NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 19 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2025 (19/09/2025)
CANTIDAD DE PAGINAS: 124
TEXTO PAGINA: 27
27 NORMAS LEGALES Viernes 19 de setiembre de 2025 El Peruano / General de Relaciones Internacionales; y, el Informe Legal Nº 01841-2025-MINDEF/SG-OGAJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica. CONSIDERANDO:Que, mediante Acta de la XII Conferencia Bilateral de Estado Mayor entre el Ejército del Perú y el Ejército de Brasil se suscribieron una serie de entendimientos, entre ellos, el Entendimiento Nº 25 “Intercambio de Alumnos de las Escuelas de formación de Subo fi ciales”, en el que se acuerda proponer el intercambio militar entre los alumnos de las escuelas de formación de Subo fi ciales, con la participación de un (1) Subo fi cial y dos (2) alumnos, por un periodo de hasta cinco (5) días, a llevarse a cabo en el segundo semestre del 2024 y 2025; Que, con O fi cio Nº 044/25 - ADIDEFEX BRA/PERU el Agregado de Defensa y Militar de Brasil en el Perú comunica al Director de Relaciones Internacionales del Ejército del Perú, que la Escuela de Sargentos de las Armas (ESA) de Brasil acepta el Intercambio Académico con los alumnos del Instituto de Educación Superior Tecnológico Público del Ejército del Perú (IESTPE-ETE), del 29 de setiembre al 3 de octubre de 2025; Que, con O fi cio Nº 141 SCGE/N-04, el Ejército del Perú solicita al Ministerio de Defensa autorizar el viaje al exterior, en misión de estudios, del personal militar del Ejército del Perú y de los alumnos del Instituto de Educación Superior Tecnológico Público del Ejército – (IESTPE – ETE) “Sargento 2do Fernando LORES TENAZOA”, quienes participarán en el Programa de Intercambio Académico con la Escuela de Sargentos de las Armas (ESA) del Ejército de Brasil, ubicada en el estado de Minas Gerais, República Federativa de Brasil, del 29 de setiembre al 3 de octubre de 2025; asimismo, considerando el itinerario de los vuelos internacionales, solicita autorizar su salida el 28 de setiembre y su retorno el 4 de octubre de 2025, sin que estos días adicionales generen gasto alguno al Tesoro Público; Que, a través del citado documento, la Institución Armada remite la Hoja de Recomendación Nº 011/U-10.f; el Dictamen Legal Nº 1755-2025/OAJE; la Hoja de Gastos s/n de fecha 31 de julio de 2025; así como, la Certi fi cación de Crédito Presupuestario Nº 00000003101 que garantiza el fi nanciamiento correspondiente; Que, mediante la Exposición de Motivos, la Institución Armada señala que resulta conveniente para los intereses institucionales autorizar el viaje al exterior del citado personal militar, por cuanto les permitirá adquirir experiencias académicas, incrementando el conocimiento y profesionalismo de la Institución Armada; Que, conforme a lo indicado en el acotado documento, se precisa que los gastos de alojamiento, alimentación y transporte interno, serán cubiertos por el Ejército de la República Federativa de Brasil, de acuerdo a lo establecido en el Entendimiento Nº 25 del Acta de la XII Conferencia Bilateral de Estado Mayor entre el Ejército del Perú y el Ejército de Brasil; por lo que, el Ejército del Perú asumirá los gastos por concepto de pasajes aéreos internacionales; Que, mediante el O fi cio Nº 02142-2025-MINDEF/ VPD-DIGRIN e Informe Técnico Nº 153-2025-MINDEF/VPD-DIGRIN-LAYC, la Dirección General de Relaciones Internacionales emite opinión favorable para la autorización del citado viaje al exterior del mencionado personal militar; Que, con Informe Legal Nº 01841-2025-MINDEF/SG- OGAJ, la O fi cina General de Asesoría Jurídica considera legalmente viable autorizar, por medio de resolución ministerial, el citado viaje al exterior en misión de estudios, por encontrarse conforme al marco normativo sobre la materia; Con el visado del Despacho Viceministerial de Políticas para la Defensa; de la Dirección General de Relaciones Internacionales; y de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1134, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley Nº 32185, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025; la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; y, el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG, que aprueba el Reglamento de Viajes al Exterior de Personal Militar y Civil del Sector Defensa. SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje al exterior, en misión de estudios, del personal militar del Ejército del Perú y de los alumnos del Instituto de Educación Superior Tecnológico Público del Ejército – (IESTPE – ETE) “Sargento 2do Fernando LORES TENAZOA”, quienes participarán en el Programa de Intercambio Académico con la Escuela de Sargentos de las Armas (ESA) del Ejército de Brasil, ubicada en el estado de Minas Gerais, República Federativa de Brasil, del 29 de setiembre al 3 de octubre de 2025; autorizando su salida del país el 28 de setiembre y su retorno el 4 de octubre de 2025, conforme al siguiente detalle: Nº Grado Nombres y Apellidos DNI 1 Técnico Jefe Superior EPRaphael SANCHEZ ORE (Técnico responsable)09462887 2 Alumno III año Denis MEDINA PALOMINO (titular) 76342570 3 Alumno III año Elmer Leodan MENOR VEGA (titular) 79706951 4 Alumna III año Mirella Paola CHILO CUBA (suplente) 76259936 5 Alumno III año Richard QQUENTA MAMANI (suplente) 73854222 Artículo 2.- La participación del personal suplente quedará supeditada ante la imposibilidad de la participación del personal titular, en estricto orden de prelación. Artículo 3.- El Ejército del Perú efectúa los pagos que correspondan con cargo al Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2025, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes aéreos: Lima – Sao Paulo (República Federativa de Brasil) – Lima Clase económica US$ 1,022.00 x 3 personas (incluye TUUA) US$ 3,066.00 Total a pagar: US$ 3,066.00 Artículo 4.- El Comandante General del Ejército del Perú queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se re fi ere el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial, sin exceder el total de días autorizados, sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje ni el nombre del personal autorizado. Artículo 5.- El Subo fi cial comisionado debe cumplir con presentar un informe detallado ante el titular de la entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los quince (15) días calendario contados a partir de la fecha de retorno al país. Artículo 6.- La presente autorización no otorga derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. WALTER ENRIQUE ASTUDILLO CHÁVEZ Ministro de Defensa 2439332-1 Autorizan viaje de Oficial de la Marina de Guerra del Perú a los EE.UU., en misión de estudios RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 01153-2025-DE Lima, 15 de septiembre del 2025VISTOS: El O fi cio N° 4998/51 de la Secretaría de la Comandancia General de la Marina de Guerra del Perú;