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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 07 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2025 (07/09/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 54

54 NORMAS LEGALES Domingo 7 de setiembre de 2025 El Peruano / GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE JUNÍN Aprueban primera “Modificación (Ampliación) de la Concesión Definitiva para el Desarrollo de Actividades de Distribución de Energía Eléctrica II Etapa - EGEPSA”, ubicado en el distrito de Pangoa, provincia de Satipo y departamento de Junín, formulado por Empresa Distribuidora y Generadora para la Comercialización de Servicio Público de Electricidad Pangoa Sociedad Anónima RESOLUCIÓN DIRECTORAL N° 157-2025/GRJ/ GRDE/DREM-DR. La Oroya, 4 de agosto de 2025 EL DIRECTOR REGIONAL DE ENERGIA Y MINAS JUNÌN VISTO: El escrito con Doc.: 8055649 y Exp.: 5538115, de fecha 10 de julio de 2024, mediante el cual, el Sr. Wilfredo Surichaqui Rojas Gerente General de la Empresa Distribuidora y Generadora para la Comercialización de Servicio Público de Electricidad Pangoa Sociedad Anónima; solicitó “Modi fi cación (Ampliación) de Concesión De fi nitiva para el Desarrollo de Actividades de Distribución de Energía Eléctrica II Etapa - EGEPSA”, ubicado en el Distrito de Pangoa, Provincia de Satipo y Departamento de Junín, Informe N° 021-2025-GRJ/GRDE/DREM/UTEH-RJA, de fecha 24 de julio de 2025, demás documentos obrantes en expediente, y; CONSIDERANDO:Que, de conformidad con lo prescrito en el artículo 191° de nuestra Constitución, modi fi cada por la Ley N° 27680, Ley de Reforma Constitucional del Capítulo XIV del Título IV, sobre Descentralización y por Ley N° 28670, establece que los Gobiernos Regionales tienen autonomía política, económica y administrativa, en los asuntos de su competencia; Que, los Gobiernos Regionales emanan de la voluntad popular, son personas jurídicas de derecho público, con autonomía política y administrativa, en los asuntos de su competencia; Que, el artículo 59º de la Ley N° 27867, Ley orgánica de Gobiernos Regionales y sus modi fi catorias, Ley N° 27902; Ley N° 28013; Ley N° 28926; Ley N° 28968 y funciones en materia de energía, minas e hidrocarburos y en el inciso a) Formular, aprobar, ejecutar, evaluar, fi scalizar, dirigir, controlar y administrar los planes y políticas en materia de energía, minas e hidrocarburos de la región, en concordancia con las políticas nacionales y los planes sectoriales; Que, a través de la Ordenanza Regional N° 378-2023- GRJ/CR se aprobó el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) del Gobierno Regional Junín publicado en el Diario O fi cial El Peruano el día 22 de septiembre de 2023, en el cual se establece el procedimiento de modi fi cación de concesión de fi nitiva de distribución de energía eléctrica, identi fi cado con el código PE78121BDC3; en ese sentido, conforme a lo dispuesto en dicha norma, así como en el marco del Decreto Supremo N° 112-2021-PCM y la Resolución Ministerial N° 030-2020-MINEM/DM, que trans fi eren y estandarizan funciones del sector Energía y Minas a los gobiernos regionales, corresponde a esta Dirección Regional de Energía y Minas del Gobierno Regional Junín la competencia para la evaluación y resolución del presente procedimiento administrativo, en ejercicio de las funciones transferidas, garantizando el principio de legalidad, e fi cacia y descentralización en la gestión pública; Que, el artículo 24º del Decreto Ley N° 25844, Ley de concesiones eléctricas, establece que la concesión defi nitiva permite utilizar bienes de uso público y el derecho de obtener la imposición de servidumbres para la construcción y operación de centrales de generación y obras conexas, subestaciones y líneas de transmisión, así como también de redes y subestaciones de distribución para el servicio público de electricidad; Que, mediante Resolución Directoral N° 000394- 2022-GRJ/GRDE/DREM/DR, publicado en el Diario Ofi cial El Peruano el día 09 de julio de 2023, se resuelve entre otros, otorgar a favor de la Empresa Distribuidora y Generadora y Comercializadora de Servicios Públicos de Electricidad Pangoa S.A.- EGEPSA, la CONCESIÓN DEFINITIVA PARA EL DESARROLLO DE LA ACTIVIDAD DE DISTRIBUCIÓN DE ENERGÍA ELÉCTRICA III ETAPA-EGEPSA; Que, a través de la Resolución Directoral N° 000001- 2023-GRJ/GRDE/DREM/DR, de fecha 16 de enero de 2023, se resuelve RECTIFICAR, la Resolución Directoral N° 000394-2022-GRJ/GRDE/DREM/DR, de fecha 29 de diciembre del 2022, e INCLUIR en la parte resolutiva, la aprobación del contrato de concesión de fi nitiva para el desarrollo de la actividad de distribución de energía eléctrica III Etapa-EGEPSA N° 01-2023-GRJ/GRDE/ DREM, presentado por el Ing. Wilfredo Surichaqui Rojas, Gerente General de la Empresa Distribuidora y Generadora para la Comercialización de Servicio Público de Electricidad Pangoa S.A.; Que, con Resolución Directoral N° 000066-2024-GRJ/ GRDE/DREM/DR, de fecha 04 de julio de 2024, se aprobó la Declaración de Impacto Ambiental (DIA) del proyecto Ampliación de Concesión De fi nitiva para el Desarrollo de Actividades de Distribución de Energía Eléctrica II Etapa - EGEPSA”, ubicado en el Distrito de Pangoa, Provincia de Satipo y Departamento de Junín; Que, por medio del escrito con Doc.: 8055649 y Exp.: 5538115, de fecha 10 de julio de 2024, el Sr. Wilfredo Surichaqui Rojas Gerente General de la Empresa Distribuidora y Generadora para la Comercialización de Servicio Público de Electricidad Pangoa Sociedad Anónima; solicitó “Modi fi cación (Ampliación) de Concesión Defi nitiva para el Desarrollo de Actividades de Distribución de Energía Eléctrica II Etapa - EGEPSA”, ubicado en el Distrito de Pangoa, Provincia de Satipo y Departamento de Junín; Que, a través del Informe N° 017-2024-GRJ/GRDE/ DREM/UTE-VHQO, el encargado de la Unidad Técnica de Electricidad, concluye que el peticionario ha cumplido con los requisitos de admisibilidad conforme a la Ley de Concesiones Eléctricas y su Reglamento y por otro lado recomienda noti fi car al administrado a fi n de que cumpla con realizar las publicaciones correspondientes, el mismo que fue noti fi cado con el o fi cio N° 0991-2024-GRJ/GRDE/ DREM/DR, el día 09 de octubre de 2024; Que, por medio del escrito con Doc.: 8379848 y Exp.: 5538115, de fecha 22 de octubre de 2024, el administrado solicitó prórroga de plazo para el cumplimiento de la publicación; Que, mediante el escrito con Doc.: 8462774 y Exp.: 5538115, de fecha 14 de noviembre de 2024, el administrado cumplió con presentar las publicaciones en 4 avisos realizados, en el Diario o fi cial El Peruano y en el Diario Correo, diario de mayor circulación de la región; Que, mediante Reporte N° 093-2025-GRJ/GRDE/ DREM/OAJ/YMH de fecha 19 de mayo de 2025, esta ofi cina de asesoría jurídica recomienda se devuelva a la Unidad Técnica de Electricidad de la DREM Junín, a fi n de que dicha área especializada emita una aclaración técnica detallada que justi fi que la variación de las coordenadas identi fi cadas, o en su defecto, precise de manera expresa cuales son las coordenadas de fi nitivas que deben considerarse como válidas para la delimitación del área materia de la solicitud de ampliación; Que, en atención a ello a través del Auto Directoral N° 318-2025-GRJ/GRDE/DREM-DR, de fecha 16 de junio de