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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 08 DE OCTUBRE DEL AÑO 2025 (08/10/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 124

TEXTO PAGINA: 96

96 NORMAS LEGALES Miércoles 8 de octubre de 2025 El Peruano / fi nalidad. Dicha Resolución o Acuerdo se publica en su portal institucional. Los Gobiernos Locales que carezcan de página web realizarán la citada publicación en carteles impresos ubicados en su local institucional; Que, así mismo el numeral 70.2 del artículo 70° del Decreto Legislativo referido en el párrafo precedente, precisas que la Entidad bene fi ciaria de la donación es responsable de garantizar el fi nanciamiento de las contrapartidas derivadas de la donación con cargo a su presupuesto institucional, de ser el caso; Que, conforme a lo establecido por la acotada disposición, las donaciones dinerarias se aceptan mediante Acuerdo del Consejo Regional, para lo cual, en concordancia con lo establecido, en las disposiciones citada en los considerandos precedente, la Gerencia Regional de Presupuesto expresa la opinión favorable para su aceptación mediante Informe N° 000185-2025- GRLL- GGR-GRP, de fecha 07 de julio del 2025; Que, de acuerdo al Informe Legal N°00233-2025- GRLL-GGR-GRAJ-MMCA, de fecha 09 de julio del 2025, la adjunta de la Gerencia Regional de Asesoría Jurídica es de la opinión PROCEDENTE el proyecto de Acuerdo de Consejo Regional que ACUERDA: ACEPTAR LA DONACIÓN DINERARIA de NATURE AND CULTURE INTERNATIONAL, ascendente a la suma de S/. 8,000.00, destinada a fi nanciar las intervenciones para implementar mecanismos e instrumentos de colaboración interinstitucional para promover el desarrollo de actividades y estudios, orientados al establecimiento de una propuesta de Área de Conservación Regional para conservar la diversidad biológica, ubicada en los distritos de Longotea, Ucuncha y Bolívar, provincia de Bolívar, departamento de La Libertad; en el marco del “Convenio especí fi co de cooperación interinstitucional entre el Gobierno Regional de La Libertad y Nature And Culture International para el apoyo en el establecimiento de un área de conservación regional en la provincia de Bolívar”; Rati fi cado por el Gerente de Asesoría Jurídica según O fi cio N° 001197-2025-GRLL- GGR-GRAJ. En tal sentido, el Consejo Regional del Gobierno Regional de La Libertad, en uso de sus atribuciones conferidas por los artículos 191° y 192° de la Constitución Política del Perú, Ley N° 27867 Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modi fi catorias; y los artículos 23° y 64° del Reglamentos Interno del Consejo Regional La Libertad, aprobado con Ordenanza Regional N° 005-2010-GRLL/CR y demás normas complementarias, con dispensa de lectura y aprobación de acta, el Pleno del Consejo Regional ACORDÓ POR MAYORÍA: Artículo Primero.- ACEPTAR LA DONACIÓN DINERARIA DE LA ONG NATURE AND CULTURE INTERNATIONAL ascendente a la suma de OCHO MIL Y 00/100 SOLES (S/. 8,000.00), destinada a fi nanciar las intervenciones de implementar los mecanismos e instrumentos de colaboración interinstitucional para promover el desarrollo de actividades y estudios orientados al establecimiento de una propuesta de Área de Conservación Regional para conservar la diversidad biológica. Ubicada en los distritos de Longotea, Ucuncha y Bolívar, provincia de Bolívar, departamento de La Libertad; en el marco del “Convenio especí fi co de cooperación interinstitucional entre el Gobierno Regional de La Libertad y Nature And Culture International para el apoyo en el establecimiento de un área de conservación regional en la provincia de Bolívar”. Artículo Segundo.- DISPONER que la Gerencia Regional de Presupuesto, proceda a la incorporación hasta por monto de la donación ascendente a OCHO MIL Y 00/100 SOLES (S/. 8,000.00) al Presupuestal Institucional de la Unidad Ejecutora 001-831: REGION LA LIBERTAD- SEDE CENTRAL conforme a lo establecido en la Cláusula Sexta: “Monto y Uso de la Donación” para el pago de 10 días de comisión por salidas de campo (S/. 800.00 por cada salida) en el marco de “Convenio especí fi co de cooperación interinstitucional entre el Gobierno Regional de La Libertad y Nature And Culture International para el apoyo en el establecimiento de un área de conservación regional en la provincia de Bolívar”. Artículo Tercero.- ESTABLECER que la Gerencia Regional de Ambiente es responsable de garantizar que los recursos donados se destinen en forma exclusiva al pago de lo establecido en Cláusula Sexta: “Monto y Uso de la Donación”, en el marco de un “Convenio especí fi co de cooperación interinstitucional entre el Gobierno Regional de La Libertad y Nature And Culture International para el apoyo en el establecimiento de un área de conservación regional en la provincia de Bolívar”. Artículo Cuarto.- DIFUNDIR el presente Acuerdo Regional en el Diario O fi cial El Peruano y a través del portal electrónico del Gobierno Regional de La Libertad. POR TANTO:Registre, notifíquese y cúmplase. TANIA LORENA CARRANZA BLAS Presidenta del Consejo Regional 2445663-1 Aprueban opinión de relevancia de la Iniciativa Privada del Proyecto en Activos denominada “Ciudad Santa Catalina - Trujillo” ACUERDO REGIONAL N° 000228-2025- GRLL-CR Trujillo, 16 de setiembre del 2025 APROBAR LA OPINIÓN DE RELEVANCIA LA INICIATIVA PRIVADA DE PROYECTO EN ACTIVOS “CIUDAD SANTA CATALINA - TRUJILLO” El Consejo Regional del Gobierno Regional de La Libertad, en su Sesión Ordinaria de fecha 11 de septiembre del 2025; VISTO Y DEBATIDO el O fi cio N° 082-2025-GRLL-CR-CPPE, que contiene el Dictamen de la Comisión Ordinaria de Proyectos y Programas Especiales, recaído en el Proyecto de Acuerdo Regional, relativo a Aprobar la Opinión de Relevancia de la iniciativa privada de Proyectos en Activos denominada “Ciudad Santa Catalina-Trujillo” CONSIDERANDO:Que, conforme a lo establecido en el artículo 191° de la Constitución Política del Estado y artículo 2° de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, Ley N° 27867 y sus modi fi catorias, los Gobiernos Regionales son personas jurídicas de derecho público con autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia; Que, la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, Ley Nº 27867, en su artículo promover la inversión privada nacional y extranjera dirigidos a lograr el crecimiento artículo 45º, literal b) numeral 4, la función general de la promoción de nacional y extranjero, orientada a impulsar el desarrollo de los recursos aprobar, ejecutar, evaluar, dirigir, controlar y administrar los planes y políticas en materia de transportes de la región, de conformidad con las políticas; Que, el Decreto Legislativo Nº 1362, tiene por objeto regular el marco institucional y los procesos para el desarrollo de proyectos de inversión bajo las modalidades de Asociación Púbico Privada y Proyectos en Activos; Que, mediante Decreto Supremo Nº 240-2018-EF se aprueba el Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1362 que Regula la Promoción de la Inversión Privada mediante Asociaciones Público Privadas y Proyectos en Activos; Que, mediante Decreto Supremo Nº 211-2022-EF se modi fi ca el Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1362 aprobado mediante el Decreto Supremo N° 240-2018-EF; Que, el numeral 8.3 del artículo 8º del citado Decreto Legislativo, establece que, tratándose de Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, las facultades del Organismo Promotor de la inversión Privada se ejercen a