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15 NORMAS LEGALES Miércoles 1 de octubre de 2025 El Peruano / participen en el “Intercambio Académico de Cadetes”, a realizarse en el Colegio Militar de la Nación, ciudad de El Palomar, provincia de Buenos Aires, República Argentina, del 6 al 12 de octubre de 2025; Que, con O fi cio Nº 178 SCGE/N-04, el Ejército del Perú solicita al Ministerio de Defensa autorizar el viaje al exterior, en misión de estudios, de los Cadetes del IV año de la Escuela Militar de Chorrillos “Coronel Francisco Bolognesi”, ERICK JERSON QUISPE GALARRETA, identi fi cado con DNI Nº 71028428 y FREDI ABISAIN ORTEGA SERNA, identi fi cado con DNI Nº 60507179, para participar en el citado programa de intercambio, en el lugar y fechas programados; asimismo, considerando el itinerario de los vuelos internacionales, solicita autorizar su salida del país el 5 de octubre y su retorno el 13 de octubre de 2025, sin que estos días adicionales generen gasto alguno al Tesoro Público; Que, a través del citado documento, la Institución Armada remite la Hoja de Recomendación Nº 038/EMCH/DEM/SCCHH; el Dictamen Legal Nº 2036-2025/OAJE; la Hoja de Gastos s/n de fecha 8 de agosto de 2025; así como, las Certi fi caciones de Crédito Presupuestario Nº 00000000409 y Nº 00000000412 que garantizan el fi nanciamiento correspondiente; Que, mediante la Exposición de Motivos, la Institución Armada señala que resulta conveniente para los intereses institucionales autorizar el viaje al exterior de los referidos cadetes, por cuanto les permitirá acceder a nuevos conocimientos y experiencias que contribuirán a elevar su nivel profesional, con la fi nalidad de que posteriormente los conocimientos adquiridos sean vertidos en provecho de la Institución; Que, conforme a lo indicado en la documentación acotada, se precisa que los gastos de alojamiento y alimentación serán asumidos por el Ejército de la República Argentina, de acuerdo a la Carta s/n de fecha 4 de abril de 2025 del Director General de Organización y Doctrina del Ejército Argentino; por lo que, corresponde otorgarse viáticos diarios hasta un veinte por ciento (20%) del monto que corresponde a la zona geográ fi ca (US$ 370.00), de acuerdo a lo establecido en la Resolución Ministerial Nº 696-2013-DE/SG, que aprueba porcentajes máximos de viáticos en función de la escala prevista en el artículo 5 del Decreto Supremo Nº 0472002-PCM, modi fi cado por el artículo 1 del Decreto Supremo Nº 056- 2013-PCM, para el caso de invitaciones que incluyan fi nanciamiento parcial de viajes al exterior del personal militar y civil del Sector Defensa; Que, mediante el O fi cio Nº 02395-2025-MINDEF/ VPD-DIGRIN e Informe Técnico Nº 470-2025-MINDEF/VPD-DIGRIN-HMC, la Dirección General de Relaciones Internacionales emite opinión favorable para la autorización del citado viaje al exterior del mencionado personal militar; Que, con Informe Legal Nº 01988-2025-MINDEF/SG- OGAJ, la O fi cina General de Asesoría Jurídica considera legalmente viable autorizar, por medio de resolución ministerial, el citado viaje al exterior en misión de estudios, por encontrarse conforme al marco normativo sobre la materia; Con el visado del Despacho Viceministerial de Políticas para la Defensa, de la Dirección General de Relaciones Internacionales; y, de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1134, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley Nº 32185, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025; la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; y, el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/ SG, que aprueba el Reglamento de Viajes al Exterior de Personal Militar y Civil del Sector Defensa. SE RESUELVE:Artículo 1.- Autorizar el viaje al exterior, en misión de estudios, de los Cadetes del IV año de la Escuela Militar de Chorrillos, ERICK JERSON QUISPE GALARRETA y FREDI ABISAIN ORTEGA SERNA, para participar en el Programa de Intercambio Académico con el Colegio Militar de la Nación del Ejército Argentino, ubicada en la ciudad de El Palomar, provincia de Buenos Aires, República Argentina, del 6 al 12 de octubre de 2025; así como, autorizar su salida del país el 5 de octubre y su retorno el 13 de octubre de 2025. Artículo 2.- El Ejército del Perú efectúa los pagos que correspondan con cargo al Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2025, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes aéreos: Lima – Buenos Aires (República Argentina) – Lima Clase económica US$ 1,497.40 x 2 personas (incluye TUUA) US$ 2,994.80Viáticos US$ 370.00 x 2 personas x 7 días x 20% US$ 1,036.00 Total a pagar: US$ 4,030.80 Artículo 3.- El Comandante General del Ejército del Perú queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se re fi ere el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial, sin exceder el total de días autorizados, sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje ni el nombre del personal autorizado. Artículo 4.- Los cadetes autorizados deben cumplir con presentar un informe detallado ante el titular de la entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los quince (15) días calendario contados a partir de la fecha de retorno al país. Artículo 5.- La presente autorización no otorga derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. WALTER ENRIQUE ASTUDILLO CHÁVEZ Ministro de Defensa 2443884-1 Aprueban el Plan Operativo Institucional – POI Anual 2025 actualizado – versión 1 del Ministerio de Defensa RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL Nº 00087-2025-DE/VRD Lima, 30 de setiembre del 2025 VISTOS: El O fi cio Nº 03251-2025-MINDEF/VRD-DGPP (S) de la Dirección General de Planeamiento y Presupuesto; el Informe Nº 00463-2025-MINDEF/VRD-DGPP-DIPP (S) de la Dirección de Planeamiento y Presupuesto; y, el Informe Legal Nº 1993-2025-MINDEF/SG-OGAJ de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica. CONSIDERANDO:Que, el Decreto Legislativo Nº 1134, que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa, establece que éste es un organismo del Poder Ejecutivo con personería jurídica de derecho público y que constituye pliego presupuestal del Estado; Que, el numeral 1 del artículo 25 de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, establece que corresponde a los Ministros de Estado dirigir el proceso de planeamiento estratégico sectorial, en el marco del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico y determinar los objetivos sectoriales funcionales nacionales aplicables a todos los niveles de gobierno; aprobar los planes de actuación; y asignar los recursos necesarios para su ejecución, dentro de los límites de las asignaciones presupuestarias correspondientes; Que, de acuerdo a la “Guía para el Planeamiento Institucional”, cuya versión actualizada ha sido aprobada mediante la Resolución de Presidencia de Consejo Directivo Nº 0055-2024/CEPLAN/PCD, el Plan Operativo