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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 31 DE OCTUBRE DEL AÑO 2025 (31/10/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 152

TEXTO PAGINA: 69

69 NORMAS LEGALES Viernes 31 de octubre de 2025 El Peruano / la Sunarp; asimismo, señala que la resolución debe ser publicada en el Diario O fi cial El Peruano, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 10 y el literal y) del artículo 11 del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones de la Sunarp, y lo establecido en el numeral 21.1 del artículo 21 del precitado Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo N° 009-2024-JUS; De conformidad con la Ley N° 26366, Ley de creación del Sistema Nacional de los Registros Públicos y de la Superintendencia de los Registros Públicos; el Reglamento que establece disposiciones sobre publicación y difusión de normas jurídicas de carácter general, resoluciones y proyectos normativos, aprobado por el Decreto Supremo N° 009-2024-JUS; y el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos, actualizado por la Resolución N° 00125-2024-SUNARP/SN; con el visado de la Gerencia General, Dirección Técnica Registral y de la Ofi cina de Asesoría Jurídica; SE RESUELVE:Artículo 1.- Publicación Disponer la publicación del proyecto normativo de modi fi cación del Reglamento de Inscripciones del Registro de Derechos Mineros y su Exposición de Motivos en la sede digital de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos (www.gob.pe/sunarp), el mismo día de la publicación de la presente resolución en el Diario O fi cial El Peruano. Artículo 2.- Recepción de comentarios, aportes u opiniones Establecer el plazo de quince (15) días calendario, contado a partir del día siguiente de la publicación de la presente resolución, para recibir los comentarios, aportes u opiniones de las entidades públicas y/o privadas y de la ciudadanía en general; los mismos que pueden ser presentados a través de las o fi cinas de trámite documentario de las o fi cinas registrales de todo el país, así como, a través de la mesa de partes virtual de la Sunarp (https://mesadetramite.sunarp.gob.pe/) o, remitidas a los correos electrónicos: ggutierrez@sunarp. gob.pe y mpanay@sunarp.gob.pe Artículo 3.- Órgano responsable Encargar a la Subdirección de Normativa Registral de la Dirección Técnica Registral recibir, procesar y sistematizar los comentarios, aportes u opiniones que se presenten. Regístrese, comuníquese y publíquese.ARMANDO MIGUEL SUBAUSTE BRACESCO Superintendente Nacional 2453883-1 PODER JUDICIAL CONSEJO EJECUTIVO DEL PODER JUDICIAL Prorrogan el funcionamiento de órganos jurisdiccionales transitorios de descarga procesal de diversas Cortes Superiores de Justicia, y dictan otras disposiciones Consejo Ejecutivo RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 000383-2025-CE-PJ Lima, 28 de octubre del 2025VISTO: El O fi cio Nº 000706-2025-OPJ-CNPJ-CE-PJ, que adjunta el Informe Nº 000048-2025-OPJ-CNPJ-CE-PJ, del jefe de la O fi cina de Productividad Judicial, concerniente a las propuestas de prórroga de órganos jurisdiccionales transitorios con vencimiento al 31 de octubre de 2025. CONSIDERANDO: Primero. Que, mediante Resoluciones N°s. 146-2025-CE-PJ, 070-2025-P-CE-PJ, 208-2025-CE-PJ, 270-2025-CE-PJ y 300-2025-CE-PJ se prorrogó hasta el 31 de octubre de 2025 el funcionamiento de diversos órganos jurisdiccionales transitorios que se encuentran bajo la competencia de la Comisión Nacional de Productividad Judicial. Segundo. Que, la evaluación de la prórroga de funcionamiento de los órganos jurisdiccionales transitorios se realiza en función a los datos estadísticos correspondientes al período de agosto de 2025, con fecha de corte de información al 4 de setiembre de 2025, siendo el avance ideal en dicho período del 64%; asimismo, para la evaluación de los órganos jurisdiccionales transitorios también se consideran aspectos tales como cambios de magistrado y de especialidad, redistribución de expedientes, promedio de avance de meta ajustada del órgano jurisdiccional versus sus homólogos, incremento considerable del número de expedientes resueltos por mes y carga pendiente, por lo que para determinar los plazos de prórroga de los órganos jurisdiccionales transitorios, se toman en cuenta los siguientes intervalos: INTERVALOS PARA EVALUACIÓN DE ÓRGANOS JURISDICCIONALES TRANSITORIOS CON DATA ESTADÍSTICA AL MES DE AGOSTO DE 2025 Para OO.JJs que iniciaron el 01/01/25 o antes: Intervalo Prórroga Avance% ≥ 73% 5 meses 64% ≤ Avance% < 73% 4 meses Avance% < 64% 3 meses Para OO.JJs que iniciaron el 01/06/25: Intervalo Prórroga Avance% ≥ 57% 5 meses 43% ≤ Avance% < 57% 4 meses Avance% < 43% 3 meses Para OO.JJs que iniciaron el 01/07/25: Intervalo Prórroga Avance% ≥ 50% 5 meses 33% ≤ Avance% < 50% 4 meses Avance% < 33% 3 meses Tercero. Que, mediante el O fi cio Nº 000706-2025-OPJ- CNPJ-CE-PJ, el jefe de la O fi cina de Productividad Judicial elevó a este Órgano de Gobierno el Informe Nº 000048-2025-OPJ-CNPJ-CE-PJ, correspondiente a las propuestas de prórrogas de los órganos jurisdiccionales transitorios con vencimiento al 31 de octubre de 2025 y las medidas administrativas complementarias de dichas prórrogas; a través del cual informó lo siguiente: a) El Juzgado Civil Transitorio de la provincia de Bagua de la Corte Superior de Justicia de Amazonas, que inició su funcionamiento el 1 de junio de 2025 con turno cerrado y la misma competencia funcional y territorial que el Juzgado Civil de la misma provincia, presentó al mes de agosto de 2025 un avance de meta del 10%, el cual fue menor al avance ideal del 33% que le corresponde en función al mes en que inició su funcionamiento; asimismo, el Juzgado Civil de la mencionada provincia presentó durante el mismo período un avance de meta del 50%, menor al avance ideal del 64%. b) Mediante el artículo tercero de la Resolución Administrativa Nº 270-2025-CE-PJ de fecha 30 de julio de 2025, se dispuso que el presidente de la Corte Superior de Justicia de Ancash evalúe la idoneidad de todo el personal