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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 24 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2025 (24/09/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 70

TEXTO PAGINA: 39

39 NORMAS LEGALES Miércoles 24 de setiembre de 2025 El Peruano / Órgano de Control Institucional termina por la ocurrencia de alguno de los hechos siguientes: a) situación sobreviniente que no le permita continuar en el ejercicio del cargo, conforme a lo dispuesto en el numeral 7.3.2 de dicha Directiva; b) renuncia del Jefe del Órgano de Control Institucional; c) culminación del período de designación, incluso al haberse emitido prórroga; d) razones de necesidad del servicio o interés institucional de la Contraloría; e) separación de fi nitiva; f) cese por límite de edad; y, g) muerte; para lo cual se debe emitir la Resolución de Contraloría dando por terminada la designación; Que, mediante Resolución de Contraloría N° 207- 2025-CG de 28 de mayo de 2025, se designó al señor Daniel Enrique Rios Padilla en el cargo de Jefe del Órgano de Control Institucional de la Autoridad Nacional de Infraestructura; Que, la Vicecontraloría de Control Gubernamental, mediante la Hoja Informativa Nº 000208-2025-CG/VCG, en atención a sus competencias establecidas en el literal e) del artículo 15 del Reglamento de Organización y Funciones de la Contraloría General de la República, aprobado mediante Resolución de Contraloría Nº 274- 2025-CG, y su modi fi catoria, señala su conformidad a la propuesta presentada por la Subgerencia de Control del Sector Justicia Político y Electoral y la Gerencia de Control Político Institucional y Económico, para dar por terminada la designación del señor Daniel Enrique Rios Padilla en el cargo de Jefe del Órgano de Control Institucional de la Autoridad Nacional de Infraestructura, de conformidad con el literal d) “Razones de necesidad del servicio o interés institucional de la Contraloría” del numeral 7.1.3.2 de la Directiva de los OCI, el cual se con fi gura considerándose como una de las medidas a adoptar, la recon fi guración de las jefaturas de algunos Órganos de Control Institucional, lo cual implica concluir los existentes, a fi n de racionalizar los recursos humanos, optimizando los servicios y con ello fortaleciendo al Sistema Nacional de Control, y a los Órganos de Control Institucional bajo su ámbito de control, mejorando y asegurando el ejercicio pertinente, efectivo y e fi ciente del control gubernamental; Que, de acuerdo a las consideraciones expuestas, y estando a lo señalado por la Gerencia de Asesoría Jurídica y Normatividad en Control Gubernamental mediante el Memorando N° 000961-2025-CG/GJNC, sustentado en los argumentos expuestos en la Hoja Informativa N° 000704-2025-CG/AJ, de la Subgerencia de Asesoría Jurídica, se considera jurídicamente viable la emisión de la Resolución de Contraloría que da término a la designación del señor Daniel Enrique Rios Padilla en el cargo de Jefe del Órgano de Control Institucional de la Autoridad Nacional de Infraestructura, entidad bajo el ámbito de la Subgerencia de Control del Sector Justicia Político y Electoral de la Gerencia de Control Político Institucional y Económico, de conformidad con la propuesta elevada por la Vicecontraloría de Control Gubernamental, disponiendo las acciones de personal necesarias; En uso de las facultades conferidas por el artículo 32 de la Ley N° 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, y sus modi fi catorias; y, conforme a lo dispuesto en la Directiva N° 020-2020-CG/NORM “Directiva de los Órganos de Control Institucional”, aprobada por Resolución de Contraloría N° 392-2020-CG, y sus modi fi catorias; SE RESUELVE:Artículo 1.- Dar por terminada la designación del señor Daniel Enrique Rios Padilla en el cargo de Jefe del Órgano de Control Institucional de la Autoridad Nacional de Infraestructura. Artículo 2.- La acción de personal dispuesta en el artículo 1 precedente, tendrá efectividad a partir del día siguiente de la publicación de la presente resolución en el diario o fi cial El Peruano, sin perjuicio del procedimiento de entrega y recepción de cargo correspondiente. Artículo 3.- Disponer que el personal de la Contraloría General de la República, a mérito de lo dispuesto en el artículo 1 de la presente resolución, deberá presentarse al órgano o unidad orgánica que corresponda.Artículo 4.- Disponer que la Gerencia de Capital Humano, la Gerencia de Administración y la Gerencia de Tecnologías de la Información y Gobierno Digital de la Contraloría General de la República, adopten las acciones que correspondan de acuerdo a lo dispuesto en la presente resolución. Artículo 5.- Publicar la presente resolución en el Diario O fi cial El Peruano, en el Portal del Estado Peruano (https://www.gob.pe/contraloria), y en la Intranet de la Contraloría General de la República. Regístrese, comuníquese y publíquese. CÉSAR ENRIQUE AGUILAR SURICHAQUI Contralor General de la República 2441632-1 Encargan al Vicecontralor de Control Gubernamental de la Contraloría General de la República, diversas funciones del cargo de Contralor General de la República RESOLUCIÓN DE CONTRALORÍA N° 389-2025-CG Lima, 23 de setiembre de 2025 VISTOS: Las invitaciones cursadas por la Contraloría General de la República del Perú en su calidad de Presidencia de la Comisión de Parlamentos y Entidades Fiscalizadoras Superiores (CPE) a las Entidades Fiscalizadoras Superiores Miembros de la CPE; la Hoja Informativa N° 000035-2025-CG/CASI, de la Subgerencia de Cooperación y Asuntos Internacionales; el Memorando N° 001661-2025-CG/GAD, de la Gerencia de Administración; la Hoja Informativa N° 000029-2025-CG/CONT, de la Unidad de Contabilidad; el Memorando N° 004967-2025-CG/ABAS, de la Subgerencia de Abastecimiento; y, la Hoja Informativa N° 000305-2025-CG/GJNC, de la Gerencia de Asesoría Jurídica y Normatividad en Control Gubernamental de la Contraloría General de la República; CONSIDERANDO: Que, el Parlamento Latinoamericano y Caribeño (PARLATINO), es un organismo regional, permanente y unicameral, integrado por los parlamentos nacionales de los países soberanos e independientes de América Latina y el Caribe, elegidos democráticamente mediante sufragio popular, cuyos países suscribieron el correspondiente Tratado de Institucionalización el 16 de noviembre de 1987, en Lima – Perú; Que, la Organización Latinoamericana y del Caribe de Entidades Fiscalizadoras Superiores (OLACEFS) es un organismo internacional especializado de carácter técnico, cuyo objetivo es fomentar el desarrollo y perfeccionamiento de las Entidades Fiscalizadoras Superiores (EFS) de los países de la región, en materia de control gubernamental; teniendo entre sus atribuciones el mantener contacto de carácter cientí fi co y técnico con instituciones y organizaciones de otras regiones del mundo, especializadas en control y fi scalización del manejo de los recursos públicos. La Contraloría General de la República del Perú es miembro activo de la organización y de las instancias de trabajo que la conforman; y preside la Comisión de Participación Ciudadana (CPC), la Comisión Técnica Especializada en la Lucha contra la Corrupción Transnacional (CTCT) y la Comisión de Parlamentos y Entidades Fiscalizadoras Superiores (CPE) de la OLACEFS; Que, la Comisión de Parlamentos y Entidades Fiscalizadoras Superiores fue creada en la XXXII Asamblea General de la OLACEFS, en la ciudad de Lima, Perú, y tiene por objetivo optimizar el relacionamiento entre los Parlamentos y las EFS, con la fi nalidad de establecer sinergias para obtener resultados signi fi cativos respecto al