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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 04 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2025 (04/09/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 35

35 NORMAS LEGALES Jueves 4 de setiembre de 2025 El Peruano / Unidad de Finanzas y Contabilidad del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual – Indecopi. Regístrese, comuníquese y publíquese.DIOSELINA ESTHER URBINA CRUZ Gerenta General 2434760-1 ORGANISMO ESPECIALIZADO PARA LAS CONTRATACIONES PÚBLICAS EFICIENTES Designan Jefe de la Unidad de Infraestructura y Soporte Tecnológico de la Oficina de Tecnologías de la Información RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA EJECUTIVA N° D000052-2025- OECE-PRE Jesús María, 3 de setiembre del 2025VISTOS:El Memorando N° D000880-2025-OECE-OTI de la Ofi cina de Tecnologías de la Información; el Informe N° D000080-2025-OECE-ORH de la O fi cina de Recursos Humanos, y el Informe N° D000136-2025-OECE-OAJ de la Ofi cina de Asesoría Jurídica, y; CONSIDERANDO: Que, el párrafo 11.1 del artículo 11 de la Ley N° 32069, Ley General de Contrataciones Públicas establece que el Organismo Especializado para las Contrataciones Públicas E fi cientes (OECE) es un organismo técnico especializado adscrito al Ministerio de Economía y Finanzas, con personería jurídica de derecho público, que constituye pliego presupuestal y goza de autonomía técnica, administrativa, funcional, económica y fi nanciera; Que, se encuentra vacante el cargo de con fi anza de Jefe de la Unidad de Infraestructura y Soporte Tecnológico de la O fi cina de Tecnologías de la Información del OECE; Que, se estima conveniente designar al profesional que desempeñará el mencionado cargo; Con las visaciones de la Gerente General, de la Jefa de la O fi cina de Recursos Humanos y de la Jefa de la Ofi cina de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos, y el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Organismo Especializado para las Contrataciones Públicas E fi cientes, aprobado por Resolución de Presidencia Ejecutiva N° D000002-2025- OECE-PRE; SE RESUELVE:Artículo Único.- Designar al señor Arquimedes Alejandro Vásquez Castillo en el cargo de con fi anza de Jefe de la Unidad de Infraestructura y Soporte Tecnológico de la O fi cina de Tecnologías de la Información del Organismo Especializado para las Contrataciones Públicas E fi cientes. Regístrese, comuníquese y publíquese. MIRTHA A. RÁZURI ALPISTE Presidenta Ejecutiva Presidencia Ejecutiva 2434960-1PODER JUDICIAL CONSEJO EJECUTIVO DEL PODER JUDICIAL Cesan por límite de edad a Jueza Superior titular de la Corte Superior de Justicia de Lima Presidencia del Consejo Ejecutivo RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 000096-2025 -P-CE-PJ Lima, 29 de agosto del 2025VISTO:El o fi cio Nº 000033-R-2025-GG-PJ cursado por la Gerente General del Poder Judicial, con relación al cese por límite de edad de la señora Rosa Mirta Bendezú Gómez, Jueza Superior titular de la Corte Superior de Justicia de Lima. CONSIDERANDO:Primero.- Que el Jurado de Honor de la Magistratura mediante Resolución N° 10-JHM, de fecha 6 de octubre de 1994, nombró a la señora Rosa Mirta Bendezú Gómez en el cargo de Jueza Especializada Penal titular de la Corte Superior de Justicia de Lima; el Consejo Nacional de la Magistratura por Resolución N° 153-2006-CNM, del 18 de abril de 2006, expidió el título de Vocal Superior titular (actualmente juez superior) de la citada Corte Superior y la Junta Nacional de Justicia, mediante Resolución N° 285-2024-PLENO, de fecha 24 de octubre de 2024, la ratifi ca en el cargo de Jueza Superior titular de la Corte Superior de Justicia de Lima. Segundo.- Que conforme lo establece el artículo 107 °, inciso 9), de la Ley de la Carrera Judicial, el cargo de juez o jueza termina, entre otras causales, por alcanzar la edad límite de setenta años. Tercero.- Que, si bien la citada magistrada no ha solicitado la aplicación del literal a) del artículo 35 del Decreto Legislativo N° 276, modi fi cado por la Ley N° 32199, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial ya se ha pronunciado declarando improcedente pedidos de aplicación de la referida norma, teniendo como sustento lo informado por la Gerencia de Recursos Humanos de la Gerencia General del Poder Judicial, que ha indicado lo siguiente: 3.1 La Ley N° 29277, Ley de la Carrera Judicial, es un régimen o carrera especial que le otorga a los jueces el derecho de permanecer en el servicio hasta los setenta (70) años de edad, de acuerdo a la Constitución y la ley; disponiendo como una causal de terminación del cargo o de la carrera judicial alcanzar la edad límite de setenta (70) años. 3.2 El literal a) del artículo 35 del Decreto Legislativo N° 276, modi fi cado por la Ley N° 32199, que permite al servidor continuar laborando hasta el 31 de diciembre del año en que cumple setenta (70) años edad, no podría aplicarse a los jueces que están comprendidos en un régimen propio o carrera especial, regulado por la Ley N° 29277, teniendo en cuenta la Primera Disposición Complementaria, Transitoria y Final del Decreto Legislativo N° 276; ni tampoco se con fi guraría la aplicación supletoria. 3.3 En mérito a lo antes expuesto y en aplicación del principio de legalidad, el cargo de juez termina por alcanzar la edad límite de setenta (70) años, conforme a lo previsto en el numeral 9) del artículo 107 de la Ley N° 29277, Ley de la Carrera Judicial.