NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 04 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2025 (04/09/2025)
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TEXTO PAGINA: 33
33 NORMAS LEGALES Jueves 4 de setiembre de 2025 El Peruano / SE RESUELVE: Artículo 1.- Modi fi cación del TUPA de la Autoridad Nacional del Agua Modi fi car el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) de la Autoridad Nacional del Agua aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2023-MIDAGRI, modi fi cado por Resolución Ministerial Nº 0192-2023-MIDAGRI y Decreto Supremo Nº 002-2025-MIDAGRI, a fi n de modi fi car los procedimientos administrativos: «Prórroga de Autorización de uso de agua», «Prórroga de Autorización de vertimiento de aguas residuales tratadas a los cuerpos naturales de agua» y «Prórroga de Autorización de reúso de agua residual tratada», conforme al Anexo que forma parte integrante de la presente resolución. Artículo 2.- Publicación Publicar la presente resolución en el diario o fi cial «El Peruano» y, la difusión de la resolución con su respectivo anexo en el portal institucional de la Autoridad Nacional del Agua: https//www.gob.pe/ana, y en la Plataforma Digital para orientación al ciudadano del Estado Peruano: www.gob.pe, en la misma fecha de la publicación de la presente resolución en el Diario O fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ GENARO MUSAYÓN AYALA Jefe * El TUPA se publica en la página WEB del Diario Oficial El Peruano, sección Normas Legales. 2434788-1 AUTORIDAD NACIONAL DE SANIDAD E INOCUIDAD EN PESCA Y ACUICUL TURA Modifican el artículo 4 de la Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 000001-2025-SANIPES/PE, sobre delegación de facultad en el Jefe de la Oficina de Administración RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA EJECUTIVA N° 000099-2025- SANIPES/PE Lince, 3 de setiembre de 2025VISTOS: El Informe N° 000504-2025-SANIPES/OA de la O fi cina de Administración, el Informe N° 000220-2025-SANIPES/OPPM-UPM de la Unidad de Planeamiento y Modernización, Memorando N° 000001410-2025-SANIPES/OPPM de la O fi cina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, el Informe N° 000228-2025-SANIPES/OAJ de la O fi cina de Asesoría Jurídica, el Informe N° 000496-2025-SANIPES/GG de la Gerencia General; CONSIDERANDO: Que, mediante Ley N° 30063, se crea la Autoridad Nacional de Sanidad e Inocuidad en Pesca y Acuicultura (en adelante, SANIPES) como organismo técnico especializado adscrito al Ministerio de la Producción, encargado de normar, vigilar, supervisar y fi scalizar en el ámbito de su competencia. Tiene personería jurídica de derecho público interno, con autonomía técnica, funcional, económica, fi nanciera y administrativa, constituyendo pliego presupuestal;Que, a través del Decreto Legislativo N° 1252, se crea el Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones, como sistema administrativo del Estado, con la fi nalidad de orientar el uso de los recursos públicos destinados a la inversión para la efectiva prestación de servicios y la provisión de la infraestructura necesaria para el desarrollo del país; Que, el ítem 1 del numeral 13.3 y el numeral 17.7 del artículo 17 del Reglamento del Decreto Legislativo N° 1252, Decreto Legislativo que crea el Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversión, aprobado por Decreto Supremo N° 284-2018-EF, señala que las UEI cumplen la función, entre otras, de “Elaborar el expediente técnico o documento equivalente de los proyectos de inversión, sujetándose a la concepción técnica, económica y el dimensionamiento contenidos en la fi cha técnica o estudio de preinversión, según corresponda(...)” y que “luego de la aprobación del expediente técnico o documento equivalente, conforme a la normativa de la materia, se inicia la ejecución física de las inversiones” ; Que, mediante Resolución Ministerial N° 477-2017-PRODUCE, se designa, entre otros, a la O fi cina de Administración, como la unidad orgánica del SANIPES que realiza las funciones de Unidad Ejecutora de Inversiones (UEI) del Sector Producción, en el marco del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones; Que, por su parte, el numeral 32.4 del artículo 32 de la Directiva N° 001-2019-EF/63.01, Directiva General del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones, aprobada por Resolución Directoral N° 001-2019-EF/63.01, establece que: “la aprobación del expediente técnico o documento equivalente se realiza de acuerdo a la normativa de organización interna de la entidad o estatuto de la empresa pública a cargo de la ejecución de la inversión” ; Que, el artículo 10 del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del SANIPES, aprobado mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 53-2021-SANIPES/PE, en adelante el ROF, señala que “la Presidencia Ejecutiva es el órgano responsable de la conducción y gestión de la entidad. La Presidencia Ejecutiva está a cargo de el/la Presidente Ejecutivo/a, designado/a por Resolución Suprema a propuesta del/de la Ministro/a de la Producción. Ejerce la titularidad de la entidad y es su máxima autoridad ejecutiva. Ejerce la titularidad del pliego.” ; Que, el numeral 76.1 del artículo 76 del TUO de la LPAG, aprobado por el Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS, establece que el ejercicio de la competencia es una obligación directa del órgano administrativo que la tenga atribuida como propia, salvo el cambio de competencia por motivos de delegación o evocación, lo cual es concordante con el numeral 78.1 del artículo 78 y el artículo 79 del mencionado cuerpo normativo, que establecen la procedencia de la delegación de competencia de un órgano a otro al interior de una misma entidad, siendo que el delegante tendrá siempre la obligación de vigilar la gestión del delegado; Que, mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 000001-2025-SANIPES/PE, se delegan diversas facultades y atribuciones de la Presidencia Ejecutiva, en la Gerente General, el Jefe de la Unidad de Recursos Humanos, el Jefe de la O fi cina de Tecnologías de la Información, y el Jefe de la O fi cina de Administración; Que, en ese marco, mediante Informe N° 000504-2025-SANIPES/OA, la O fi cina de Administración señala que, por razones de e fi ciencia y especialidad, requiere que la Presidencia Ejecutiva le delegue la facultad de aprobar los expedientes técnicos y documentos equivalentes para la ejecución de las inversiones programadas por la Autoridad Nacional de Sanidad e Inocuidad en Pesca y Acuicultura - SANIPES; Que, mediante Memorando N° 001410-2025-SANIPES/OPPM, la O fi cina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización hace suyo el Informe N° 00220-2025-SANIPES/OPPM-UPM por el cual la Unidad de Planeamiento y Modernización opina favorablemente a la propuesta de que la Presidencia Ejecutiva, en su calidad de titular de la