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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 11 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2025 (11/09/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 13

13 NORMAS LEGALES Jueves 11 de setiembre de 2025 El Peruano / Que, en muchas de las obras de la pinacoteca, así como en los retablos virreinales que se encuentran en el convento, la originalidad en su diseño consiste en la modi fi cación de su modelo mediante la incorporación de elementos nuevos o, en el caso de algunas pinturas puntuales, en la combinación de escenarios procedentes de distintos grabados, que evidencia la no subordinación de los modelos sino una interpretación local de los mismos. Se reconoce la in fl uencia de los talleres de Francisco de Zurbarán, o los grabados de Hieronymus Wierix, por ejemplo; Que, asimismo, ciertas obras pictóricas tienden a mostrar con mayor incidencia en su factura plástica el canon clásico europeo (proporción, simetría, matices de color). Sin embargo, en la gran mayoría de casos, estas muestran una economía de trazos y matices, en su elaboración, de carácter más sintético en la paleta, lo cual está relacionado con la plástica de tradición andina. En algunas telas pintadas de la colección es mani fi esta la infl uencia de la escuela cusqueña como en la composición o técnica del brocateado en algunos ejemplos; Que, toda esta línea plástica que puede observarse en las esculturas y pinturas de la colección de Ocopa, la presentan como una colección que permite tener una visión general de los diversos contextos históricos que han ido con fi gurando lo que conocemos como el Barroco Latinoamericano. Complementan la contextualización histórica y artística de la colección, el mobiliario, instrumentos musicales, armas, recipientes y textiles. El grupo permite incorporar al conjunto de bienes una lectura desde la cotidianidad de los objetos en sus usos tanto doméstico como litúrgico, siendo soporte de técnicas, estilos e iconografías datadas desde el siglo XVII al XX, siendo una clara expresión de la destreza técnica y artística de los artí fi ces tanto coloniales como tradicionales contemporáneos; Que, la colección de bienes conservada en Ocopa, posee importancia por constituir verdaderos documentos ilustrados del proceso evangelizador en la región de la selva central y la compleja interacción cultural entre los frailes misioneros y los indígenas. Los más contemporáneos recolectados durante las labores misioneras a principios del siglo XX, como los bienes etnográ fi cos, y otros de contextos virreinales y republicanos elaborados, en muchos casos, bajo el patrocinio de la orden franciscana, como las pinturas que retratan a los frailes mártires que perdieron la vida en su labor misionera, la rebelión de Juan Santos Atahualpa o también algunas otras más contemporáneas que registran a individuos nativos de la región de la Selva, ataviados con indumentaria y artefactos propios de la zona; Que, los bienes histórico artísticos como etnográ fi cos del convento de Santa Rosa de Ocopa, fundado en la región de Junín, poseen un signi fi cado particular de la interacción de dos sistemas de pensamiento, creencias y costumbres encarnados por la Orden Religiosa Franciscana y los indígenas aborígenes de la región, y contribuye a tener un mejor entendimiento de los procesos sociales que han sido causa de la fuerte incorporación cultural de las creencias religiosas católicas que forman parte del imaginario del ciudadano peruano, así como de la espiritualidad sobre el origen del hombre y la cosmovisión que tienen sobre el universo las étnias shipibo-konibo y yagua, representada en los diseños kene; Que, al cumplirse trecientos años de la fundación del convento de Santa Rosa de Ocopa (1725-2025), el reconocimiento de su invaluable colección de bienes culturales muebles, se torna más presente, tanto en los pobladores de la región Junín como del país; Que, habiendo emitido opinión favorable los órganos técnicos competentes, resulta procedente declarar Patrimonio Cultural de la Nación los bienes culturales muebles descritos, constituyendo los informes citados partes integrantes de la presente resolución y se adjuntan como anexos, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 6 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado mediante el Decreto Supremo N° 004-2019-JUS; Con los vistos de la Dirección General de Museos y de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica;De conformidad con lo establecido en la Constitución Política del Perú; la Ley N° 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación y la Ley N° 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura; SE RESUELVE: Artículo 1.- Declarar Patrimonio Cultural de la Nación a trescientos sesenta y siete bienes culturales muebles de propiedad de la Provincia Misionera de San Francisco Solano en el Perú, que integran la colección del convento Santa Rosa de Ocopa, en Junín, que se describen en el anexo de esta resolución. Artículo 2.- Notifi car esta resolución a la Provincia Misionera de San Francisco Solano en el Perú y ponerla en conocimiento de la Dirección General de Museos. Artículo 3.- Disponer la publicación de la resolución en el diario o fi cial “El Peruano”. La resolución y sus anexos se publican en la sede digital del Ministerio de Cultura (www.gob.pe/cultura) el mismo día de la publicación en el diario o fi cial “El Peruano”. Regístrese, comuníquese y publíquese. MOIRA ROSA NOVOA SILVA Viceministra de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales 2436761-1 DEFENSA Autorizan viaje de personal militar de la Marina de Guerra del Perú a la República Francesa, en comisión de servicios RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 01118-2025-DE Lima, 9 de setiembre del 2025 VISTOS: El O fi cio N° 6736/51 de la Secretaría de la Comandancia General de la Marina de Guerra del Perú; el O fi cio N° 01941-2025-MINDEF/VPD-DIGRIN de la Dirección General de Relaciones Internacionales; y el Informe Legal N° 01790-2025-MINDEF/SG-OGAJ de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica. CONSIDERANDO: Que, mediante O fi cio N° 51/MDD/PER/AD/NP la Agregada de Defensa ante la Embajada de Francia en el Perú, hace extensiva la invitación al Comandante General de la Marina de Guerra del Perú, para que un (1) O fi cial del grado de Almirante o Capitán de Navío, participe en la Sesión Internacional “Armamento y Economía de Defensa”, a realizarse en la Escuela Militar en París, República Francesa, del 29 de setiembre al 3 de octubre de 2025; Que, con Oficio N° 6736/51, la Marina de Guerra del Perú solicita al Ministerio de Defensa autorizar el viaje al exterior, en comisión de servicio, del Contralmirante CHRISTIAN MARTIN PONCE LICERA, identificado con DNI N° 07757924 y CIP N° 00914174, como titular; y del Capitán de Navío RENZO ANTONIO VALDIVIA CORREA, identificado con DNI N° 43338958 y CIP N° 00924520, como suplente, para participar en la Sesión Internacional “Armamento y Economía de Defensa”, a realizarse en la Escuela Militar en París, República Francesa, del 29 de setiembre al 3 de octubre de 2025; asimismo, con la finalidad de garantizar la participación oportuna del personal militar en el evento internacional, solicita autorizar su salida del país el 27 de setiembre y su retorno el 5 de octubre de 2025, sin que estos días adicionales generen gasto alguno al Tesoro Público;