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37 NORMAS LEGALES Viernes 31 de octubre de 2025 El Peruano / capacitación laboral en sus distintas modalidades: presencial, no presencial o semipresencial, orientada al fortalecimiento de las competencias laborales para la población en situación de pobreza extrema, pobreza y/o vulnerabilidad sociolaboral; b) Desarrollar acciones para la certi fi cación de las competencias laborales; c) Desarrollar acciones de promoción para el autoempleo productivo a través de capacitación, asistencia técnica y acompañamiento para las y los bene fi ciarios (…)”; Que, el literal w) del numeral 13.1 del artículo 13 de la Ley Nº 32185, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025, autoriza, de manera excepcional, entre otras, las transferencias fi nancieras que realice el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo para cubrir los costos realizados por las entidades públicas con las cuales el Programa Nacional de Empleo “Jóvenes Productivos” suscriba convenios de colaboración interinstitucional, en el marco de lo establecido en la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, para los procesos de formación, capacitación y evaluación en materia educativa, y de capacitación en competencias básicas y transversales para el empleo; estableciendo el numeral 13.2 del citado artículo, que dichas transferencias fi nancieras autorizadas, se realizan, en el caso de las entidades del Gobierno Nacional, mediante resolución del titular del pliego, requiriéndose el informe previo favorable de la O fi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en la entidad, y que, dicha resolución se publica en el Diario Ofi cial El Peruano; Que, el literal e) del artículo 8 del Manual de Operaciones del Programa Nacional de Empleo “Jóvenes Productivos”, señala que, la Dirección Ejecutiva tiene, entre otras funciones, celebrar convenios con entidades públicas nacionales o extranjeras, así como con personas naturales o jurídicas; Que, con fecha 22 de julio de 2025, el Programa Nacional de Empleo “Jóvenes Productivos” suscribe el Convenio Nº 006-2025-MTPE/PNEJP, Convenio de Colaboración Interinstitucional entre el citado Programa y la Universidad Nacional de Piura; con la fi nalidad de brindar el Servicio de Capacitación Laboral en la Modalidad Dual con Inserción Directa, Capacitación Dual con Modalidad Formativa y Capacitación Regular con Inserción Directa, para los bene fi ciarios del Programa, conforme a las características técnicas del convenio antes citado; Que, en ese sentido, con Resolución Ministerial Nº 000119-2025-TR de fecha 04 de agosto de 2025, se aprueba la Primera Transferencia Financiera de la Unidad Ejecutora 002: Programa Nacional de Empleo “Jóvenes Productivos”, hasta por la suma de S/ 270 471,00 (DOSCIENTOS SETENTA MIL CUATROCIENTOS SETENTA Y UNO Y 00/100 SOLES), que corresponde al 80% del monto total del fi nanciamiento del Convenio Nº 006-2025-MTPE/PNEJP; Que, a través de la Resolución Directoral Nº 000041- 2025-MTPE/3/24.2, se aprueba el PROTOCOLO Nº 002-2025-MTPE/PNEJP/UTO: “Protocolo de las Acciones de Liquidación de Convenios de Colaboración Interinstitucional suscritos en el marco de los servicios que brinda el Programa Nacional de Empleo “Jóvenes Productivos”, el cual tiene como objetivo determinar las acciones para la liquidación de los convenios de colaboración interinstitucional suscritos entre el Programa Nacional de Empleo “Jóvenes Productivos” (PNEJP) y las Entidades de Capacitación (ECAPS) o Centros de Certi fi cación de Competencias Laborales (CCCL), para la ejecución de los servicios de Capacitación Laboral, Capacitación y Asistencia Técnica para el Autoempleo Productivo y Certi fi cación de Competencias Laborales; Que, mediante O fi cio Nº 000669-2025-MTPE/3/24.2, la Dirección Ejecutiva del Programa Nacional de Empleo “Jóvenes Productivos” solicita al Despacho Viceministerial de Promoción del Empleo y Capacitación Laboral, la emisión de la Resolución Ministerial que apruebe el desembolso de la segunda Transferencia Financiera a favor de la Universidad Nacional de Piura, en el marco del Convenio de Colaboración Interinstitucional Nº 006-2025-MTPE/PNEJP, por el monto ascendente a S/ 48 366,00 (CUARENTA Y OCHO MIL TRESCIENTOS SESENTA Y SEIS Y 00/100 SOLES), de acuerdo a la liquidación fi nal efectuada por el citado Programa; para cuyo efecto, adjunta los informes técnicos de las unidades funcionales competentes que sustentan dicha transferencia; Que, mediante Memorándum Nº 001451-2025- MTPE/4/9, la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto hace suyo el Informe Nº 000534-2025-MTPE/4/9.2 de la O fi cina de Presupuesto, que contiene la opinión favorable en materia presupuestaria; Que, en mérito a las consideraciones expuestas y a los antecedentes que se acompañan a la presente, la Ofi cina General de Asesoría Jurídica mediante la Hoja de Elevación Nº 000982-2025-MTPE/4/8 hace suyo el Informe Nº 000087-2025-MTPE/4/8-IGF que contiene la opinión legal favorable sobre la emisión del acto de administración solicitado; Con las visaciones del Despacho Viceministerial de Promoción del Empleo y Capacitación Laboral, de la Secretaría General, de la Dirección Ejecutiva del Programa Nacional de Empleo “Jóvenes Productivos”, de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto, y de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 29381, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; la Ley Nº 32185, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025; y la Resolución Ministerial Nº 194-2024-TR, que actualiza el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; SE RESUELVE:Artículo 1.- Transferencia fi nanciera Aprobar la segunda Transferencia Financiera de la Unidad Ejecutora 002: Programa Nacional de Empleo “Jóvenes Productivos”, hasta por la suma de S/ 48 366,00 (CUARENTA Y OCHO MIL TRESCIENTOS SESENTA Y SEIS Y 00/100 SOLES), en el marco del Convenio Nº 006-2025-MTPE/PNEJP, de acuerdo a la liquidación fi nal efectuada por el citado Programa, en la Fuente de Financiamiento 1: Recursos Ordinarios, a favor de la Universidad Nacional de Piura, con quien se ha suscrito el citado Convenio de Colaboración Interinstitucional, conforme al Anexo que forma parte integrante de la presente resolución ministerial. Artículo 2.- Financiamiento La Transferencia Financiera aprobada en el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial se atiende con cargo al presupuesto aprobado en el presente Año Fiscal 2025 del Pliego 012: Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, Unidad Ejecutora 002: Programa Nacional de Empleo “Jóvenes Productivos”, Categoría Programa Presupuestal 0116: “Mejoramiento de la Empleabilidad e Inserción Laboral PROEMPLEO”, Producto 3000576: “Personas con competencias laborales para el empleo dependiente formal en ocupaciones básicas”, Actividad 5006246: “Fortalecimiento de Capacidades Laborales para la Empleabilidad de la Población en edad de Trabajar”, Categoría Gasto: 5. Gasto Corriente, Genérica de Gasto: 2.4 Donaciones y Transferencias, en la Fuente de Financiamiento: 1 Recursos Ordinarios. Artículo 3.- Limitación al uso de los recursos Los recursos públicos de la Transferencia Financiera aprobada por el artículo 1 de la presente resolución ministerial, no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fi nes distintos para los cuales son transferidos. Artículo 4.- Seguimiento Disponer que el Programa Nacional de Empleo “Jóvenes Productivos”, realice la supervisión, seguimiento, control, monitoreo y veri fi cación del cumplimiento de los fi nes y metas para los cuales se trans fi eren los recursos. En caso de detectar el incumplimiento de las obligaciones que corresponden a la Entidad de Capacitación, dispondrá las acciones establecidas en el respectivo convenio y en el marco legal vigente.