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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 19 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2025 (19/09/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 124

TEXTO PAGINA: 13

13 NORMAS LEGALES Viernes 19 de setiembre de 2025 El Peruano / realice las acciones y los procedimientos que se requieren para viabilizar la adhesión de Chile al referido Marco Regulatorio; Que, adicionalmente, el mismo día 30 de setiembre de 2025, la Presidencia Pro Tempore de la CAN ha convocado a la 164 Sesión Extraordinaria de la Comisión de la Comunidad Andina, reunión donde se espera aprobar decisiones referidas a la creación del Comité Andino de Turismo (CATUR), así como distintos proyectos en el marco del Fondo de Iniciativas Comunitarias (FIC) de la CAN, en temas como sanidad agropecuaria, sanidad animal, turismo, entre otros; Que, por otro lado, la Secretaría General de la CAN ha invitado a la Viceministra de Comercio Exterior del Perú a participar en un evento académico el 01 de octubre de 2025, en la ciudad de Bogotá, durante el cual se discutirán los avances y retos a futuro sobre el proceso de integración andino y contará con la asistencia de autoridades de los países miembros y destacados representantes de organismos internacionales, lo que permitirá realzar la imagen del Perú como un actor clave en la profundización de la integración regional de la CAN; Que, resulta de interés institucional la asistencia a dichos eventos de la señora Teresa Stella Mera Gómez, Viceministra de Comercio Exterior, quién presidirá la Delegación Peruana, y actuará como representante plenipotenciario titular del Perú ante la Comisión; asimismo, se considera necesaria la participación en las reuniones del CAMRE Ampliado y de la Comisión de la CAN del señor José Luis Castillo Mezarina, Director General de la Dirección General de Negociaciones Comerciales Internacionales, y de la señora Hortencia Elva Rosa Rodríguez Pastor, Asesora del Despacho Viceministerial de Comercio Exterior, para que en representación del MINCETUR, brinden la asesoría técnica correspondiente y coadyuven en la absolución de consultas y proposición de mecanismos y estrategias para la óptima conducción de la participación del Perú durante las referidas reuniones; De conformidad con la Ley N° 27790, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, y sus modi fi catorias; la Ley N° 32185, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025; la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de los servidores y funcionarios públicos, y sus modi fi catorias; y, el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, modi fi cado por el Decreto Supremo N° 056-2013-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje de la señora Teresa Stella Mera Gómez, Viceministra de Comercio Exterior, del señor José Luis Castillo Mezarina, Director General de la Dirección General de Negociaciones Comerciales Internacionales, y de la señora Hortencia Elva Rosa Rodríguez Pastor, Asesora del Despacho Viceministerial de Comercio Exterior, a la ciudad de Bogotá, República de Colombia, del 29 de setiembre al 1 de octubre de 2025, para que en representación del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, participen en el evento a que se re fi ere la parte considerativa de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución, están a cargo del Pliego 035: Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, de acuerdo al siguiente detalle: Nombres y ApellidosPasajes aéreos Clase Económica US$Zona GeográficaViáticos por día US$Total Viáticos US$ Teresa Stella Mera Gómez920,00América del Sur370,00 x 3 1 110,00 José Luis Castillo Mezarina920,00América del Sur370,00 x 2 740,00 Hortencia Elva Rosa Rodríguez Pastor920,00América del Sur370,00 x 2 740,00Artículo 3.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes a su retorno al país, el personal cuyo viaje se autoriza mediante el artículo primero de la presente Resolución, presenta a la Ministra de Comercio Exterior y Turismo un informe detallado sobre las acciones realizadas y resultados obtenidos en el evento al que asiste; asimismo, presenta la rendición de cuentas de acuerdo a Ley. Artículo 4.- Encargar a la señora Nancy Aracelly Laca Ramos, Viceministra de Turismo, las funciones del Despacho Viceministerial de Comercio Exterior, a partir del 29 de setiembre de 2025, y en tanto dure la ausencia de su titular. Artículo 5.- La presente Resolución no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. ÚRSULA DESILÚ LEÓN CHEMPÉN Ministra de Comercio Exterior y Turismo 2440188-1 Aprueban Transferencias Financieras a favor del Pliego 452. Gobierno Regional del Departamento de Lambayeque, Gobierno Local 140101. Municipalidad Provincial de Chiclayo y al Gobierno Local 070101. Municipalidad Provincial del Callao RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 262-2025- MINCETUR Lima, 18 de setiembre de 2025 VISTOS, el Informe N° 118-2025-MINCETUR/ SG/OGPPM/OPP de la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto, y el Memorándum Nº 223-2025-MINCETUR/SG/OGPPM de la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo; y, CONSIDERANDO: Que, mediante la Resolución Ministerial N° 379-2024-MINCETUR, se aprueba el Presupuesto Institucional de Apertura de Gastos, correspondiente al Año Fiscal 2025 del Pliego 035: Ministerio de Comercio Exterior y Turismo; Que, el numeral 9.1 del artículo 9 de la Ley Nº 32394, Ley que aprueba disposiciones extraordinarias para fortalecer el desarrollo del sector turismo y dicta otras medidas, en lo sucesivo la Ley N° 32394, autoriza al Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, de manera excepcional y por única vez, a realizar durante al año fi scal 2025, transferencias fi nancieras a favor del Gobierno Regional de Lambayeque y las Municipalidades Provinciales de Chiclayo y del Callao, previa suscripción de convenio, hasta por el monto de S/ 10 000 000,00 (DIEZ MILLONES Y 00/100 SOLES), con cargo a los recursos provenientes de la recaudación por aplicación del literal c) del artículo 44 de la Ley N° 31557, Ley que regula la explotación de los juegos a distancia y apuestas deportivas a distancia, para la ejecución de actividades vinculadas a la formalización, señalización, promoción turística y promoción de la inversión en el marco del desarrollo turístico sostenible, para el fi nanciamiento de las actividades, proyectos e inversiones que coadyuven al desarrollo turístico en la Ruta Turística del Papa León XIV; Que, el numeral 9.2 del artículo 9 de la Ley Nº 32394, dispone que las transferencias autorizadas en este artículo, se aprueban mediante resolución del titular, previo informe favorable de su o fi cina de presupuesto o la que haga sus veces en el pliego, y se publica en el Diario Ofi cial El Peruano; Que, el numeral 9.3 del artículo 9 de la Ley Nº 32394, establece que los montos dispuestos serán transferidos el