Diario oficial El Peruano

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 09 DE ABRIL DEL AÑO 2026 (09/04/2026)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

Fuente: Diario Oficial El Peruano.

TEXTO PAGINA: 83

83 NORMAS LEGALES Jueves 9 de abril de 2026 El Peruano / Registro Nacional de Identi fi cación y Estado Civil, así como del Órgano Electoral Central de la organización política MOVIMIENTO REGIONAL AGUA , para los fi nes pertinentes. 5.- DISPONER la publicación de la presente resolución en el diario o fi cial El Peruano y en el portal institucional del Jurado Nacional de Elecciones. Regístrese, comuníquese y publíquese. SS.BURNEO BERMEJO MAISCH MOLINA GONZALES BARRÓNTORRES CORTEZOYARCE YUZZELLI Clavijo Chipoco Secretaria General 1 Fecha límite para que las organizaciones políticas presenten padrones incrementales de afiliados, según la Ley N° 32536, y el Cronograma electoral actualizado de las Elecciones Regionales y Municipales 2026, aprobado con la Resolución N. º 0003-2026-JNE, del 4 de enero de 2026. 2 Fecha límite para la aprobación del uso de los padrones de electores afiliados y no afiliados para elecciones primarias, según el Cronograma Electoral actualizado de las Elecciones Regionales y Municipales 2026, aprobado con la Resolución N° 0003-2026-JNE, del 4 de enero de 2026. 2503968-1 Aprueban el uso del padrón de electores afiliados de la organización política MOVIMIENTO REGIONAL CONSTRUYENDO para las elecciones primarias de las Elecciones Regionales y Municipales 2026 RESOLUCIÓN N° 0751-2026-JNE Lima, 3 de abril de 2026VISTOS: el O fi cio N° 000740-2026/SGEN/RENIEC remitido por la secretaria general del Registro Nacional de Identi fi cación y Estado Civil (Reniec), el 26 de marzo de 2026, con el cual informa sobre la elaboración de los padrones de electores a fi liados de las organizaciones políticas para las elecciones primarias de las Elecciones Regionales y Municipales 2026; y el Informe N° 000083-2026-DNROP/JNE, del 30 de marzo de 2026, suscrito por el director de la Dirección Nacional de Registro de Organizaciones Políticas (DNROP), con el cual comunica el número de a fi liados contenido en el padrón de electores a fi liados de la organización política MOVIMIENTO REGIONAL CONSTRUYENDO , así como su carga en el repositorio informático del Jurado Nacional de Elecciones (JNE). CONSIDERANDOS 1. Mediante el Decreto Supremo N.º 001-2026-PCM, publicado en el diario o fi cial El Peruano el 7 de enero 2026, la Presidencia de la República convocó, para el domingo 4 de octubre de 2026, a Elecciones Regionales y Municipales 2026, para la elección de gobernadores, vicegobernadores y consejeros del consejo regional de los gobiernos regionales, así como alcaldes y regidores de los concejos provinciales y concejos distritales de toda la República. 2. Para las Elecciones Regionales y Municipales 2026, la determinación de candidaturas y su orden en la lista correspondiente se realiza a través de elecciones primarias, las cuales son organizadas por la O fi cina Nacional de Procesos Electorales (ONPE), asimismo, al Reniec le corresponde elaborar los padrones de electores afi liados sobre la base de la información proporcionada por el Registro de Organizaciones Políticas (ROP) del JNE, de conformidad con el artículo 21 de la Ley N° 28094, Ley de Organizaciones Políticas (LOP). 3. De acuerdo con lo previsto en los artículos 21 y 25 del Reglamento sobre las Competencias del Jurado Nacional de Elecciones en las Elecciones Primarias para las Elecciones Regionales y Municipales 2026 -aprobado mediante la Resolución N° 0679-2025-JNE-, se establece que cada organización política que participa en las elecciones primarias tiene su correspondiente padrón de electores a fi liados, el cual está conformado por todos los a fi liados presentados oportunamente ante la DNROP, dentro del plazo establecido en el cronograma electoral, esto es, hasta el 7 de enero de 2026 1, y es aprobado para su uso en las elecciones primarias, de manera independiente para cada organización política, hasta el 3 de abril de 2026 2. 4. A través de la Resolución Gerencial N° 000120-2026- GOECOR/ONPE, de fecha 31 de marzo de 2026, la Gerencia de Organización Electoral y Coordinación Regional de la ONPE dispuso tener por no comunicada la modalidad de elecciones primarias de la organización política MOVIMIENTO REGIONAL CONSTRUYENDO . 5. En la medida en que la decisión contenida en la Resolución Gerencial N° 000120-2026-GOECOR/ONPE no ha adquirido fi rmeza, a la fecha de emisión de la presente resolución, y estando al cumplimiento del hito establecido en el cronograma electoral aprobado con la Resolución N.º 0003-2026-JNE, hito que tiene carácter preclusivo e improrrogable, corresponde a este órgano colegiado aprobar el referido padrón de electores afi liados, sin que ello implique pronunciamiento sobre la modalidad de elecciones primarias ni constituya una opinión sobre la participación de la organización política. 6. En el caso de la organización política MOVIMIENTO REGIONAL CONSTRUYENDO , el Reniec ha elaborado el correspondiente padrón de electores a fi liados con la información proporcionada por la DNROP; en tal sentido, dicho padrón, que registra un total de 208 a fi liados, se encuentra expedito para la oportuna aprobación de su uso y su posterior puesta a disposición de la ONPE, a fi n de que, de ser el caso, continúe con la organización de las elecciones primarias de las Elecciones Regionales y Municipales 2026. Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones, RESUELVE1.- APROBAR EL USO, para las elecciones primarias de las Elecciones Regionales y Municipales 2026, del padrón de electores a fi liados de la organización política MOVIMIENTO REGIONAL CONSTRUYENDO , elaborado por el Registro Nacional de Identi fi cación y Estado Civil, el cual contiene un total de 208 a fi liados. 2.- PRECISAR que el uso del padrón a que se re fi ere el numeral anterior está condicionado a lo que resulte respecto de la vigencia de la Resolución Gerencial N° 000120-2026-GOECOR/ONPE. 3.- PONER la presente resolución en conocimiento de la Ofi cina Nacional de Procesos Electorales, del Registro Nacional de Identi fi cación y Estado Civil, así como del Órgano Electoral Central de la organización política MOVIMIENTO REGIONAL CONSTRUYENDO , para los fi nes pertinentes, condicionado su uso a lo señalado en el numeral precedente. 4.- DISPONER la publicación de la presente resolución en el diario o fi cial El Peruano y en el portal institucional del Jurado Nacional de Elecciones. Regístrese, comuníquese y publíquese.SS.BURNEO BERMEJOMAISCH MOLINA