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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 11 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2025 (11/09/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 23

23 NORMAS LEGALES Jueves 11 de setiembre de 2025 El Peruano / del MINEDU, aprobado por el Decreto Supremo N° 001-2015-MINEDU; son funciones del Despacho Viceministerial de Gestión Pedagógica constituir y reconformar las Comisiones Organizadoras de las universidades públicas creadas por ley, y aprobar actos resolutivos y documentos normativos en el ámbito de su competencia, respectivamente; Que, el literal g) del artículo 148 del ROF del MINEDU, establece que la Dirección General de Educación Superior Universitaria (DIGESU) tiene la función de proponer los documentos normativos para la constitución y funcionamiento de las Comisiones Organizadoras de universidades públicas, así como proponer su conformación; Que, de conformidad con lo previsto en el literal e) del artículo 153 del ROF del MINEDU, la Dirección de Coordinación y Promoción de la Calidad de la Educación Superior Universitaria (DICOPRO) tiene la función de proponer los miembros para la conformación de Comisiones Organizadoras de universidades públicas, así como realizar el seguimiento del cumplimiento de la normativa que les resulte aplicable; Que, el numeral 6.1.1 del Acápite VI de las Disposiciones Especí fi cas del Documento Normativo denominado “Disposiciones para la constitución y funcionamiento de las comisiones organizadoras de las universidades públicas en proceso de constitución”, aprobado por la Resolución Viceministerial N° 244-2021-MINEDU, modi fi cado mediante las Resoluciones Viceministeriales N° 055-2022-MINEDU, N° 053-2023-MINEDU y N° 077-2025-MINEDU, (en adelante, el Documento Normativo) dispone que la Comisión Organizadora está conformada por tres (3) académicos de reconocido prestigio, cuyo desempeño es a dedicación exclusiva, son de libre designación y remoción por parte del MINEDU, y ejercen los cargos de Presidente, Vicepresidente Académico y Vicepresidente de Investigación de la Comisión Organizadora, según corresponda; Que, los literales a) y b) del numeral 6.1.9 del Acápite VI de las Disposiciones Especí fi cas del Documento Normativo, señalan que, en el caso del Presidente de la comisión organizadora, al concluir su designación, deberá presentar el informe de transferencia de gestión al nuevo presidente designado, dentro de los treinta (30) días calendario siguientes de fi nalizada su designación; y, en el caso de los Vicepresidentes o servidores con un nivel distinto al de titular de pliego, al culminar su gestión o en caso de renuncia al cargo, deberán efectuar la entrega de cargo a su jerárquico inmediato superior, conforme a los lineamientos y formatos para la entrega de cargo que debe implementar la propia universidad; precisando además que, para el caso de la entrega de cargo de los Vicepresidentes, el Presidente de la Comisión Organizadora, o el que haga sus veces, es el responsable de remitir una copia del informe de entrega de cargo a la DICOPRO del MINEDU, como máximo a los treinta (30) días calendario contados a partir de la culminación de las funciones del miembro saliente; Que, mediante la Resolución Viceministerial N° 013-2025-MINEDU, se reconforma la Comisión Organizadora de la UNAT, quedando integrada por el señor LUIS ABANTO MORALES Y CHOCANO, como Presidente; el señor SEGUNDO CLEMENTE RODRIGUEZ DELGADO, como Vicepresidente Académico; y, la señora CHARO JACQUELINE JAUREGUI SUELDO, como Vicepresidente de Investigación; Que, con el O fi cio N° 02337-2025-MINEDU/ VMGP-DIGESU, la DIGESU remite al Despacho Viceministerial de Gestión Pedagógica, el Informe N° 00213-2025-MINEDU/VMGP-DIGESU-DICOPRO, por medio del cual, la DICOPRO sustenta y propone la emisión de la resolución viceministerial que disponga: i) Dar por concluidas las designaciones del Presidente; el Vicepresidente Académico; y, la Vicepresidenta de Investigación de la Comisión Organizadora de la UNAT; y, ii) Reconformar la referida Comisión Organizadora, designando al señor MANUEL JESUS BASTO SAEZ, en el cargo de Presidente; a la señora CHARO JACQUELINE JAUREGUI SUELDO, en el cargo de Vicepresidenta Académica; y, a la señora MILAGROS PIÑAS ZAMUDIO, en el cargo de Vicepresidenta de Investigación; Que, mediante el Informe N° 01433-2025-MINEDU/ SG-OGAJ, la O fi cina General de Asesoría Jurídica, teniendo en cuenta la documentación que obra en el expediente de Vistos, conforme a lo sustentado por la DICOPRO de la DIGESU, opina que la emisión de la Resolución Viceministerial resulta legalmente viable, sugiriendo proseguir con el trámite correspondiente para su aprobación; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 31224, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Educación; la Ley N° 30220, Ley Universitaria; la Ley N° 29716, modi fi cada por la Ley N° 29965, que crea la Universidad Nacional Autónoma de Tayacaja Daniel Hernández Morillo; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, aprobado por el Decreto Supremo N° 001-2015-MINEDU; y, la Resolución Viceministerial N° 244-2021-MINEDU, que aprueba el Documento Normativo denominado “Disposiciones para la constitución y funcionamiento de las comisiones organizadoras de las universidades públicas en proceso de constitución”, modi fi cado por las Resoluciones Viceministeriales N° 055-2022-MINEDU, N° 053-2023-MINEDU y N° 077-2025-MINEDU; SE RESUELVE: Artículo 1.- Dar por concluidas las designaciones del señor LUIS ABANTO MORALES Y CHOCANO, en el cargo de Presidente; del señor SEGUNDO CLEMENTE RODRIGUEZ DELGADO, en el cargo de Vicepresidente Académico; y, de la señora CHARO JACQUELINE JAUREGUI SUELDO, en el cargo de Vicepresidenta de Investigación de la Comisión Organizadora de la Universidad Nacional Autónoma de Tayacaja Daniel Hernández Morillo, agradeciéndoles por los servicios prestados. Artículo 2.- Reconformar la Comisión Organizadora de la Universidad Nacional Autónoma de Tayacaja Daniel Hernández Morillo, quedando integrada por: - MANUEL JESUS BASTO SAEZ, en el cargo de Presidente; - CHARO JACQUELINE JAUREGUI SUELDO, en el cargo de Vicepresidenta Académica; y, - MILAGROS PIÑAS ZAMUDIO, en el cargo de Vicepresidenta de Investigación. Articulo 3.- Disponer que la Comisión Organizadora de la Universidad Nacional Autónoma de Tayacaja Daniel Hernández Morillo, remita al Ministerio de Educación, en un plazo máximo de treinta (30) días calendario, contados a partir de su presentación o entrega, copia del Informe de Transferencia de Gestión; así como, se remita al Ministerio de Educación, en un plazo máximo de treinta (30) días calendario de la vigencia de la presente Resolución, el Informe de Entrega de Cargo; conforme a lo previsto en los literales a) y b) del numeral 6.1.9 del Acápite VI de las Disposiciones Especí fi cas del Documento Normativo denominado “Disposiciones para la constitución y funcionamiento de las comisiones organizadoras de las universidades públicas en proceso de constitución”, aprobado por la Resolución Viceministerial N° 244-2021-MINEDU, modi fi cado por las Resoluciones Viceministeriales N° 055-2022-MINEDU, N° 053-2023-MINEDU y N° 077-2025-MINEDU. Artículo 4.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Sistema de Información Jurídica de Educación – SIJE, ubicado en la sede digital del Ministerio de Educación (http://www.gob.pe/minedu), el mismo día de su publicación en el diario o fi cial “El Peruano”. Regístrese, comuníquese y publíquese.MARÍA ESTHER CUADROS ESPINOZA Viceministra de Gestión Pedagógica 2437039-1