Diario oficial El Peruano

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 04 DE AGOSTO DEL AÑO 2026 (04/08/2026)

CANTIDAD DE PAGINAS: 156

Fuente: Diario Oficial El Peruano.

TEXTO PAGINA: 152

152 NORMAS LEGALES Martes 4 de agosto de 2026 El Peruano / Justicia Nº 388-2026-JNJ, de fecha 11 de junio de 2026, el informe Nº 005-2026-MP-FN-OREF-EJGA-EMJTP, de fecha 24 de junio de 2026, el o fi cio Nº 002127-2026-MP- FN-CN-FISPREV, de fecha 3 de julio de 2026, y el informe Nº 089-2026-MP-FN-OREF-MVCQ, de fecha 24 de julio de 2026, y; CONSIDERANDO: Mediante el o fi cio Nº 000648-2026-SG/JNJ, cursado por la abogada Melody Del Carmen Fuentes Jara, secretaria general de la Junta Nacional de Justicia, y recepcionado por la mesa única de partes virtual de la Secretaría General de la Fiscalía de la Nación, el 22 de junio de 2026, se remite, entre otras, copia certi fi cada de la resolución de vistos, emitida en el marco de la Convocatoria Nº 007-2025-SN/JNJ, por la cual se nombró a la abogada Marcela Cecilia La Fuente Vera, como fi scal adjunto provincial penal de Juliaca – San Román del distrito fi scal de Puno. Con fecha 18 de junio de 2026, la Junta Nacional de Justicia, en ceremonia pública, proclamó, juramentó y entregó el título de nombramiento a la abogada Marcela Cecilia La Fuente Vera, en el cargo descrito en el párrafo que antecede. Al respecto, a través del Acuerdo de la Junta de Fiscales Supremos Nº 6536-2024, de fecha 8 de julio de 2024, se acordó solicitar a la Junta Nacional de Justicia que las plazas con especialidad detallada, materia de las convocatorias Nºs. 002-2024-SN/JNJ, 004-2024- SN/JNJ y 006-2024-SN/JNJ, en los diversos niveles jerárquicos, sean consideradas como fi scales penales, manteniéndose la ubicación geográ fi ca y el Distrito Fiscal; en esa línea, con o fi cio Nº 037-2025-MP-FN, de fecha 21 de febrero de 2025, se solicitó hacer de conocimiento del Pleno de la Junta Nacional de Justicia el referido acuerdo para tomarlo en cuenta en las convocatorias a concurso en el ejercicio 2025. A través de la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 3307-2018-MP-FN, de fecha 25 de septiembre de 2018, se resolvió nombrar a la abogada Marcela Cecilia La Fuente Vera, como fi scal adjunta provincial provisional del Distrito Fiscal de Puno, designándola en la Primera Fiscalía Provincial Penal Corporativa de San Román, con reserva de su plaza de origen; laborando actualmente en mérito a la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 2956-2024-MP-FN, de fecha 30 de diciembre de 2024. Mediante la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 372-2024-MP-FN, de fecha 8 de febrero de 2024, se resolvió nombrar al abogado Edwin Dario Panti Llica, como fi scal adjunto provincial provisional del Distrito Fiscal de Puno, designándolo en la Fiscalía Provincial de Prevención del Delito de San Román, con reserva de su plaza de origen; laborando actualmente en mérito a la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 2956-2024-MP-FN, de fecha 30 de diciembre de 2024. Según el numeral 64.1 del artículo 64 de la Ley Nº 30483, modi fi cada por la Ley Nº 31718, los fi scales titulares son aquellos a quienes se nombra de manera permanente para el ejercicio de la función fi scal en el nivel que corresponde. El numeral 64.2 del artículo 64 de la Ley Nº 30483, modi fi cada por la Ley Nº 31718, establece que los fi scales provisionales son aquellos fi scales titulares que en caso de vacancia, licencia o impedimento ocupan el nivel superior inmediato vacante y aquellos abogados que cumplen los requisitos para el nivel que se les designa. Los numerales 3 y 4 del artículo 65 de la Ley Orgánica del Ministerio Público, aprobada por el Decreto Legislativo Nº 052 y modi fi cada por el artículo único de la Ley Nº 31718, establecen que corresponde al Fiscal de la Nación el nombramiento de los fi scales provisionales de todos los niveles, así como designar a los fi scales titulares y provisionales en el órgano fi scal respectivo. El Tribunal Constitucional, en reiterada jurisprudencia, ha manifestado que la “(…) provisionalidad constituye una situación fáctica que no genera más derechos que los inherentes al cargo que provisionalmente ejerce quien no ostenta titularidad alguna (…)” (STC Nº 2770-2010-PA/ TC); y la Corte Interamericana de Derechos Humanos, en la sentencia de fecha 24 de noviembre de 2020, caso Casa Nina vs. Perú, ha señalado que “(…) la separación del cargo de una o un fi scal provisional debe responder a las causales legalmente previstas, sean estas (i) por el acaecimiento de la condición resolutoria a que se sujetó la designación o nombramiento, como el cumplimiento de un plazo predeterminado por la celebración y conclusión de un concurso público a partir del cual se nombre o designe al reemplazante del o la fi scal provisional con carácter permanente (…)”. En esa línea, la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 2956-2024-MP-FN fi jó las condiciones resolutorias para la vigencia de los nombramientos de fi scales provisionales. Dicha norma establece que podrá concluirse el nombramiento y designación, entre otros supuestos, cuando se presente: “(i) El nombramiento del fi scal titular por la Junta Nacional de Justicia”. En ese sentido, en virtud al Acuerdo de la Junta de Fiscales Supremos Nº 6536-2024, de fecha 8 de julio de 2024, al o fi cio Nº 037-2025-MP-FN, de fecha 21 de febrero de 2025, al nombramiento efectuado por la Junta Nacional de Justicia mediante la resolución de vistos, al haberse con fi gurado la condición resolutoria prevista en el numeral (i) de la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 2956-2024-MP-FN, de fecha 30 de diciembre de 2024, al informe Nº 005-2026-MP-FN-OREF-EJGA-EMJTP, de fecha 24 de junio de 2026, y a lo expuesto por la Coordinación Nacional de las Fiscalías en Prevención del Delito a través del o fi cio Nº 002127-2026-MP-FN-CN- FISPREV, de fecha 3 de julio de 2026, corresponde emitir el resolutivo a fi n de designar a la abogada Marcela Cecilia La Fuente Vera, en su condición de magistrada titular, en la Fiscalía Provincial de Prevención del Delito de San Román, se deberá dar por concluidos su nombramiento y designación señalados en el cuarto párrafo de la parte considerativa de la presente resolución, asimismo será necesario dar por concluidos el nombramiento y designación del abogado Edwin Dario Panti Llica, quien ocupa provisionalmente la plaza donde será designada la fi scal titular. Del reporte de quejas y denuncias Nº 01782-2026- 202000500, emitido por la Autoridad Nacional de Control del Ministerio Público, de fecha 7 de julio de 2026, se advierte que el abogado Edwin Dario Panti Llica registra dos (2) quejas en trámite. Por lo expuesto, de conformidad al informe Nº 089-2026-MP-FN-OREF-MVCQ, de fecha 24 de julio de 2026, y a lo establecido en el artículo 65 de la Ley Orgánica del Ministerio Público, aprobada por el Decreto Legislativo Nº 052, y modi fi cada por el artículo único de la Ley Nº 31718; SE RESUELVE: Artículo Primero .- Dar por concluido el nombramiento de la abogada Marcela Cecilia La Fuente Vera, como fi scal adjunta provincial provisional del Distrito Fiscal de Puno, y su designación en la Primera Fiscalía Provincial Penal Corporativa de San Román; materia de las Resoluciones de la Fiscalía de la Nación Nºs. 3307-2018-MP-FN y 2956-2024-MP-FN, de fechas 25 de septiembre de 2018 y 30 de diciembre de 2024, respectivamente. Artículo Segundo .- Dar por concluido el nombramiento del abogado Edwin Dario Panti Llica, como fi scal adjunto provincial provisional del Distrito Fiscal de Puno, y su designación en la Fiscalía Provincial de Prevención del Delito de San Román; materia de las Resoluciones de la Fiscalía de la Nación Nºs. 372-2024-MP-FN y 2956-2024-MP-FN, de fechas 8 de febrero y 30 de diciembre de 2024, respectivamente; sin perjuicio de las acciones legales que estuviesen pendientes, por las quejas o denuncias que pudiesen encontrarse en trámite. Artículo Tercero .- Designar a la abogada Marcela Cecilia La Fuente Vera, fi scal adjunta provincial titular penal de Juliaca – San Román, Distrito Fiscal de Puno, en la Fiscalía Provincial de Prevención del Delito de San Román. Artículo Cuarto .- Hacer de conocimiento a los abogados Marcela Cecilia La Fuente Vera y Edwin Dario Panti Llica que deben efectuar la entrega de cargo,