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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 04 DE OCTUBRE DEL AÑO 2025 (04/10/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 112

TEXTO PAGINA: 108

108 NORMAS LEGALES Sábado 4 de octubre de 2025 El Peruano / Ordenanza Municipal y es presidido por el alcalde distrital y está integrado por la Red de Salud y/o el establecimiento de mayor capacidad resolutiva, quien asume la Secretaría de Coordinación del CDS, así como, por las autoridades de las instituciones del ámbito distrital que acuerde el Gobierno Distrital, de contar con miembros elegidos, su periodo es de dos (2) años; Que, con Ordenanza N° 486-MVES de fecha 12 de junio del 2023, se aprueba la conformación del Comité Distrital de Salud del distrito de Villa El Salvador CDS-MVES, como espacio de coordinación, concertación y articulación para el cumplimiento de la fi nalidad, funciones y objetivos del Sistema Nacional de Salud; el mismo, en su Artículo Segundo aprueba la conformación del referido Comité precisando que quien preside el mismo es el alcalde Distrital y quien asume la Secretaria Técnica es el Jefe de la Red Integrada de Salud (RIS) de Lima Sur; Que, mediante Informe Nº 260-2025-SGSSBSDOC-GDIS/ MVES, ampliado con Informe N° 314-2025-SGSSBSDOC-GDIS/MVES, debidamente visado por la Gerencia de Desarrollo e Inclusión Social, la Subgerencia de Salud, Sanidad y Bienestar Social (DEMUNA, OMAPED y CIAM), considerando el O fi cio N° 01-2025-SERCCOR-CDS/MVES y N° 127-2025-JEF-RIS-VES-DIRIS-LS de la Jefa de la Red Integral de Salud de Villa El Salvador, a su vez Secretaria Técnica del Comité Distrital de Salud de Villa El Salvador, así como el Acta de Sesión N° 7 y Acta de Reunión de Trabajo del Comité Distrital de Salud de Villa El Salvador, por los cuales dicho órgano colegiado acordó la incorporación de siete (7) nuevos miembros al referido Comité, con el objeto de generar una mayor articulación en la implementación de las políticas de salud dentro del distrito, promoviendo la participación ciudadana y coordinación intersectorial; en ese sentido, la Subgerencia de Salud, Sanidad y Bienestar Social (DEMUNA, OMAPED y CIAM) solicita la formalización de la modi fi cación de la Ordenanza N° 486-MVES, que aprueba la Conformación del Comité Distrital de Salud del distrito de Villa El Salvador, como instancia de Coordinación interinstitucional del Sistema de Salud, incorporando a los nuevos miembros; Que, con Informe Nº 303-2025-OAJ-MVES, la Ofi cina de Asesoría Jurídica, informa que teniendo en consideración lo señalado en el artículo 19º del Decreto Supremo N°032-2020-SA, que aprueba el Reglamento de las Instancias de Coordinación Interinstitucional del Sistema Nacional de Salud y del proceso de Elecciones de los miembros que deben ser elegidos para integrar el Consejo Nacional de Saludasí como el Acta de Sesión N° 7 y Acta de Reunión de Trabajo, por el cual, el Comité Distrital de Salud de Villa El Salvador acordó la incorporación de siete (7) nuevos miembros al referido Comité, emite opinión legal favorable para que mediante Ordenanza se modi fi que el artículo segundo de la Ordenanza N° 486-MVES, que conformó el Comité Distrital de Salud del distrito de Villa El Salvador, como instancia de Coordinación interinstitucional del Sistema de Salud, ello al amparo de las facultades dispuestas para el Concejo Municipal en el numeral 8) del artículo 9° de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; Que, con Memorando N° 1113-2025-GM/MVES la Gerencia Municipal, de conformidad con lo establecido en el numeral 14.20 del artículo 14° de la Ordenanza N° 519-MVES, que modi fi ca la Estructura Orgánica de la Municipalidad Distrital de Villa El Salvador y el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) con enfoque de Gestión de Resultados de la Municipalidad Distrital de Villa El Salvador aprobado con Ordenanza N° 369-MVES, que establece como función administrativa y ejecutora de la Gerencia Municipal, entre otras la de “ Proponer al/la alcalde/sa, aquellos temas que requieran ser incluidos en la agenda de las sesiones del Concejo Municipal” ; remite los actuados a la O fi cina Secretaría General, a fi n de ponerlo a consideración del Concejo Municipal para su aprobación; Estando a lo expuesto y al Dictamen N° 007-2025- CDIS/MVES de la Comisión de Desarrollo e Inclusión Social, en uso de las facultades conferidas por el numeral 8) del artículo 9° y artículo 40° de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, y luego del debate correspondiente y con la dispensa del trámite de lectura y aprobación de Acta, el Pleno de Concejo Municipal aprobó por UNANIMIDAD la siguiente:“ORDENANZA QUE MODIFICA LA ORDENANZA N° 486-MVES QUE APRUEBA LA CONFORMACIÓN DEL COMITÉ DISTRITAL DE SALUD DEL DISTRITO DE VILLA EL SALVADOR, COMO INSTANCIA DE COORDINACIÓN INTERINSTICUIONAL DEL SISTEMA NACIONAL DE SALUD” Artículo Primero.- APROBAR la modi fi cación del Artículo Segundo de la Ordenanza N° 486-MVES, que aprobó la Conformación del Comité Distrital de Salud del distrito de Villa El Salvador, como instancia de Coordinación interinstitucional del Sistema de Salud, incorporando a los siguientes miembros. “Artículo Segundo.- (…) h) 01 un representante de la UGELi) 01 un representante de la Universidad Privada j) 01 un representante de la Policía Nacional del Perú k) 01 un representante de la institución de Salud Privada l) 01 representante de la Subgerencia de Participación Ciudadana - MVES m) 01 representante de la Subgerencia de Programas Sociales - MVES n) 01 representante de la Gerencia de Servicios a la Ciudad y Gestión Ambiental - MVES Artículo Segundo.- RATIFICAR en sus extremos, la Ordenanza N° 486 – MVES, que aprueba la conformación del Comité Distrital de Salud del Distrito de Villa El Salvador, como Instancia de Coordinación Interinstitucional del Sistema Nacional de Salud. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Subgerencia de Salud, Sanidad, Bienestar Social (DEMUNA, OMAPED y CIAM), coordinar con la Secretaria Técnica del Comité Distrital de Salud de Villa El Salvador, el cabal cumplimiento de la presente Ordenanza. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la O fi cina de Secretaria General la publicación de la presente Ordenanza en el Diario O fi cial EI Peruano y, a la Unidad de Desarrollo Tecnológico la publicación en el Portal de Transparencia de la Municipalidad Distrital de Villa EI Salvador (www.munives.gob.pe) Regístrase, comuníquese, publíquese y cúmplase.GUIDO IÑIGO PERALTA Alcalde 2444790-1 PROVINCIAS MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE ATALAYA Autorizan viaje del alcalde a Bolivia en comisión de servicios ACUERDO DE CONCEJO Nº 195-2025-MPA Atalaya, 23 de setiembre de 2025 VISTO:El Expediente N° 2025-0000926, el Concejo Municipal Provincial de Atalaya en Sesión Extraordinaria N° 016- 2025-MPA de fecha 23 de septiembre de 2025; el Informe Técnico Nº D000001-2025-MPA/BRIM de fecha 12 de septiembre de 2025; el Informe Nº D000522-2025-MPA/ GDES de fecha 12 de septiembre de 2025; el Informe Nº D000285-2025-MPA/SGRH de fecha 12 de septiembre de 2025; el Informe Nº D000931-2025-MPA/SGP de fecha 15 de septiembre de 2025; la Opinión Legal N° D000093-2025-MPA/GAJ de fecha 18 de septiembre de 2025; el