Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 05 DE OCTUBRE DEL AÑO 2025 (05/10/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 67

67 NORMAS LEGALES Domingo 5 de octubre de 2025 El Peruano / 90; siendo indispensable para preservar el valor histórico del Callao, consolidar su atractivo turístico y cultural, y asegurar un desarrollo económico sostenible y compatible con la naturaleza monumental del sector; Que, mediante Informe N° 603-2025/MPC-GDU- SGPUC e Informe Técnico N° 213-2025-MPC-GDU-SGPUC AMAM, la Subgerencia de Planeamiento Urbano y Catastro señala que las cuadras 1, 2 y 3 del Jr. Constitución forman parte de la vía local denominada “Jirón Constitución” cuya administración compete a la Municipalidad Provincial del Callao conforme a las disposiciones del Plan de Desarrollo Metropolitano del Callao al 2040, aprobado por Ordenanza Municipal N° 018-2025/MPC; señalando que las precitadas cuadras recaen sobre la Zona Monumental del Callao, el cual constituye un bien material inmueble que forma parte del Patrimonio Cultural de la Nación; y sobre la cuadra 3 del Jr. Constitución, el cual constituye un Ambiente Urbano Monumental, ambas incluidas dentro del PE de la Zona Monumental del Callao señalado en la propuesta del PDM CALLAO 2024, cuyo propósito de formulación será el conservar la zona monumental, ambientes urbanos monumentales, áreas naturales o zonas de valor paisajístico y/o de interés cultural; y promover la actividad turística y económica en la Zona Monumental del Callao para contribuir al desarrollo económico local; Que, mediante Informe N° 07-2025-JLIZ e Informe N° 066-2025-MPC-ODSSTTMU-GG-GITMV la Gerencia de Ingeniería de Tránsito y Mantenimiento Vial del Órgano Desconcentrado del Sistema de Servicios de Tránsito, Transporte y Movilidad Urbana (ODSSTTMU), emite opinión técnica señalando que es viable la propuesta de restricción del tránsito en el Jr. Constitución cuadras 1, 2 y 3. Que, mediante Informe N° 070-2025-MPC- ODSSTTMU-GG-OA-JAJ de la Jefatura de Asesoría Jurídica del ODSSTTMU, emite opinión legal favorable para la emisión del Decreto de Alcaldía que restrinja el tránsito vehicular y priorice la circulación peatonal en el Jr. Constitución cuadras 1, 2 y 3; Que, mediante Informe N° 093-2025-MPC- ODSSTTMU-GG, la Gerencia General del ODSSTTMU, hace suyos los informes antes mencionados, solicitando continuar el trámite hasta la aprobación de la restricción de circulación vehicular en las cuadras 1,2 y 3 del Jr. Constitución; Que, mediante Informe N° 288-2025-MPC/GAJ, la Gerencia de Asesoría Jurídica de la Municipalidad Provincial del Callao, emite opinión legal favorable a la expedición del Decreto de Alcaldía que dispone la restricción de circulación vehicular en el Jirón Constitución cuadras 1, 2 y 3; Estando a lo expuesto, con el visto bueno del Programa de Recuperación de Sitios Arqueológicos y Monumentales del Callao - Progresamos Callao, de la Gerencia General del Órgano Desconcentrado del Sistema de Servicios de Tránsito, Transporte y Movilidad Urbana (ODSSTTMU), de la O fi cina General de Asesoría Jurídica y de la Gerencia Municipal; y en ejercicio de las facultades que le con fi eren los artículos 20 y 42 de la Ley Orgánica de Municipalidades; DECRETA: Artículo 1.- RESTRICCIÓN DE LA CIRCULACIÓN VEHICULAR Declarar la restricción de la circulación de vehículos motorizados en las cuadras 1, 2 y 3 del Jirón Constitución, perteneciente a la Zona Monumental del Callao, conforme a los argumentos expuestos en la parte considerativa del presente Decreto. Artículo 2.- EXCEPCIONES La restricción de la circulación de vehículos motorizados establecida en el primer artículo de la presente resolución no aplica en los siguientes casos: 2.1. Propietarios y/o residentes con vehículos motorizados, siempre que presenten su DNI y acrediten su dirección en la vía restringida y cuyo inmueble cuenten con cochera particular.2.2. Trabajadores con vehículos motorizados, siempre que presenten su fotocheck o identi fi cación laboral y cuyo centro laboral cuente con cochera. 2.3. Vehículos de emergencia (ambulancias, paramédicos, bomberos, etc.), o fi ciales, de serenazgo, de transporte de valores, cisternas y de limpieza y/o recojo de residuos. Las bicicletas y scooters (solo si el conductor desciende del vehículo). 2.4. Los vehículos de transporte de carga y/o mercancías, siempre que se estacionen solo en las zonas de carga y descarga autorizadas por la autoridad competente. Artículo 3.- SEÑALIZACIÓN VIAL Disponer que el Órgano Desconcentrado del Sistema de Servicios de Tránsito, Transporte y Movilidad Urbana, realice las acciones de implementación y mantenimiento de la señalización vertical, así como la señalización horizontal, respectivamente, conforme a lo dispuesto en el presente Decreto de Alcaldía. Artículo 4.- VIGENCIA Las disposiciones establecidas en el presente Decreto entran en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario O fi cial El Peruano. Artículo 5.- ENCARGAR el cumplimiento del presente Decreto de Alcaldía al Órgano Desconcentrado del Sistema de Servicios de Tránsito, Transporte y Movilidad Urbana, al Programa de Recuperación de Sitios Arqueológicos y Monumentales del Callao - PROGRESAMOS CALLAO, a la Gerencia de Desarrollo Urbano y demás áreas competentes. Artículo 6.- Notifíquese el presente Decreto de Alcaldía a la Policía Nacional del Perú - Región Policial Callao, al Jefe de Unidad de Transito, a la Comisaría PNP de Santa Marina Sur, para las acciones que correspondan en el ámbito de su competencia. Artículo 7.- Encárguese a la Secretaría General la publicación del presente Decreto de Alcaldía en el Diario Ofi cial El Peruano y a la O fi cina General de Tecnología de la Información y Telecomunicaciones su publicación en el Portal Institucional de la Municipalidad Provincial del Callao (www.gob.pe/municallao) Regístrese, comuníquese y cúmplase.PEDRO SPADARO PHILIPPS Alcalde 2445249-1 MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE JOSÉ LUIS BUSTAMANTE Y RIVERO Aprueban y autorizan viaje del alcalde para participar en evento a realizarse en Bolivia ACUERDO DE CONCEJO MUNICIPAL N° 100-2025- MDJLBYR José Luis Bustamante y Rivero, 3 de octubre de 2025 El Concejo Municipal de la Municipalidad Distrital de José Luis Bustamante y Rivero POR CUANTO: El Concejo Municipal de la Municipalidad de Distrital de José Luis Bustamante y Rivero; en Sesión Extraordinaria, de fecha 03 de octubre 2025 convocado y presidida por el Señor Alcalde Crl (r) Fredy Javier Zegarra Black contándose con la asistencia del 100% de los miembros del Concejo Municipal, y; VISTO: En Sesión Extraordinaria de Concejo Municipal de fecha 03 de octubre 2025, la carta de la representante