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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 24 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2025 (24/09/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 70

TEXTO PAGINA: 28

28 NORMAS LEGALES Miércoles 24 de setiembre de 2025 El Peruano / ha sido elaborado en observancia de la Directiva N° 006-2021-SERVIR-GDSRH “Elaboración del Manual de Clasi fi cador de Cargos y del Cuadro para Asignación de Personal Provisional”; la normativa vigente que dispone la creación de determinados cargos con ciertas funciones y/o requisitos, o dispone impedimentos y/o establece requisitos para funcionarios(as) públicos(as) y/o servidores civiles o un subgrupo de estos; el Texto Único Ordenado de la Ley N° 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República, aprobado por Decreto Supremo Nº 047-2021-RE; el Reglamento de la Ley del Servicio Diplomático de la República, aprobado por Decreto Supremo N° 130-2003-RE; y, la normativa emitida por la Autoridad Nacional del Servicio Civil (SERVIR) para la formulación de los per fi les de puestos en el Estado; Que, asimismo, a través del Informe OOM Nº 078/2025, de la O fi cina de Organización y Modernización, adjunto al memorándum N° OPP023402025 de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto, se emite opinión favorable sobre la propuesta del nuevo MCC del MRE. Adicionalmente, la O fi cina General de Asuntos Legales, a través del Memorándum N° LEG019512025, mani fi esta su opinión legal favorable referida a la aprobación del citado documento de gestión; Que, el literal j) del artículo IV del Título Preliminar del Reglamento General de la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil, aprobado por Decreto Supremo N° 040-2014-PCM, establece que, para efectos del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos, se entiende que el Titular de la entidad es la máxima autoridad administrativa de una entidad pública; y, en el mismo sentido, de acuerdo con el literal h) del numeral 5.1. de la Directiva, el Titular de la entidad es la máxima autoridad administrativa para efectos del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos; Que, el artículo 11 de la Ley N° 29357, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores; y, el artículo 11 del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores, aprobado por Resolución Ministerial N° 0516-2025-RE, establecen que el Secretario General es la máxima y más alta autoridad administrativa del Ministerio de Relaciones Exteriores; Con los visados de la O fi cina General de Recursos Humanos, la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto; y, la O fi cina General de Asuntos Legales; De conformidad con la Ley N° 29357, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores; la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil; el Reglamento General de la Ley N° 30057, aprobado por Decreto Supremo Nº 040-2014-PCM; el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores, aprobado por Resolución Ministerial N° 0516-2025-RE; y, la Directiva N° 006-2021-SERVIRGDSRH “Elaboración del Manual de Clasi fi cador de Cargos y del Cuadro para Asignación de Personal Provisional”, formalizada con Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 000150-2021-SERVIR-PE; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobación Se aprueba el Manual de Clasi fi cador de Cargos (MCC) del Ministerio de Relaciones Exteriores, que como anexo forma parte integrante de la presente resolución. Artículo 2.- Dejar sin efecto Déjese sin efecto el Manual de Clasi fi cador de Cargos (MCC) del Ministerio de Relaciones Exteriores, aprobado mediante Resolución de Secretaría General N° 0692-2022-RE y modi fi cado con las Resoluciones de Secretaría General N° 0283-2024-RE; N° 0461-2024-RE; N° 0161- 2025-RE; y, N° 0312-2025-RE. Artículo 3.- Publicación Se encarga a la O fi cina de Transparencia y Acceso a la Información Pública la publicación de la presente resolución y su anexo en la sede digital del Ministerio de Relaciones Exteriores (www.gob.pe/rree) en la misma fecha de publicación en el Diario O fi cial; además de su publicación en la Plataforma Digital Única del Estado Peruano gob.pe (www.gob.pe) y en el Portal de Transparencia (www.transparencia.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese.ERIC EDGARDO GUILLERMO ANDERSON MACHADO Secretario General 2440962-1 TRANSPORTES Y COMUNICACIONES Autorizan viaje de inspectora de la Dirección General de Aeronáutica Civil a EE.UU., en comisión de servicios RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 644-2025-MTC/01.02 Lima, 23 de setiembre de 2025VISTOS: La Solicitud SAB/CAP/551/08/25 de la empresa LATAM AIRLINES PERÚ S.A., y el Informe N° 0425-2025-MTC/12 de la Dirección General de Aeronáutica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, y; CONSIDERANDO: Que, la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos y, el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, que aprueba normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, establecen que los viajes al exterior que realicen; entre otros, los servidores de la Dirección General de Aeronáutica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, se autorizan mediante Resolución Ministerial del Sector, la que debe ser publicada en el diario o fi cial “El Peruano”; Que, el numeral 10.1 del artículo 10 de la Ley N° 32185, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025, dispone que los viajes al exterior de los servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos se aprueban conforme a lo establecido en la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y sus normas reglamentarias; Que, la Ley N° 27261, Ley de Aeronáutica Civil del Perú, establece que la Autoridad Aeronáutica Civil es ejercida por la Dirección General de Aeronáutica Civil, como dependencia especializada del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, y en el marco de dicha competencia es responsable de la vigilancia y la seguridad de las operaciones aéreas, seguridad que comprende la actividad de evaluar las aptitudes del personal aeronáutico de los explotadores aéreos, así como el material aeronáutico que emplean; Que, mediante la Solicitud SAB/CAP/551/08/25, la empresa LATAM AIRLINES PERÚ S.A. solicita a la Dirección General de Aeronáutica Civil, la designación de un inspector para realizar el chequeo en vuelo bianual instructor de vuelo y veri fi cación de Competencia T/C (Tripulantes de Cabina) en el equipo B-767 a su personal aeronáutico, acompañando los requisitos establecidos para el Servicio Prestado en Exclusividad S-DGAC-011 “Evaluación práctica del personal aeronáutico” del Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por el Decreto Supremo N° 009-2022-MTC y sus modi fi catorias; Que, asimismo, la citada empresa cumple con el pago del derecho de tramitación del servicio señalado en el considerando precedente, ante la O fi cina de Finanzas de la O fi cina General de Administración; por lo que, los costos del viaje de inspección están cubiertos por la empresa solicitante, incluyendo el pago de los viáticos;