiento de iniciar el procedimiento de ejecución coactiva para el lanzamiento o toma de posesión de las áreas expropiadas del bien inmueble. Artículo 7.- PublicaciónDisponer la publicación de la presente Resolución Jefatural en la sede digital de la Autoridad Nacional de Infraestructura (www.gob.pe/anin), el mismo día de su publicación en el Diario O fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese.HERNAN YAIPEN ARESTEGUI Jefe de la Autoridad Nacional de InfraestructuraAutoridad Nacional de Infraestructura ANEXO LINDEROS, MEDIDAS PERIMÉTRICAS Y COORDENADAS UTM Código: 2497906-MGEN-PRO-P4R-0 3 LINDEROS Y MEDIDAS PERIMÉTRICAS DEL ÁREA AFECTADA:ÁREA AFECTADA 01: 24.62 m² (0.0025 ha)AFECTACIÓN: PARCIAL DEL INMUEBLE POR EL NORTE: COLINDA CON TROCHA CARROZABLE, MEDIANTE LÍNEA QUEBRADA DE CUATRO (04) TRAMOS RECTOS, ENTRE LOS VERTICES 1 AL 5.LONGITUD 18.27 METROS LINEALES. POR EL ESTE: COLINDA CON TROCHA CARRROZABLE Y EL ÁREA REMANENTE DE LA P.E. N.º 11013347, MEDIANTE LÍNEA QUEBRADA DE TRES (03) TRAMOS RECTOS, ENTRE LOS VERTICES 5 AL 8.LONGITUD 1.26 METROS LINEALES. POR EL SUR: COLINDA CON EL ÁREA REMANENTE DE LA P.E. N.º 11013347, MEDIANTE LÍNEA QUEBRADA DE OCHO (08) TRAMOS RECTOS, ENTRE LOS VERTICES 8 AL 16.LONGITUD 16.89 METROS LINEALES. POR EL OESTE: COLINDA CON EL ÁREA REMANENTE DE LA P.E. N.º 11013347, MEDIANTE LÍNEA DE UN (01) TRAMO RECTO, ENTRE LOS VERTICES 16 AL 1.LONGITUD 1.15 METROS LINEALES.COORDENADAS UTM DE VALIDEZ DEL ÁREA AFECTADA - ZONA 18 S Vértice LadoDistancia (m)Coordenadas UTM - WGS84 Este (X) Norte (Y) 1 1-2 4.86 429669.1069 8554524.85292 2-3 5.02 429672.9800 8554527.77493 3-4 2.25 429677.7698 8554529.24484 4-5 6.14 429679.6266 8554527.96595 5-6 0.09 429685.7630 8554528.21986 6-7 0.01 429685.8358 8554528.15927 7-8 1.16 429685.8295 8554528.15168 8-9 3.65 429684.6973 8554527.8833 9 9-10 2.03 429681.5108 8554526.0999 10 10-11 1.34 429679.9629 8554527.4135 11 11-12 1.25 429678.6789 8554527.8054 12 12-13 1.20 429677.4348 8554527.740513 13-14 1.13 429676.3676 8554527.192514 14-15 4.07 429675.6395 8554526.324315 15-16 2.22 429671.9209 8554524.667916 16-1 1.15 429669.8162 8554523.9540