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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 04 DE OCTUBRE DEL AÑO 2025 (04/10/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 112

TEXTO PAGINA: 109

109 NORMAS LEGALES Sábado 4 de octubre de 2025 El Peruano / Informe Nº D000089-2025-MPA/GM de fecha 18 de septiembre de 2025; el Proveído Nº D000988-2025-MPA/ALCALDIA de fecha 18 de septiembre de 2025 y; CONSIDERANDO:Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, reconoce a las Municipalidades como Órganos de Gobierno Local con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; la autonomía municipal supone capacidad de auto desenvolvimiento en lo administrativo, político y económico de las municipalidades, sean estas provinciales o distritales. Ciertamente, la garantía de la autonomía municipal no impide que el legislador nacional pueda regular su régimen jurídico, siempre que, al hacerlo, se respete su contenido esencial. En este contexto, respetar el contenido esencial de la institución constitucionalmente garantizada, quiere decir no sujetar o condicionar la capacidad de auto desenvolvimiento pleno de los gobiernos locales a relaciones que se puedan presentar como injusti fi cadas o irrazonables; Que, los Acuerdos de Concejo son Normas Municipales que regulan los actos de gobierno, expedidos por el Concejo Municipal en base a la potestad exclusiva que tienen las Municipalidades de emitir normas en el marco de sus competencias, en observancia a lo prescrito en el artículo 39° de la Ley N° 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades; asimismo se estipula en el artículo 41° de la glosada norma legal que: “Los acuerdos son decisiones, que toma el concejo, referidas a asuntos especí fi cos de interés público, vecinal o institucional, que expresan la voluntad del órgano de gobierno para practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional (…)” ; Que, el numeral 11º del artículo 9º de la Ley N° 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades señala que son atribuciones del concejo municipal “Autorizar los viajes al exterior del país que, en comisión de servicios o representación de la municipalidad, realicen el alcalde, los regidores, el gerente municipal y cualquier otro funcionario”; Que, la Ley Nº 27619 y su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, modi fi cados por Decreto Supremo Nº 005-2006-PCM y Decreto Supremo Nº 056-2013-PCM, regulan la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos o representantes del Estado que irroguen gastos al Tesoro Público, así como la forma de sustentación de los mismos; estableciendo en el artículo 5° que los gastos por concepto de viáticos que ocasionen los viajes al exterior de los funcionarios y servidores públicos, serán calculados conforme a la Escala de Viáticos por Zonas Geográ fi cas (…); Que, mediante documento REFERENCIA: HSS/ HL/05/0708-2025 (Expediente Nº 2025-0000926 de fecha 25 de julio de 2025), la Dra. Maureen E. Birmingham, representante en Perú de la Organización Panamericana de la Salud/Organización Mundial de la Salud, invita al titular de esta entidad municipal al VIII Encuentro de Alcaldes y Alcaldesas por Municipios Saludables en la región de las Américas, a realizarse del 7 al 9 de octubre, en la ciudad de Santa Cruz de la Sierra, Bolivia, indicándose que el objetivo general del encuentro es avanzar con la consolidación del Movimiento Regional de Municipios, Ciudades y Comunidades Saludables (MCCS), e implementar los criterios regionales como una hoja de ruta común para promover la salud, el bienestar y la equidad en las Américas; también fomentar la articulación multinivel al integrar a representantes de los Ministerios de Salud, redes nacionales y subnacionales de municipios saludables y otros actores estratégicos. Asimismo, se precisa que los gastos de viaje (vuelo económico, hospedaje y viáticos reducidos) serán cubiertos por la OPS (…); Que, a través del Informe Nº D000522-2025-MPA/ GDES de fecha 12 de septiembre de 2025, la Gerencia de Desarrollo Económico y Social remite a la Gerencia Municipal el Informe Técnico Nº D000001-2025-MPA/BRIM (12SEP2025), el mismo que indica que la invitación formulada por la OPS/OMS no solo constituye un reconocimiento al liderazgo institucional que viene ejerciendo la Municipalidad Provincial de Atalaya en la promoción de políticas locales de salud, sino también representa una oportunidad para reforzar la imagen de nuestra provincia en el ámbito internacional; que, la relevancia de este encuentro radica en que se con fi gura como un espacio de integración y cooperación internacional, donde las autoridades locales de toda América intercambian experiencias exitosas en la estrategia de Municipios, Ciudades y Comunidades Saludables; que, Atalaya al haber sido reconocida el año anterior a nivel nacional por su experiencia innovadora en el marco de la Red de Municipios Saludables, y siendo además sede del próximo encuentro nacional en este año, cuenta con una posición privilegiada para compartir aprendizajes, fortalecer lazos institucionales y a fi anzar su protagonismo dentro de la agenda pública de salud; que, desde esa perspectiva social, se la presencia del alcalde en este evento trasciende el carácter protocolar, se convierte en una oportunidad para posicionar la voz de nuestra provincia amazónica en la construcción de políticas que promueven el bienestar, la equidad y el derecho a la salud en toda la región; que, esta participación generará además un efecto multiplicador, dado que el contacto directo con experiencias internacionales puede ser replicado y adaptado a las necesidades de nuestras comunidades locales, contribuyendo a fortalecer los servicios municipales orientados al bienestar social; que, la invitación no generará gastos económicos a la Municipalidad, puesto que los organizadores han considerado la cobertura de los pasajes y viáticos y que por el contrario la participación de la autoridad edil en este encuentro internacional representa una inversión intangible de alto valor social e institucional que consolida el prestigio de Atalaya como un municipio innovador y comprometido con la salud de su población. En función de lo antes expuesto, se considera altamente bene fi cioso que el alcalde provincial pueda acudir a este evento, ya que ello contribuirá a que nuestra gestión municipal siga siendo reconocida a nivel nacional e internacional, consolidando una red de alianzas estratégicas que potenciarán las acciones locales en salud y desarrollo social (…); Que, con el Informe Nº D000285-2025-MPA/SGRH de fecha 12 de septiembre de 2025, la Sub Gerencia de Recursos Humanos se dirige a la Gerencia de Administración y Finanzas para solicitar disponibilidad presupuestal por la suma de S/ 3,316.00 (tres mil trescientos dieciséis con 00/100 soles), para el gasto de pasajes, transporte y viáticos, en tanto el titular de la entidad, por su participación en el VIII Encuentro de Alcaldes y Alcaldesas por Municipios Saludables en la región de las Américas, estará en comisión de servicios por siete días, desde el 5 de octubre hasta el 11 de octubre y la asignación de viáticos que será cubierta por la entidad es de cuatro días, precisándose que los tres días restantes serán cubiertos por la Organización Panamericana de la Salud (OPS) (…); Que, con el Informe Nº D000931-2025-MPA/SGP de fecha 15 de septiembre de 2025, la Sub Gerencia de Presupuesto concluye como favorable la opinión presupuestal para la comisión de servicios en el extranjero (participación del alcalde provincial en el VIII Encuentro de Alcaldes y Alcaldesas por Municipios Saludables en la región de las Américas), indicando que se cuenta con la disponibilidad presupuestal de S/ 3,316.00 (tres mil trescientos dieciséis con 00/100 soles), mediante Fuente de Financiamiento 2. Recursos Directamente Recaudados; Que, a través de la Opinión Legal N° D000093-2025- MPA/GAJ de fecha 18 de septiembre de 2025, la Gerencia de Asesoría Jurídica se pronuncia en el sentido que resulta PROCEDENTE la autorización de viaje al exterior del país del señor Francisco de Asís Mendoza de Souza en su calidad de alcalde de la Municipalidad Provincial de Atalaya, por considerarse de interés institucional su participación en el VIII Encuentro de Alcaldes y Alcaldesas por Municipios Saludables en la región de las Américas, a desarrollarse del 7 al 9 de octubre de 2025, en la ciudad de Santa Cruz de la Sierra en el país de Bolivia, periodo de participación que aunado al tiempo de traslado hace un total de siete (07) días de comisión de servicios, del 5 al 11 de octubre de 2025, de acuerdo al Informe N° 000285-2025-MPA/SGRH de fecha 12 de septiembre de 2025, emitido por la Subgerencia de Recursos Humanos; Por estas consideraciones, estando a la atribución conferida por el artículo 9°, numeral 11 de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, y al Acuerdo de Concejo