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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 24 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2025 (24/09/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 70

TEXTO PAGINA: 24

24 NORMAS LEGALES Miércoles 24 de setiembre de 2025 El Peruano / y siete (7) servicios prestados en exclusividad comprendidos en el Anexo Único, de conformidad con el Formato previsto en el Sistema Único de Trámites (SUT). Artículo 3.- Publicación Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial y su Anexo Único en la Plataforma Digital Única del Estado Peruano para Orientación al Ciudadano (www.gob.pe) y en la sede digital del Instituto Nacional Penitenciario - INPE (www.gob.pe/inpe), el mismo día de su publicación en el Diario O fi cial “El Peruano”. Regístrese, comuníquese y publíquese.JUAN JOSÉ SANTIVÁÑEZ ANTÚNEZ Ministro de Justicia y Derechos Humanos * El TUPA se publica en la página WEB del Diario Oficial El Peruano, sección Normas Legales. 2440950-1 PRODUCE Formalizan Acuerdo N° 2 que designó a miembros integrantes del Comité Permanente de Acreditación del Instituto Nacional de Calidad - INACAL RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA EJECUTIVA N° 000087-2025- INACAL/PE San Isidro, 19 de setiembre del 2025 VISTO: La Nota N° 000111-2025-INACAL/DA de la Dirección de Acreditación; los Informes N°s. 000138-2025-INACAL/OA-EFRH y 000139-2025-INACAL/OA-EFRH y la Nota N° 000501-2025-INACAL/OA-EFRH del Equipo Funcional de Recursos Humanos; los Memorandos N°s. 000745-2025-INACAL/OA, 000746-2025-INACAL/OA y 000751-2025-INACAL/OA de la O fi cina de Administración; las Notas N°s. 000018-2025-INACAL/ SCD y 000021-2025-INACAL/SCD del Secretario del Consejo Directivo; la Nota N° 000215-2025-INACAL/GG y los Memorandos N°s. 000251-2025-INACAL/GG y 000263-2025-INACAL/GG de la Gerencia General; y el Memorando N° 000180-2025-INACAL/OAJ, el Informe N° 000328-2025-INACAL/OAJ y la Nota N° 000114-2025-INACAL/OAJ de la O fi cina de Asesoría Jurídica; CONSIDERANDO:Que, la Ley N° 30224, Ley que crea el Sistema Nacional para la Calidad y el Instituto Nacional de Calidad, establece que el Instituto Nacional de Calidad – INACAL, es un Organismo Público Técnico Especializado, adscrito al Ministerio de la Producción, con personería jurídica de derecho público, con competencia a nivel nacional y autonomía administrativa, funcional, técnica, económica y fi nanciera; además, constituye Pliego Presupuestal y es el ente rector y máxima autoridad técnico normativa del Sistema Nacional para la Calidad; Que, los numerales 25.1 y 25.5 del artículo 25 de la Ley N° 30224, Ley que crea el Sistema Nacional para la Calidad y el Instituto Nacional de Calidad, establecen que el órgano de línea responsable de la materia de acreditación del INACAL es la autoridad nacional competente para administrar la política y gestión de la acreditación, goza de autonomía técnica y funcional y ejerce funciones a nivel nacional y cuenta con un Comité Permanente de Acreditación, cuya conformación y principales atribuciones se desarrollan en el artículo 31 de la antes referida Ley; Que, el numeral 31.1 del artículo 31 de la Ley N° 30224, establece que el Comité Permanente de Acreditación es un cuerpo colegiado de cuatro miembros, encargado de resolver los procesos de acreditación; Que, por su parte, el literal d) del artículo 14 de la Ley N° 30224 y el literal e) del artículo 11 del Reglamento de Organización y Funciones del INACAL, aprobado mediante Decreto Supremo N° 009-2019-PRODUCE y su modi fi catoria, establecen como una de las funciones del Consejo Directivo del INACAL, la de designar a los miembros de los comités permanentes de normalización y de acreditación; Que, el artículo 2 del “Procedimiento de Conformación de los Integrantes de los Comités Permanentes de Normalización y el de Acreditación del Instituto Nacional de Calidad – INACAL”, aprobado mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 029-2015-INACAL/PE, establece que la designación de los miembros de los Comités Permanentes de Normalización y de Acreditación es por un período de dos (2) años, pudiendo ser renovado por un periodo adicional, previa aprobación del Consejo Directivo; Que, mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 106-2023-INACAL/PE, se formaliza el acuerdo del Consejo Directivo que designa a los nuevos miembros integrantes del Comité Permanente de Acreditación del INACAL, por el periodo de dos (2) años, a partir del 29 de setiembre de 2023; Que, mediante Nota N° 000111-2025-INACAL/DA, la Dirección de Acreditación presenta la propuesta para la designación de los nuevos miembros integrantes del Comité Permanente de Acreditación; Que, mediante Memorando N° 000751-2025-INACAL/ OA, la O fi cina de Administración brinda su conformidad al Informe N° 000139-2025-INACAL/OA-EFRH del Equipo Funcional de Recursos Humanos, mediante el cual se realiza la veri fi cación del cumplimiento de los requisitos para la designación de los nuevos miembros integrantes del Comité Permanente de Acreditación; por lo que, la O fi cina de Asesoría Jurídica, en el marco de sus funciones, mediante Informe N° 000328-2025-INACAL/OAJ, emite opinión favorable para la designación de los profesionales propuestos a fi n de que integren el Comité Permanente de Acreditación; Que, mediante Nota N° 000021-2025-INACAL/SCD, el secretario del Consejo Directivo del INACAL comunica el Acuerdo N° 2 adoptado en la Sesión N° 18-2025 de fecha 17 de setiembre de 2025, mediante el cual dicho Consejo Directivo designó por unanimidad a los miembros integrantes del Comité Permanente de Acreditación, con efectividad a partir del 29 de setiembre de 2025; Que, en consecuencia, resulta necesario emitir el acto que formalice el citado acuerdo adoptado por el Consejo Directivo del INACAL; Con las visaciones de la Dirección de Acreditación, de la O fi cina de Administración, de la O fi cina de Asesoría Jurídica y de la Gerencia General; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 30224, Ley que crea el Sistema Nacional para la Calidad y el Instituto Nacional de Calidad; el Decreto Supremo N° 009-2019-PRODUCE, Decreto Supremo que aprueba la Sección Única del Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Calidad – INACAL; y la Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 029-2015-INACAL/PE que aprueba el “Procedimiento de Conformación de los Integrantes de los Comités Permanentes de Normalización y el de Acreditación del Instituto Nacional de Calidad – INACAL”; SE RESUELVE:Artículo 1.- Formalizar el Acuerdo N° 2, adoptado por el Consejo Directivo del Instituto Nacional de Calidad - INACAL en la Sesión N° 18-2025 de fecha 17 de setiembre de 2025, mediante el cual se designó por unanimidad a los miembros integrantes del Comité Permanente de Acreditación del Instituto Nacional de Calidad - INACAL, con efectividad a partir del 29 de setiembre de 2025, el cual queda conformado de la siguiente manera: - Sra. María Estela Ayala Galdós Presidente - Sr. Roger Alberto Chuquipiondo Reyes Miembro- Sr. Guillermo Javier Salas Donohue Miembro- Sr. Luis Miguel Asmat Bobadilla Miembro