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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 24 DE OCTUBRE DEL AÑO 2025 (24/10/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 84

TEXTO PAGINA: 27

27 NORMAS LEGALES Viernes 24 de octubre de 2025 El Peruano / Arguedas, adoptar las acciones correspondientes para el cumplimiento de la presente resolución. Regístrese, comuníquese y archívese. EDGAR LUIS MARTÍNEZ HUAMÁN Rector RODNEY VELIZ MONTESINOS Secretario General 2449756-1 Autorizan viaje de docente de la Universidad Nacional Agraria La Molina para participar en eventos que se realizarán en Brasil UNIVERSIDAD NACIONAL AGRARIA LA MOLINA RECTORADO RESOLUCIÓN N° 0704-2025 -R-UNALM La Molina, 9 de octubre de 2025CONSIDERANDO: Que, mediante Ley 27619 se regula la autorización de viajes al exterior de los funcionarios y servidores públicos o representantes del Estado que irrogue gastos al Tesoro Público y que se encuentren comprendidos en las entidades públicas sujetas al ámbito de control de la Ley del Presupuesto del Sector Público; y se dispone la publicación de las resoluciones de autorización de viaje en el Diario O fi cial El Peruano; Que, mediante Resolución N° 151-25/Fa.Pe de fecha 18 de setiembre de 2025, la Facultad de Pesquería otorga Comisión de Servicios, del 17 al 21 de noviembre de 2025, al Dr. Jaime Humberto Mendo Aguilar, Profesor Principal Dedicación Exclusiva, en el Departamento Académico de Manejo Pesquero y Medio Ambiente, a fi n de que asista a la “XIII FIRMA SANTA CATARINA – BRASIL 2025” y participe como conferencista sobre “Tendencias y desafíos de la pesquería en Iberoamérica con énfasis en el Perú “ en el “Foro Iberoamericano de los Recursos Marinos y la Acuicultura (FIRMA)”, a realizarse del 17 al 21 de noviembre de 2025, en la ciudad de Florianópolis, Estado de Santa Catarina, Brasil; Que, mediante Carta N° 047-2025/UI-Fa.Pe., la directora de la Unidad de Investigación de la Facultad de Pesquería, solicita al Vicerrectorado de Investigación el apoyo económico para el fi nanciamiento de pasajes aéreos y viáticos a favor del Dr. Jaime Humberto Mendo Aguilar, conforme a lo señalado en el considerando precedente; Que, mediante Comunicación N° 1562-2025-VRI, de fecha 09 de octubre de 2025, el Vicerrectorado de Investigación en atención a la Carta N.º 0140-2025-DFI- VRI de la Dirección de Fomento de la Investigación, que otorga la conformidad de fi nanciamiento a la solicitud del Dr. Jaime Humberto Mendo Aguilar, presentado por la Unidad de Investigación de la Facultad de Pesquería, hace de conocimiento que asumirá a través de la Fuente de Financiamiento 1.00 - Recursos Ordinarios de la unidad operativa 01.900.00.00 del Vicerrectorado de Investigación, hasta por un importe de S/ 2 772.00 (Dos mil setecientos setenta y dos y 00/100 soles) los gastos de viáticos y pasajes aéreos (ida y vuelta) del 15 al 22 de noviembre de 2025, conforme a la escala de viáticos establecidos en el Decreto Supremo N° 056-2013-PCM; Que, de conformidad con lo establecido en el literal q) del artículo 487 y literal b) del artículo 314 del Reglamento General de la UNALM y estando a las atribuciones conferidas al señor rector, como titular del pliego; SE RESUELVE:Artículo 1.- Autorizar el viaje al exterior en Comisión de Servicios, del 15 al 22 de noviembre de 2025, al Dr. Jaime Humberto Mendo Aguilar, Profesor Principal Dedicación Exclusiva, en el Departamento Académico de Manejo Pesquero y Medio Ambiente de la Facultad de Pesquería, a fi n de que asista a la “XIII FIRMA SANTA CATARINA – BRASIL 2025” y participe como conferencista sobre “Tendencias y desafíos de la pesquería en Iberoamérica con énfasis en el Perú “ en el “Foro Iberoamericano de los Recursos Marinos y la Acuicultura (FIRMA)”, a realizarse, del 17 al 21 de noviembre de 2025, en la ciudad de Florianópolis, Estado de Santa Catarina, Brasil. Artículo 2.- Otorgar Comisión de Servicios, del 17 al 21 de noviembre de 2025, al Dr. Jaime Humberto Mendo Aguilar, conforme a lo señalado en el artículo precedente de la presente resolución. Artículo 3.- El Vicerrectorado de Investigación asumirá los gastos de viáticos y pasajes aéreos (ida y vuelta) del 15 al 22 de noviembre de 2025, del Dr. Jaime Humberto Mendo Aguilar, a través de la Fuente de Financiamiento 1.00 - Recursos Ordinarios de la unidad operativa 01.900.00.00 del Vicerrectorado de Investigación. Artículo 4.- El comisionado deberá presentar un informe ante la Facultad de Pesquería, con copia al Vicerrectorado de Investigación de esta Universidad, dentro de los quince (15) días calendario, contados a partir de su retorno al país, describiendo las actividades desarrolladas en el viaje que por la presente resolución se autoriza. Artículo 5.- Disponer la publicación de la presente resolución en el Diario O fi cial El Peruano, de conformidad con la normativa vigente. Regístrese, comuníquese y archívese. HÉCTOR ENRIQUE GONZÁLES MORA Rector(i) JORGE PEDRO CALDERÓN VELÁSQUEZ Secretario General 2451374-1 Autorizan viaje de Jefe de la Oficina de Cooperación y Relaciones Internacionales de la Universidad Nacional de Moquegua a Chile, en comisión de servicios UNIVERSIDAD NACIONAL DE MOQUEGUA RESOLUCIÓN DE CONSEJO UNIVERSITARIO Nº 743-2025-CU Moquegua, 16 de octubre de 2025VISTOS: El Proveído Nº D4157-2025 de fecha 14 de octubre de 2025 emitido por el Rectorado, Informe Nº D2048-2025- UNAM- R-OPP de fecha 14 de octubre de 2025 emitido por el Jefe de la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto, Informe Nº D1801-2025-UNAM-R-OPP-UP de fecha 14 de octubre de 2025 emitido por el Jefe de la Unidad de Presupuesto, Informe Nº D0416-2025-UNAM-R-OCRI de fecha 02 de octubre de 2025 emitido por el Jefe de la O fi cina de Cooperación y Relaciones Internacionales, el Acuerdo del Pleno del Consejo Universitario en Sesión Extraordinaria Nº 039-2025-SE-CU-UNAM, de fecha 15 de octubre de 2025, y; CONSIDERANDO:Que, conforme al 4to. párrafo del artículo 18, de la Constitución Política del Perú, dispone que cada Universidad es autónoma en su régimen normativo, de gobierno, académico, administrativo y económico. Y el artículo 8º de la Ley Nº 30220 - Ley Universitaria, establece que la referida autonomía inherente a las Universidades, se ejerce de conformidad con la Constitución y demás normativa aplicable. Concordante con el artículo 1, de la Ley Nº 31520, Ley que establece la autonomía y la institucionalidad de las universidades peruanas, así como