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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 25 DE OCTUBRE DEL AÑO 2025 (25/10/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 100

TEXTO PAGINA: 34

34 NORMAS LEGALES Sábado 25 de octubre de 2025 El Peruano / VPD-DIGRIN-LLLU, la Dirección General de Relaciones Internacionales emite opinión favorable para la autorización de viaje al exterior referida en los considerandos precedentes; Que, mediante el Informe Legal N° 02158-2025- MINDEF/SG-OGAJ, la O fi cina General de Asesoría Jurídica considera que resulta legalmente viable emitir la resolución ministerial que autorice el presente viaje al exterior, en comisión de servicio, por encontrarse conforme al marco normativo sobre la materia; Con el visado del Despacho Viceministerial de Políticas para la Defensa, de la Dirección General de Relaciones Internacionales, y de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con el Decreto Legislativo N° 1134, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley N° 32185, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025; la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y su reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, que aprueba normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y modi fi catoria; y el Decreto Supremo N° 002-2004-DE/SG, que aprueba el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, y sus modi fi catorias. SE RESUELVE:Artículo 1.- Autorizar el viaje al exterior, en comisión de servicio, del personal militar titular y suplente que se detalla en la relación nominal del Anexo, que forma parte integrante de la presente resolución ministerial, para participar en la reunión de intercambio de experiencias relacionadas a la metodología empleada para llevar a cabo el Planeamiento Estratégico en el corto, mediano y largo plazo en los Estados Mayores Generales de la Armada Argentina y la Marina de Guerra del Perú, a realizarse en la ciudad de Buenos Aires, República Argentina, del 10 al 12 de noviembre de 2025; así como, autorizar su salida del país el 9 de noviembre y su retorno el 13 de noviembre de 2025. Artículo 2.- La participación del personal militar suplente queda supeditada a la imposibilidad de la participación del personal militar titular. Artículo 3.- La Marina de Guerra del Perú efectúa los pagos que correspondan con cargo al Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2025, de acuerdo a los siguientes conceptos: Pasajes aéreos: Lima - Buenos Aires (República Argentina) - Lima (Clase económica)US$ 1,003.31 x 3 personas US$ 3,009.93 Viáticos : US$ 370.00 x 3 personas x 3 días US$ 3,330.00 ------------------ Total a pagar: US$ 6,339.93 Artículo 4.- El Comandante General de la Marina de Guerra del Perú queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se re fi ere el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial, sin incrementar el tiempo de autorización, sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje ni el nombre del personal autorizado. Artículo 5.- El personal naval comisionado más antiguo debe cumplir con presentar un informe detallado ante el titular de la entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los quince (15) días calendario contados a partir de la fecha de retorno al país. Artículo 6.- La presente autorización no otorga derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese.CÉSAR FRANCISCO DÍAZ PECHE Ministro de DefensaAnexo RELACIÓN DEL PERSONAL NAVAL QUE PARTICIPARÁ EN LA REUNIÓN DE INTERCAMBIO DE EXPERIENCIAS RELACIONADAS A LA METODOLOGÍA EMPLEADA PARA LLEVAR A CABO EL PLANEAMIENTO ESTRATÉGICO EN EL CORTO, MEDIANO Y LARGO PLAZO EN LOS ESTADOS MAYORES GENERALES DE LA ARMADA ARGENTINA Y LA MARINA DE GUERRA DEL PERÚ, A REALIZARSE EN LA REPÚBLICA ARGENTINA Personal Titular: N° Grado Apellidos y Nombres CIP. DNI. 1 Vicealmirante Julio César CACHO MORÁN 01877434 43330965 2Capitán de FragataFrancisco Leonidas DELGADO DE LA VEGA00916729 10736144 3Teniente PrimeroJuan Carlos Abraham ADRIANZEN PERRY01011935 70458503 Personal Suplente: N° Grado Apellidos y Nombres CIP. DNI. 1 Contralmirante Mario Héctor CACHO PELLA 00896755 43525479 2Capitán de FragataBryant Raúl ASCARZA REVOREDO 00014060 43306027 3Capitán de CorbetaHéctor Abel POMA GAMBOA 00021799 44619721 2452011-1 Establecen área de canal de acceso de ingreso y salida de naves en la caleta “Lobo Varado”, ubicado en el distrito de Pucusana, provincia y departamento de Lima, de la jurisdicción de la Capitanía de Puerto del Callao RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 795-2025 MGP/ DICAPI 23 de octubre del 2025 Visto, el O fi cio Nº D00514/21, del Capitán de Puerto del Callao, de fecha 26 de junio del 2025, mediante el cual propone la asignación de UN (1) área de canal de acceso de naves en el Puerto del Callao. CONSIDERANDO: Que, el anexo “E” de la Resolución Directoral N º 234- 2020-MGP/DGCG de fecha 23 de julio del 2020, establece la jurisdicción de la Capitanía de Puerto del Callao; así como, las diferentes áreas de fondeaderos para las distintas clases de naves, de acuerdo a su tipo, estado, clase de cargamento y operaciones a realizar, conforme a las coordenadas geográ fi cas referidas al (DATUM WGS- 84) apreciados en el citado anexo de la referida resolución directoral; Que, mediante la Resolución Directoral Nº 614- 2023-MGP/DICAPI de fecha 6 de octubre del 2023, se resolvió modi fi car las Áreas Nº 2A (zona de fondeadero para embarcaciones de 01.00 a 10.00 de arqueo bruto – bahía de Pucusana), Nº 3A (zona de fondeadero para embarcaciones de 10.00 hasta 32.50 de arqueo bruto – bahía de Pucusana) y Nº 3B (zona de fondeadero para embarcaciones mayores de 32.50 de arqueo bruto – bahía de Pucusana), establecidas en el anexo “E” – Capitanía de Puerto del Callao, conforme a la Resolución Directoral Nº 234-2020-MGP/DGCG de fecha 23 de julio del 2020; Que, mediante la Resolución Directoral Nº 401- 25-MGP/DICAPI de fecha 23 de mayo del 2025, esta Dirección General resolvió establecer la reubicación de las áreas de fondeaderos, aprobadas mediante la Resolución