Diario oficial El Peruano

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 09 DE ABRIL DEL AÑO 2026 (09/04/2026)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

Fuente: Diario Oficial El Peruano.

TEXTO PAGINA: 94

94 NORMAS LEGALES Jueves 9 de abril de 2026 El Peruano / Director de la O fi cina de Asesoría Jurídica de la Dirección Regional de Educación Piura, así como el Informe Técnico N° 036-2025/GRP-410300 de fecha 19 de diciembre de 2025 emitido por la Sub Gerencia Regional de Desarrollo Institucional y el Informe N° 2967-2025/GRP-460000 de fecha 30 de diciembre del 2025 emitido por la O fi cina Regional de Asesoría Jurídica, recomiendan continuar con el trámite de aprobación del Manual de Operaciones (MOP) de la Dirección Regional de educación Piura. Que, el Manual de Operaciones (MOP) como todo documento de gestión institucional está sujeto a la dinámica de los procesos organizativos y administrativos, sobre la base normativa técnico - legal, así como de la realidad regional. Este instrumento de gestión contribuirá con la mejora en la gestión con la mejora en la gestión por procesos, simpli fi cación administrativa, organización institucional y gestión del talento humano, haciendo que se optimice los recursos y se ejecuten las actividades por resultados y ello impacte positivamente en el bienestar del ciudadano; Que, en el acuerdo segundo del Acta de la Primera Sesión Ordinaria del año 2026, de fecha 16 de enero del 2026, el Directorio de Gerencias Regionales acordó por unanimidad aprobar la propuesta del Manual de Operaciones (MOP) de la Dirección Regional de Educación Piura; Que, teniendo en cuenta el marco normativo citado, y las opiniones contenidas en los informes antes mencionados, compete a esta Gobernación Regional dictar el Decreto Regional que apruebe el MANUAL DE OPERACIONES (MOP) DE LA DIRECCIÓN REGIONAL DE EDUCACIÓN PIURA, Que, contándose con el acuerdo del Directorio de Gerencias Regionales, según consta en el Acta de la primera sesión ordinaria del año 2026, celebrada el día 16 de enero del 2026, así como con las Visaciones de la O fi cina Regional de Asesoría Jurídica, Gerencia Regional de Desarrollo Social, Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, Gerencia Regional de Recursos Naturales y Gestión del Medio Ambiente, Gerencia Regional de Saneamiento Físico Legal de la Propiedad Rural y Estatal, Gerencia General Regional y Secretaría General del Gobierno Regional Piura; y, en uso de las facultades conferidas al despacho por la Constitución Política del Perú; la Ley N° 27783, “Ley de Bases de la Descentralización”; el inciso d) del artículo 21 de la Ley N° 27867, “Ley Orgánica de Gobiernos Regionales”, y sus normas modi fi catorias; DECRETA:Artículo Primero.- APROBAR el MANUAL DE OPERACIONES (MOP) DE LA DIRECCIÓN REGIONAL DE EDUCACIÓN PIURA, que consta de tres (03) títulos, noventa y cuatro (94) artículos y siete (07) anexos, el cual forma parte integrante del presente decreto regional, Artículo Segundo.- DISPONER la publicación del presente Decreto Regional, conforme a lo establecido en el artículo 42 de la Ley N° 27867, “Ley Orgánica de Gobiernos Regionales”, y sus normas, modi fi catorias. Dado en Piura, en la Sede del Gobierno Regional Piura, a los 24 días del mes de febrero del año 2026. Regístrese, comuniquese, cúmplase y archívese. LUIS ERNESTO NEYRA LEON Gobernador Regional NOTA: EL GOBIERNO REGIONAL DE PIURA, PRECISA QUE EL ANEXO DEL DECRETO REGIONAL N° 002-2026/GRP-GR, SE PODRÁ VISUALIZAR EN EL PORTAL INSTITUCIONAL: https://sigea.regionpiura.gob.pe/main.php# Y EN EL PORTAL DEL ESTADO: https://cdn.www.gob.pe/uploads/document/file/9503554/7779530- decreto-02.pdf?v=1772035550 2491262-1GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE ANCÓN Prorrogan designación de Ejecutor Coactivo de la Gerencia de Administración Tributaria y Rentas de la Municipalidad Distrital de Ancón RESOLUCIÓN DE GERENCIA MUNICIPAL Nº 107-2026-GM/MDA Ancón, 31 de marzo de 2026EL GERENTE MUNICIPAL DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ANCÓN VISTO: La Resolución de Gerencia Municipal Nº 379-2025- GM/MDA, de fecha 30 de diciembre de 2025, el Informe Nº 0568-2026-ORH-OGAFyTI/MDA, de fecha 31 de marzo de 2026, y; CONSIDERANDO:Que, conforme a lo dispuesto por el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modi fi cado por la Ley de Reforma de la Constitución Política del Perú, Ley Nº 30305, concordante con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, establece que “Los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, precisando que esta autonomía constitucional, radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico”; Que, el numeral 20), del artículo 20º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece que el Alcalde puede delegar sus atribuciones administrativas en el Gerente Municipal, así como las demás que le corresponda de acuerdo a Ley; Que, mediante Resolución de Alcaldía Nº 016-2025-A-MDA, de fecha 01 de febrero de 2025, se resuelve aprobar la delegación de facultades y atribuciones administrativas al Gerente Municipal, entre las cuales, se encuentra el de: (…) “11. Designar, o fi cializar la designación, encargar, cesar y aceptar las renuncias de los Ejecutores Coactivos y Auxiliares Coactivos de la Municipalidad Distrital de Ancón (inclusive a los Ejecutores Coactivos y Auxiliares Coactivos designados por Resolución de Alcaldía, con anterioridad a la emisión de la presente delegación); y acreditar a los Ejecutores Coactivos de conformidad con el artículo 33-A del TUO de la Ley Nº 26979” (…); Que, el artículo 6º de la Ley Nº 30057 - Ley del Servicio Civil, establece que “Las o fi cinas de recursos humanos de las entidades públicas o las que hagan sus veces, constituyen en nivel descentralizado responsable de la gestión de recursos humanos, sujetándose a las disposiciones que emita el ente rector; Que, el artículo 2º del Reglamento de la Ley Nº 31419, aprobado con Decreto Supremo Nº 053-2022-PCM, señala que: “Las O fi cinas de Recursos Humanos, o las que hagan sus veces en las entidades públicas, son responsables de verifi car el cumplimiento de los requisitos mínimos para el acceso a cargos o puestos de funcionarios/as públicos/as de libre designación y remoción”; Que, el numeral 7.1 del artículo 7º del TUO de la Ley Nº 26979 - Ley de Procedimiento de Ejecución Coactiva, aprobado por Decreto Supremo Nº 018-2008-JUS, establece que, “La designación del Ejecutor como la del Auxiliar se efectuará mediante concurso público de méritos;