NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 07 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2025 (07/09/2025)
CANTIDAD DE PAGINAS: 56
TEXTO PAGINA: 39
39 NORMAS LEGALES Domingo 7 de setiembre de 2025 El Peruano / Indica) Cultivados en el Valle La Convención - Cusco”, para participar como expositor plenario en la “8th Central and Eastern European Conference on Thermal Analysis and Calorimetry” (CEEC-TAC8), a realizarse en la ciudad de Mostar, Bosnia y Herzegovina (Europa Central y del Este) del 16 al 19 de setiembre de 2025. Asimismo, autorizar su salida del país el día 14 de setiembre de 2025 y su retorno el 20 de setiembre de 2025. Segundo.- Los gastos correspondientes a los pasajes aéreos, y viáticos que demande el viaje que se autoriza en el artículo primero de la presente resolución, son cubiertos con cargo al presupuesto y fuente de fi nanciamiento considerado en el Proyecto de investigación aprobado con Resolución de Consejo de Comisión Organizadora Nº 305-2023-CCO-UNIQ, de fecha 20 de noviembre de 2023 y es conforme al siguiente detalle: CANTIDAD DESCRIPCIÓNPRESUPUESTO (S/) 1. AUGUSTO PUMACAHUA RAMOSPASAJES Y GASTOS DE TRANSPORTE 14,025.00 VIÁTICOS X 8 DÍAS (DEL 14 AL 21 DE SETIEMBRE DE 2025) 12,590.00 PUBLICACION DE LA RESOLUCION EN EL DIARIO EL PERUANO1,800.00 TOTAL 28,415.00 Tercero.- DISPONER, que dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, el Dr. Augusto Pumacahua Ramos, deberá presentar al Titular de la Entidad, un informe detallado describiendo las acciones realizadas, los resultados obtenidos durante el viaje autorizado y la rendición de cuentas. Cuarto.- ENCARGAR, a la O fi cina de Comunicación e Imagen Institucional, la publicación de la presente Resolución en el Diario O fi cial “El Peruano” de conformidad a las normas vigentes. Quinto.- NOTIFICAR la presente Resolución a todas las instancias y dependencias administrativas y académicas de la Universidad Nacional Intercultural de Quillabamba, para su conocimiento, cumplimiento y demás fi nes pertinentes. Sexto.- ENCARGAR a la O fi cina de Tecnologías de la Información de la UNIQ, publicar, la presente Resolución en el Portal Institucional de la Universidad Nacional Intercultural de Quillabamba www.gob.pe/uniq. Regístrese, comuníquese y publíquese.LUIS ANIBAL ESPINOZA POLO Presidente (e) de la Comisión Organizadora ALEX RICHARD PAREDES GIL Secretario General 2434539-1 Otorgan duplicado de diploma de grado académico de Bachiller en Medicina Humana de la Universidad Nacional del Centro del Perú UNIVERSIDAD NACIONAL DEL CENTRO DEL PERÚ RESOLUCIÓN Nº 1248-2025-CU-GYT/ UNCP Huancayo, 26 de agosto de 2025Visto, el expediente 64698-2025 de fecha 22.08.2025, seguido por doña YAQUELINE MIRIAM BAZAN CAPCHA, mediante el cual solicita DUPLICADO DE DIPLOMA DE GRADO ACADEMICO DE BACHILLER EN MEDICINA HUMANA, por pérdida. CONSIDERANDO:De conformidad a los artículos 13º y 14º de la Constitución Política del Perú, la Educación es un deber y un derecho que todo ciudadano está inmerso, asimismo, promueve el desarrollo del país; De conformidad al Congreso de la República dio la Ley Nº 28626, de fecha 28.10.2005, publicada en el diario ofi cial El Peruano con fecha 18.11.2005, que autoriza a las Universidades Públicas y Privadas a expedir duplicados de diplomas de Grados y Títulos Profesionales a solicitud del interesado, por motivos de pérdida, deterioro o mutilación del título original, siempre que cumpla con las formalidades y requisitos de seguridad previstos por cada Universidad; De conformidad al Congreso a la Resolución Nº 1525- 06-ANR, modi fi cada con Resolución Nº 1895-2006-ANR, publicadas en el diario o fi cial El Peruano, con fechas 21.01.2006 y 14.06.2006 respectivamente, la Asamblea Nacional de Rectores, aprobó el Reglamento de Duplicados de Diplomas de Grados y Títulos Profesionales expedidos por las universidades del país; De conformidad a la Resolución Nº 1503- 2011-ANR, de fecha 15.12.2011, modi fi cada con Resoluciones Nº 1256 y 1634-2013-ANR, de fechas 26.08.2013 y 22.10.2013 respectivamente, emitidas por la Comisión de Coordinación Interuniversitaria de la Asamblea Nacional de Rectores, se aprobó el Texto Único Ordenado del Reglamento de la Ley Nº 28626, Reglamento de Duplicados de Diplomas de Grados Académicos y Títulos Profesionales expedidos por las universidades del país; De conformidad a la Ley 30220, y al Art. 14 del Reglamento del Registro Nacional de Grados y Títulos de la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria - SUNEDU, en la cual se anula la inscripción primigenia, y autoriza la inscripción del duplicado de diploma; De conformidad a la Resolución Nº 3723-CU-2018 del 25.04.2018, la Universidad Nacional del Centro del Perú, aprueba la “Directiva Nº 001-2018-SG-UNCP, Directiva Interna para adaptar las modi fi caciones al Reglamento del Registro Nacional de Grados y Títulos - SUNEDU”; Que, doña YAQUELINE MIRIAM BAZAN CAPCHA, solicita DUPLICADO DE DIPLOMA DE GRADO ACADÉMICO DE BACHILLER EN MEDICINA HUMANA, por perdida, el mismo que fue expedido por esta Universidad. Se encuentra asentado en el Tomo Nº 032-B, Fojas Nº 442, Registro Nº 165 y fecha de expedición 17.02.2003, el cual obra en la Unidad de Grados y Títulos de Secretaría General. De conformidad al acuerdo de Consejo Universitario de fecha 26 de agosto de 2025. RESUELVE:1º ANULAR el DIPLOMA DE GRADO ACADÉMICO DE BACHILLER EN MEDICINA HUMANA, de doña YAQUELINE MIRIAM BAZAN CAPCHA, de fecha primigenio 17.02.2003, por motivo de perdida. 2º OTORGAR el DIPLOMA DE GRADO ACADÉMICO DE BACHILLER EN MEDICINA HUMANA, a doña YAQUELINE MIRIAM BAZAN CAPCHA, de acuerdo al siguiente detalle: Registro Nº 165, Tomo Nº 032-B, Fojas Nº 442. 3º ENCARGAR el cumplimiento de la presente Resolución a Secretaría General y a la Facultad. Regístrese, comuníquese y cúmplase.AMADOR GODOFREDO VILCATOMA SANCHEZ Rector ROY PEDRO SACAICO PALACIOS Secretario General 2432705-1