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31 NORMAS LEGALES Viernes 31 de octubre de 2025 El Peruano / RELACIONES EXTERIORES Definen la categoría de la Oficina Consular del Perú en Orlando, Estados Unidos de América RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 167-2025-RE Lima, 30 de octubre de 2025CONSIDERANDO:Que, el numeral 2 del artículo 4 de la Convención de Viena sobre Relaciones Consulares del 24 de abril de 1963, establece que la sede de la o fi cina consular, su clase y la circunscripción consular, las fi jará el Estado que envía y serán aprobadas por el Estado receptor; Que, el artículo 30 del Reglamento Consular del Perú, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 032-2023-RE, establece que la sede y circunscripción de las O fi cinas Consulares se determinan por Decreto Supremo, en tanto que la categoría por Resolución Suprema, siendo que ambos dispositivos son propuestos por el órgano de línea consular; Que, el artículo 25 del Reglamento Consular del Perú establece que las O fi cinas Consulares tienen las categorías siguientes: a) Consulado General; b) Consulado; c) Sección Consular; y, d) Agencia Consular; Que, el artículo 32 del Reglamento Consular del Perú dispone que el establecimiento, sede, categoría y circunscripción de una Misión Consular, así como su modi fi cación, requieren el consentimiento o la aprobación del Estado receptor; Que, mediante Decreto Supremo Nº 043-2025- RE, publicado el 28 de octubre de 2025, se dispone el establecimiento de la O fi cina Consular del Perú en Orlando, Estados Unidos de América, y fi ja su circunscripción consular en los Condados de Escambia, Santa Rosa, Okaloosa, Walton, Holmes, Washington, Bay, Jackson, Calhoun, Gulf, Gadsden, Liberty, Franklin, Leon, Wakulla, Je ff erson, Madison, Taylor, Hamilton, Suwannee, Lafayette, Dixie, Columbia, Gilchrist, Levy, Citrus, Hernando, Baker, Union, Bradford, Alachua, Marion, Sumter, Nassau, Duval, Clay, Putnam, Lake, Polk, Saint Johns, Flagler, Volusia, Seminole, Orange, Osceola y Brevard del Estado de Florida del citado país; Que, mediante Nota Diplomática Nº 25-2129, de 24 de septiembre de 2025, la O fi cina de Misiones Extranjeras (OFM) del Departamento de Estado, otorga su consentimiento para establecer una O fi cina Consular del Perú en Orlando, Estados Unidos de América; Que, mediante Memorándum Nº OPP019922025, de 5 de agosto de 2025, la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto informa que el Pliego 008 Ministerio de Relaciones Exteriores cuenta con recursos disponibles para la apertura del Consulado General del Perú en Orlando, con cargo a la fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios, Finalidad (0107175); Con la opinión favorable de la Dirección General de Comunidades Peruanas en el Exterior y Asuntos Consulares; y, el consentimiento de las autoridades competentes de los Estados Unidos de América; De conformidad con lo dispuesto en el numeral 8 del artículo 118 de la Constitución Política del Perú; la Convención de Viena sobre Relaciones Consulares; y, en el Reglamento Consular del Perú, aprobado por Decreto Supremo Nº 032-2023-RE; SE RESUELVE: Artículo 1.- De fi nición de categoría de la O fi cina Consular del Perú en Orlando Se de fi ne que la categoría de la O fi cina Consular del Perú en Orlando, Estados Unidos de América, es la de Consulado General, a cargo de un funcionario consular de carrera.Artículo 2.- Asignación de recursos Se dispone la asignación de recursos necesarios para la apertura y funcionamiento del Consulado General del Perú en Orlando, Estados Unidos de América, con cargo al Pliego Presupuestario del Ministerio de Relaciones Exteriores. Artículo 3.- Refrendo La presente Resolución Suprema refrendada por el Ministro de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ ENRIQUE JERÍ ORÉ Presidente de la República HUGO CLAUDIO DE ZELA MARTÍNEZ Ministro de Relaciones Exteriores 2453912-1 Delegan facultades para suscribir el Acuerdo de Alcance Parcial sobre Transporte Internacional Terrestre. Protocolo Adicional que modifica el Anexo I sobre Aspectos Aduaneros del “Acuerdo sobre Transporte Internacional Terrestre” RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 168-2025-RE Lima, 30 de octubre de 2025Vista la Hoja de Trámite (GAC) Nº. 4412, de 30 de setiembre de 2025, del Despacho Viceministerial de Relaciones Exteriores; el Memorándum Nº DAE015182025, de 26 de setiembre de 2025, de la Dirección General para Asuntos Económicos; el Memorándum Nº DGT013362025 de 1 de octubre de 2025, de la Dirección General de Tratados; y el Memorándum Nº LEG021232025, de 6 de octubre de 2025, de la O fi cina General de Asuntos Legales; Debiendo ser suscrito el Acuerdo de Alcance Parcial sobre Transporte Internacional Terrestre. Protocolo Adicional que modi fi ca el Anexo I sobre Aspectos Aduaneros del “Acuerdo sobre Transporte Internacional Terrestre”, adoptado en la ciudad de Montevideo, República Oriental del Uruguay, el 1 de enero de 1990; De conformidad con lo establecido en el artículo 5.6 de la Ley Nº 29357, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores, y el Decreto Supremo Nº 031-2007-RE, por el cual se “Adecúan normas nacionales sobre el otorgamiento de Plenos Poderes al derecho internacional contemporáneo”; Estando a lo acordado; SE RESUELVE:Artículo 1.- Delegar en la señora Embajadora en el Servicio Diplomático de la República, Elizabeth Alice González Porturas, Representante Permanente del Perú ante la Asociación Latinoamericana de Integración (ALADI), las facultades su fi cientes para que suscriba, en representación del Estado peruano, el Acuerdo de Alcance Parcial sobre Transporte Internacional Terrestre. Protocolo Adicional que modi fi ca el Anexo I sobre Aspectos Aduaneros del “Acuerdo sobre Transporte Internacional Terrestre”, adoptado en la ciudad de Montevideo, República Oriental del Uruguay, el 1 de enero de 1990. Artículo 2.- Otorgar los Plenos Poderes correspondientes a la señora Embajadora en el Servicio Diplomático de la República, Elizabeth Alice González Porturas, Representante Permanente del Perú ante la Asociación Latinoamericana de Integración (ALADI). Artículo 3.- La presente Resolución Suprema es refrendada por el señor Ministro de Estado en el Despacho de Relaciones Exteriores.